Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2006 (07/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 7 de febrero de 2006

legal respecto a las funciones del Procurador Publico Regional, indica que: cualquier incumplimiento de los deberes y obligaciones por parte del Procurador Publico Regional que colisionen con el eficiente cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas constituye falta disciplinaria que acarrea responsabilidad administrativa e incluso civil y penal segun la naturaleza y circunstancias del MORDAZA que se le encargue defender (articulo 150º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobada por D.S. Nº 005-90-PCM), al igual que cualquier otro servidor o funcionario del Gobierno Regional de Lima; en cuanto a la gravedad o tipificacion de la misma, mereceria ser calificada por la Comision de Procesos Administrativos conforme a las normas glosadas y no por esta Subgerencia de Asesoria Juridica; Que, mediante Informe Nº 193-2005-GRL/PPR de Vistos, el Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de MORDAZA nego tener responsabilidad alguna sobre los procesos judiciales que tiene a su cargo, indicando haber en cambio cumplido con sus funciones; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional de Vistos, se acepto la renuncia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, a partir del 01 de febrero del 2006, dejandose sin efecto lo dispuesto por la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 198-2003-PRES, que lo designa como tal; Que, conforme fluye del propio informe del Procurador Publico Regional, se tiene que el Procurador Publico no ha ejercitado los recursos legales en defensa de los derechos del Gobierno Regional al no haber informado en la Vista de la Causa respecto al Exp. Nº 428-2005, de igual modo en el Exp. Nº 0875-2005, faltando con ello a sus obligaciones y funciones como defensor de los Derechos del Gobierno Regional de MORDAZA, hechos que acarrean responsabilidad administrativa, por lo que corresponde expedir la correspondiente Resolucion Ejecutiva Regional que instaure MORDAZA administrativo disciplinario para que califiquen la gravedad o tipificacion de los hechos MORDAZA expuestos; Que, en aplicacion supletoria de lo dispuesto por el articulo 163º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, el MORDAZA administrativo disciplinario no podra exceder de treinta (30) dias habiles improrrogables; Que, es atribucion del Presidente Regional dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus organos ejecutivos, administrativos y tecnicos; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visacion de la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica; En ejercicio de las atribuciones contenidas en los incisos a) y d) del articulo 21º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ejecutiva Regional. Articulo Segundo.- Comunicar la presente Resolucion Ejecutiva Regional a la Comision Calificadora Disciplinaria de la Entidad, para el ejercicio de sus funciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 02226

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban nueva convocatoria de Concurso Publico de Meritos para la Seleccion del Director Regional de Salud de Tacna
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 044 -2006-PR/GOB.REG.TACNA

Tacna, 30 de enero de 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA VISTO: La R.E.R. Nº 386-2005-PR/G.R.TACNA de fecha 25 de octubre del 2005, que aprueba la Convocatoria y Bases del Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional Sectorial de Salud de Tacna. CONSIDERANDO: Que, con R.E.R. Nº 307-2005-PR/G.R.TACNA se aprueba la conformacion de la Comision Regional de Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional Sectorial de Salud de Tacna; la misma que ha sido actualizada en su conformacion, ante cambios suscitados en la conduccion de la Gerencia General Regional, formalizados a traves de la R.E.R. Nº 414-2005-PR/GOB.REG.TACNA y R.E.R. Nº 243-2006-PR/GOB.REG.TACNA; Que, mediante la resolucion del visto se aprueba la Convocatoria y Bases del Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional Sectorial de Salud de Tacna; Que, en merito a la R.E.R. Nº 442-2005-G.R.TACNA de fecha 5 de diciembre del 2005, se aprueba la suspension del Concurso Publico en mencion, ante observaciones planteadas a las Bases del Concurso, en tal razon la Comision mediante Acta suscrita acuerda modificar las Bases y elaborar un MORDAZA cronograma para el referido concurso; Que, ante tal situacion, el Gobierno Regional de Tacna ha cursado comunicacion al Ministerio de Salud, con Oficio Nº 882-2005-GGR-PR/GOB.REG.TACNA, haciendo de conocimiento del Despacho Ministerial sobre lo acordado por la Comision Regional y solicita un pronunciamiento al respecto, considerando que las Bases del Concurso se elaboran teniendo en cuenta el Perfil y Terminos de Referencia presentados por el Sector, en consideracion a lo dispuesto en el Inc. d), Numeral 5.2.2 de la Directiva Nº 001-CND-P-2003; Que, ante coordinaciones efectuadas con el Representante del Sector, se ha procedido a modificar las Bases del Concurso Publico, el mismo que incluye el MORDAZA cronograma para el referido Concurso; en tal sentido, debe procederse a aprobar mediante acto resolutivo correspondiente; Estando a lo previsto en la Directiva Nº 001-CND-P2003, aprobada con Resolucion Presidencial Nº 012CND-P-2003 y su modificatoria la Resolucion Presidencial Nº 025-CND-P-2003; y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nºs. 27902, 28013 y 28161; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la nueva Convocatoria de Concurso Publico de Meritos para la Seleccion del Director Regional de Salud de Tacna, conforme al Anexo que adjunto forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR, las modificatorias realizadas a las Bases del Concurso Publico de Meritos

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