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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G32/G39/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 21 de febrero de 2006 SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, la Convocatoria de la Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del GobiernoRegional de Tacna, correspondiente al II Semestre del Año 2005. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del Gobierno Regionalde Tacna, correspondiente al II Semestre del Año 2005, serealice en un solo acto público, el día 24 de febrero del2006, en el Centro Cultural "Jorge Basadre Grohmann" dela provincia de Tacna, a partir de las 17.00 horas. Artículo Tercero.- DISPONER, su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley y su notificación a lasinstancias competentes del Gobierno Regional de Tacna. Regístrese, publíquese y comuníquese. JULIO ALVA CENTURION Presidente Regional 03128 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2006-A/MDC Carabayllo, 27 de enero del 2006 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Requerimiento Nº 005/2006/PVL/MDC del Programa del Vasode Leche, los Informes Nº 003-2006-CE/MDC del Presidentedel Comité Especial que se encargará de conducir el Procesode Licitación Pública Nº 002-2005-CE/PVL/MDC, Nº 021-2006- GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Nº 017-2006- GAF/MDC de la Gerencia de Administración y FinanzasNº 058-2006-SGLyCP de la Subgerencia de Logística yControl Patrimonial referidos a Declarar el Desabastecimientodel Suministro de productos alimenticios al Programa del Vasode Leche de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en elArt. 194º de la Constitución Política, modificado por la Ley deReforma Constitucional - Ley Nº 27680; y concordante con elArt. 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Jefe del Programa del Vaso de Leche, mediante Informe de Visto, informa que teniendo en cuenta que el día 24 de enero de los corrientes se efectuará la última entregadel recurso (leche y cereal) solicita se realicen las coordinacionesrespectivas para evitar un desabastecimiento del suministrode productos alimenticios al Programa del Vaso de Leche; Que, asimismo, el Comité Especial, órgano encargado de conducir el proceso de selección clasificado como Licitación Pública Nº 002-2005-CE/PVL/MDC, señala que el otorgamientode la buena pro se daría el 9 de febrero del 2006, pudiendopresentarse en el transcurso del consentimiento de la misma,apelaciones por parte de los postores, lo que implicaría 10días hábiles más para su resolución y, previendo que ésto podría llegar hasta la presentación de un recurso de Revisión al CONSUCODE, donde el plazo de resolución no se encuentradeterminado en el Reglamento de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, encontrando por tal razón procedentela declaración de desabastecimiento inminente la adquisiciónde productos alimenticios al Programa del Vaso de Leche por el plazo de 80 días; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe de Vistos señala que los recursos impugnativos suspendenlos efectos del otorgamiento de la Buena Pro y siendo quees de extrema urgencia contar con los insumos para elPrograma del Vaso de Leche es de la opinión que se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente, la Adquisición de Suministros de Productos Alimenticios para el Programadel Vaso de Leche de la Municipalidad de Carabayllo; Que, el inciso c) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadomediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, precisa queestán exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciónde emergencia o desabastecimiento inminente declaradasde conformidad con la presente Ley; Que, el Art. 21º de la Ley antes acotada establece, “Se considera situación de desabastecimiento inminente aquellasituación extraordinaria e imprevisible en la que la ausenciade determinado bien, servicio u obra compromete en formadirecta e inminente la continuidad de las funciones,servicios, actividades u operaciones productivas que laEntidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situaciónfaculta a la Entidad a la adquisición o contratación de losbienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad,según sea el caso, necesario para resolver la situación yllevar a cabo el proceso de selección que corresponda”; Que, el Art. 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado conDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece, “LaResolución o el Acuerdo que apruebe la exoneración delproceso de selección, requiere obligatoriamente de uno omás informes previos, que contengan la justificación técnicay legal de la procedencia y necesidad de la exoneración”; Que, el Art. 121º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadocon Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece el inicio delas medidas conducentes al establecimiento de lasresponsabilidades administrativas, civiles y/o penales de losfuncionarios o servidores públicos involucrados, si las hubiere; Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justificación de laadquisición o contratación y de la necesidad de Declarar enSituación de Desabastecimiento Inminente el Suministro deProductos Alimenticios para el Programa del Vaso de Lechede la Municipalidad Distrital de Carabayllo; Estando a lo expuesto y a lo aprobado POR MAYORÍA en Sesión Extraordinaria de Concejo, y en uso de las facultadesconferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE, la Adquisición deSuministros de Productos Alimenticios para el Programadel Vaso de Leche de la Municipalidad de Carabayllo por elplazo de 80 días o hasta el consentimiento de la BuenaPro de la Licitación Publica Nº 0001-2005-CE/MDC. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Subgerencia de Logística y Bienes Patrimoniales de la Municipalidad laadquisición de los insumos para el Programa del Vaso de Leche,siguiendo el Procedimiento de Exoneración del Proceso deSelección de acuerdo a lo establecido en el artículo 148 delDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM por el período que dure laSituación de Desabastecimiento Inminente declarada, deconformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencialasciende a la suma de S/. 825,630.82 (OCHOCIENTOSVEINTICINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y 82/100 NUEVOSSOLES), según el siguiente detalle: ÍTEM PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD MONTO (S/.) I Leche Evaporada Entera Lata 328,388.57 607,518.86 II Hojuela de Cereales Kg. 56,652.46 218,111.96 Artículo Tercero.- PRECISAR, que los montos precitados se encuentran consignados en la Fuente deFinanciamiento 17: Recursos Ordinarios para los GobiernosLocales, en la Específica de Transferencia del GobiernoCentral para el Programa del Vaso de Leche. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad el inicio de una acción decontrol destinada a deslindar responsabilidadesadministrativas, civiles y/o penales de los funcionarios oservidores públicos involucrados, si las hubiere; conformea lo dispuesto en el artículo 21 del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Acuerdoen el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) díashábiles de adoptado el mismo, así como remitir copia delpresente Acuerdo y de los Informes Técnicos - Legalessustentatorios a la Contraloría General de la República ydemás órganos competentes, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 02318