Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2006 (21/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 21 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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de su representante que integrara el Consejo Normativo de Contabilidad. CONSIDERANDO: Que, el articulo 41º de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad, esta conformado por: La Direccion Nacional de Contabilidad Publica; el Consejo Normativo de Contabilidad; las Oficinas de Contabilidad del Sector Publico senaladas por Ley; y los Organismos representativos del Sector no Publico; Que, el Numeral 43.2 del articulo 43º de la precitada MORDAZA legal, senala que el Consejo Normativo de Contabilidad es presidido por el Director Nacional de Contabilidad Publica y es integrado por un representante de cada una de las siguientes instituciones: Banco Central de Reserva del Peru, Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, Superintendencia de Banca y Seguros, Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, Federacion de Colegios de Contadores Publicos del Peru, Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del MORDAZA a propuesta de la Asamblea Nacional de Rectores y Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 019-89-EF, cada una de las entidades conformantes del Consejo Normativo de Contabilidad, propondra una terna de profesionales ante el Contador General de la Nacion, quien designara al representante; Que, los profesionales propuestos por la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, en la terna correspondiente, han sido evaluados conforme a lo establecido en el Reglamento de Evaluacion de Candidatos al Consejo Normativo de Contabilidad, aprobado mediante la Resolucion Jefatural Nº 031-89-EF/93.08.2; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, Ley Nº 24680 - Ley del Sistema Nacional de Contabilidad y Decreto Supremo Nº 019-89-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Representante de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores ante el Consejo Normativo de Contabilidad, por un periodo de tres (3) anos, al senor CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROJAS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Normativo de Contabilidad 03123

Que, con Resolucion Viceministerial Nº 010-2005-ED del 22 de MORDAZA de 2005, se aprueba la Directiva Nº 0012005-ME-VMGI-OAAE «Normas para la Tramitacion e Investigacion de Denuncias y Reclamos», que establece el procedimiento interno para la tramitacion e investigacion de denuncias y reclamos, cuyas funciones basicas se encuentran detalladas en el Anexo 01 de la mencionada Resolucion Ministerial; Que, de la aplicacion del citado procedimiento, la Comision de Atencion de Denuncias y Reclamos - CADER, a traves del Oficio Nº 1096-2005-ME-VMGI-OAAE-CADER, ha observado la necesidad de modificar la Directiva Nº 001-2005-ME-VMGI-OAAE con la finalidad que el procedimiento de investigacion sea sumario y eficaz; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nº 051-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 210-2005CADER/OAAE/VMGI-ME, "Normas para la Tramitacion e Investigacion de Denuncias y Reclamos", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 010-2005-ED del 22 de MORDAZA de 2005, que aprueba la Directiva Nº 001-2005-ME-VMGI-OAAE «Normas para la Tramitacion e Investigacion de Denuncias y Reclamos». Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion velar por el cumplimiento de la Directiva aprobada en el articulo primero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. HELENN MORDAZA MORDAZA Viceministra de Gestion Institucional

DIRECTIVA Nº 210-2005-CADER/OAAE/VMGI-ME NORMAS PARA LA TRAMITACION E INVESTIGACION DE DENUNCIAS Y RECLAMOS
I. FINALIDAD Establecer normas y procedimientos tecnicos para la investigacion de denuncias y reclamos que formule la ciudadania, funcionarios y servidores publicos ante las Comisiones de Atencion de Denuncias y Reclamos - CADER, en respuesta a las crecientes exigencias sociales de enfrentar la corrupcion en todos los niveles del Ministerio de Educacion. II. OBJETIVOS 2.1. Atender todos los casos de denuncias y reclamos, cuya atencion no corresponde al Organo de Control Institucional. 2.2. Contribuir a la transparencia y probidad administrativa en el ejercicio de las funciones de servidores y funcionarios publicos. 2.3. Uniformizar y ordenar los procedimientos y diligencias en el tratamiento de los expedientes de denuncias y reclamos que permita la celeridad en la aplicacion de las medidas correctivas. III. ALCANCE 3.1. Ministerio de Educacion. 3.2. Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana. 3.3. Unidades de Gestion Educativa Local de MORDAZA Metropolitana. IV. BASE LEGAL - Constitucion Politica del Peru. - Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. - Decreto Legislativo Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley Nº 26510. - Decreto Supremo Nº 002-96-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion. - Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, modificada por Ley Nº 25212 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-90-ED.

EDUCACION
Aprueban la Directiva "Normas para la Tramitacion e Investigacion de Denuncias y Reclamos"
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 001-2006-ED
MORDAZA, 27 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 0074-2005-ED, de fecha 7 de febrero de 2005, se crea la Comision de Atencion de Denuncias y Reclamos - CADER, con caracter permanente en el Ministerio de Educacion, en la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Metropolitana y sus respectivas Unidades de Gestion Educativa Local, para recibir, verificar, investigar y procesar las denuncias, quejas y reclamos que competen a la entidad y cuya atencion no corresponda a la Oficina de Control Institucional - OCI, a partir del 3 de enero de 2005;

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