TEXTO PAGINA: 4
PÆg. 313318 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 177-2005-EF/10 del 04 de mayo de 2005, se designó al señor AndrésMontoya Stahl como representante del Ministerio deEconomía y Finanzas en el Grupo Permanente de Seguimiento a que se refiere la Resolución Suprema Nº 103-99-PROMUDEH; Que, el mencionado representante ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la mismaque debe ser aceptada; en consecuencia, es necesariodesignar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Andrés Montoya Stahl, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas en el Grupo Permanente de Seguimiento a que se refiere la ResoluciónSuprema Nº 103-99-PROMUDEH, dándosele las graciaspor los servicios prestados al Estado. Artículo 2º.- Designar al señor Oscar Zaldívar Alvarez, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas en el Grupo Permanente de Seguimiento a que se refiere la Resolución Suprema Nº 103-99-PROMUDEH. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 03580 Autorizan viaje de servidor del Ministe- rio a Colombia para participar en la Cuarta Reunión de Expertos Guberna-mentales en Arancel Integrado Andino RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2006-EF/43 Lima, 24 de febrero de 2006 Visto el Memorando Nº 020-2006-EF/67 de fecha 10 de febrero de 2006, de la Dirección General de Asuntosde Economía Internacional, Competencia e InversiónPrivada del Ministerio de Economía y Finanzas, sobreautorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina ha convocado a los Países Miembros a la Cuarta Reuniónde Expertos Gubernamentales en Arancel Integrado Andino (ARIAN), a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, los días 02 y 03 de marzo de2006, de conformidad con el cronograma de reunionesaduaneras aprobadas en la XXI Reunión del ComitéAndino de Asuntos Aduaneros; Que, a través de la Decisión 627 de la Comunidad Andina, existe el mandato de implementar el mencionado arancel integrado a partir del 1 de enero de 2007 y estareunión es parte de los trabajos de dicha implementación; Que, la participación del gobierno peruano está comprendido dentro de las acciones de negociacióneconómica comercial del Perú y de las tareas asociadas al cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio fiscal del 2006, que contempla la Ley Nº 28652, siendo demucha importancia la participación de este Ministerio en dichoevento, por ser un tema relacionado con el arancel nacional; Que, en tal sentido es necesaria la participación del señor Luis Monroy Rojas, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia eInversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas,a la citada reunión; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastosserán cubiertos con cargo al Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, modificadopor Decreto de Urgencia N° 002-2006, y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Luis Monroy Rojas, Asistente en ServicioEconómico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas,a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 01 al03 de marzo de 2006, para los fines expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – AdministraciónGeneral del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas,de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 563,59 Viáticos : US$ 600,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido servidor deberápresentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana decualquier clase o denominación a favor del servidor cuyoviaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 03581 PRODUCE Declaran la suspensión y cancelación de licencias de operación otorgadas adiversos titulares de plantas de procesamiento industrial pesquero RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 030-2006-PRODUCE/DNEPP Lima, 7 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobada mediante DecretoSupremo Nº 040-2001-PE, estableció plazos perentoriospara que todos los establecimientos y plantas deprocesamiento industrial se adecuen a sus disposiciones, habiéndose prorrogado dichos plazos por Decreto Supremo Nº 039-2003-PRODUCE, hasta el 30 de enerode 2004; Que el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2004- PRODUCE, del 4 de mayo de 2004, otorgó un plazohasta el 31 de julio de 2004, para la adecuación a la citada Norma Sanitaria, dentro del cual el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, en su condición deautoridad sanitaria del subsector pesquería, evaluaría lasituación sanitaria de las plantas de procesamientoindustrial pesquero y comunicando los resultados alMinisterio de la Producción; Que los artículos 2º, 3º y 4º del citado Decreto Supremo, establecen que con anterioridad al vencimientodel plazo a que alude el artículo 1º, el ITP presentará alMinisterio de la Producción, un listado de las plantas deprocesamiento industrial aptas para acogerse, bajo unrégimen especial de control a la celebración, entre los