Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2006 (17/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2006

modernizacion de unidades e infraestructura policial, sistemas de MORDAZA y armamento de la Policia Nacional del Peru para el control del orden interno que se enmarquen en la Funcion 07: Defensa y Seguridad Nacional, Programa 022: Orden Interno, Subprograma: 0062: Operaciones Policiales, la delegacion es sin limite a favor de la Oficina de Programacion e Inversiones del Sector Interior". Articulo 2º.- Vigencia La presente MORDAZA entra en vigencia el mismo dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 02942

Articulo 2º.- El Colegio del Peru tiene por finalidad desarrollar, dentro del MORDAZA, un centro de reflexion e investigacion de las principales areas del conocimiento, apelando al concurso de personalidades de amplia y reconocida trayectoria dedicadas al estudio de la realidad nacional y sus problemas, alternativas de solucion y perspectivas futuras de desarrollo del pais. Articulo 3º.- El Colegio del Peru se regula segun sus Estatutos, los que seran aprobados y registrados, conforme al Codigo Civil y disposiciones legales aplicables. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no irrogara gasto al Estado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 02980

EDUCACION
Declaran de interes nacional la creacion del Colegio del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2006-ED MORDAZA, 16 de febrero de 2006 Vista, la Carta de 22 de febrero de 2005, remitida por el Embajador MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en su calidad de Presidente de la Asociacion para el Colegio del Peru; CONSIDERANDO: Que, el numeral 8 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru reconoce el derecho de toda persona a la MORDAZA y creacion intelectual, artistica, tecnica y cientifica, e impone al Estado la obligacion de propiciar el acceso a la cultura y fomentar su desarrollo y difusion; Que, el numeral 17 del mismo articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru reconoce que toda persona tiene derecho a participar, en forma individual o asociada, en la MORDAZA politica, economica, social y cultural de la Nacion; Que, en este sentido, corresponde al Estado adoptar todo MORDAZA de medidas destinadas a fomentar y promover las diversas manifestaciones culturales, cientificas y sociales, como la formacion de centros de reflexion nacional de las principales areas del conocimiento; Que, conforme al documento de vista, se encuentra en for macion del denominado Colegio del Peru, promovido por la Asociacion para el Colegio del Peru, conformada por connotados investigadores y docentes universitarios que han desarrollado o desarrollan una destacada labor academica, dentro de nuestras fronteras o en el exterior, y cuya finalidad principal sera el estudio de la realidad nacional y al fomento e impulso del desarrollo del pais; Que, atendiendo a que de acuerdo al articulo 14º de la Constitucion Politica del Peru es obligacion del Estado promover el desarrollo cientifico y tecnologico del MORDAZA, resulta de interes nacional que los destacados intelectuales que conforman dicha asociacion cuenten con el apoyo estatal en el ejercicio de sus actividades academicas y cientificas, segun sus propias disposiciones estatutarias y sin que ello implique una adscripcion a algun Sector Publico o la generacion de obligaciones adicionales a cargo del Estado; De conformidad con lo establecido por el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarase de interes nacional la creacion del Colegio del Peru, promovida por la Asociacion para el Colegio del Peru.

Aprueban Plan Operativo Institucional 2006 del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0062-2006-ED MORDAZA, 2 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 71° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Plan Operativo Institucional se constituye en el instrumento que articula el Presupuesto Institucional con el Plan Estrategico de la Entidad desde una perspectiva de mediano y largo plazo, en aquellos aspectos orientados a la asignacion de los fondos publicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades. Debiendo este documento contener, los procesos a desarrollar en el ano fiscal 2006, con la precision de tareas necesarias para cumplir con cada una de las Metas Presupuestarias establecidas para dicho periodo, asi como la oportunidad de su ejecucion, a nivel de cada dependencia organica del Pliego; Que, la Secretaria de Planificacion Estrategica ha propuesto, para su aprobacion, el Plan Operativo Institucional para el ejercicio 2006, el mismo que ha sido formulado por cada una de las dependencias organicas del Pliego 010 Ministerio de Educacion, bajo la conduccion de la Unidad de Programacion de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa; Que, en ese sentido, es necesario aprobar el Plan Operativo Institucional del Pliego 010 Ministerio de Educacion para el ano 2006, el mismo que estara sujeto a lo establecido en los articulos 21º y 22º de la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006"; Estando a lo solicitado por la Secretaria de Planificacion Estrategica, mediante Nota N° 004-2006/ ME/SPE; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;

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