Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2006 (17/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Operacion de Endeudamiento Interno mediante la emision de Bonos Soberanos
DECRETO SUPREMO Nº 018-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 7.2º de la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda la suma de S/. 2 456 000 000,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), que incluye la emision de bonos hasta por la suma de S/. 2 356 000 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, el Gobierno Nacional preve, para el presente ejercicio presupuestal, la emision interna de bonos soberanos por un monto MORDAZA de hasta S/. 2 132 000 000,00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a ser destinados a atender los requerimientos financieros del sector publico no financiero; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 20.1º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y se encuentra incluida en el Programa Anual de Concertaciones Internas del ano 2006 con cargo al Subprograma de Emision de Bonos; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y la Ley Nº 28654, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion y condiciones Autorizase la emision interna de bonos soberanos hasta por la suma de S/. 2 132 000 000,00 (DOS MIL CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente MORDAZA legal, cuyas caracteristicas generales seran como a continuacion se detalla:
: S/. 2 132 000 000,00 : Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. Estructurador : Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. Moneda : Nuevos Soles Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables. Modalidad de colocacion : A traves de subasta Plazo de colocacion : Hasta el 31 de diciembre de 2006. Registro : Anotacion en cuenta en CAVALI ICLV S.A. y listados en la Bolsa de Valores de MORDAZA (BVL). Monto MORDAZA a emitir Unidad Responsable

Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir toda la documentacion que se requiera para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Articulo 4º.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la emision de bonos soberanos que se autoriza en el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le correspondan en cada ejercicio presupuestal para el servicio de la Deuda Publica. Articulo 5º.- Condiciones adicionales Las caracteristicas adicionales necesarias para la implementacion de este dispositivo legal se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno, aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas, y entrara en vigencia el dia de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de febrero del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 02978

Aprueban Reglamento del D.U. Nº 0332005 y de las disposiciones contenidas en el articulo 11º del D.U. Nº 002-2006
DECRETO SUPREMO Nº 019-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28603 dispuso la restitucion de la vigencia del articulo 53º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y el articulo 2º de la misma ley senalo que tal aplicacion se atenderia con cargo a los presupuestos de las respectivas instituciones; Que, el articulo 12º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006 establece que para el ano fiscal 2006, el Programa de Homologacion dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 033-2005 se financia inicialmente con los recursos transferidos a las Universidades Publicas mediante los articulos 1º y 2º de dicho Decreto de Urgencia quedando el Ministerio de Economia y Finanzas facultado para proponer las normas necesarias que posibiliten el financiamiento del incremento dispuesto en el articulo 5º del Decreto Urgencia Nº 033-2005; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 121-2005-EF se dispuso la formulacion de un Programa de Homologacion de los Docentes Universitarios de las Universidades Publicas, creando a tal efecto una Comision presidida por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 033-2005 se aprobo el MORDAZA del Programa de Homologacion de los Docentes de las Universidades Publicas;

Articulo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Ejecutora de la presente operacion de endeudamiento interno es la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas.

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