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PÆg. 313319 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de febrero de 2006 titulares de las licencias de dichas plantas y el ITP, de Convenios de Adecuación a las disposiciones de laprecitada Norma Sanitaria, siendo que estos sesuscribirán dentro de un plazo que no exceda al 31 dejulio de 2004, estipulándose las acciones correctivas ode subsanación a realizarse bajo un cronograma de adecuación e incluirá los demás términos y condiciones que las partes estimen conveniente, el cual venceráindefectiblemente el 31 de julio de 2005. Asimismo seestablece que la suscripción del citado convenio, escondición para gozar del beneficio de la prórroga delplazo de adecuación hasta el 31 de julio de 2005 e implica mantener la vigencia de las correspondientes licencias hasta dicha fecha; Que mediante Decreto Supremo Nº 021-2005- PRODUCE, del 19 de julio de 2005, se prorrogó el plazode adecuación sanitaria establecido en el artículo 4º delDecreto Supremo Nº 012-2004-PRODUCE hasta el 31 de diciembre de 2005, a los titulares de las licencias de operación de las plantas de procesamiento industrialpesquero de consumo humano, que se hayan acogidoal Régimen Especial de Control mediante la suscripciónde los respectivos Convenios de Adecuación a la NormaSanitaria aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001- PE, con el ITP; Que además el citado Decreto Supremo, estableció las plantas que se encuentran totalmente inoperativas,sustentadas en los Protocolos Sanitarios emitidos por elInstituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP incurriránen causal de caducidad de la licencia de operación respectiva; asimismo, se señaló que aquellas que se encuentran en situación crítica sanitaria y aquellas detitulares que no suscribieron el Convenio de Adecuacióna la Norma Sanitaria, incurrirán en causal de suspensiónde la Licencia de Operación respectiva; las que serándeclaradas por la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero; Que en cumplimiento de los dispositivos legales antes señalados, el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú –ITP a través de su Informe Técnico Nº 015-2004-ITP/DICS y los Oficios Nºs. 331-2004-ITP/PCD, 394-2004-ITP/PCD, 431-2004-ITP/PCD y Nºs 004-2005-ITP/DICS, 548-2005-ITP/DE y 843-2005-ITP/DE, remitió al Ministerio de la Producción la evaluación de la situación de lasplantas de procesamiento de productos pesqueros paraconsumo humano, el listado de plantas de procesamientoque han suscrito Convenios de Adecuación a lasdisposiciones de la Norma Sanitaria, el listado de plantas que se encuentran en situación crítica sanitaria, las que se encuentran totalmente no operativas y las que no hansuscrito Convenios de Adecuación con el ITP dentro delplazo fijado. Asimismo, ha alcanzado los ProtocolosSanitarios que sustentan la suspensión o cancelaciónde licencias de operación, por razones indicadas en el considerando precedente; Que de la evaluación de la información remitida por el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú y del registro deplantas industriales de procesamiento pesquero queobran en esta Dirección Nacional, se ha determinado los titulares de las plantas de procesamiento pesquero, quehan dado cumplimiento a las disposiciones establecidasen la Norma Sanitaria para las Actividades Pesqueras yAcuícolas, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-PE y a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 021-2005-PRODUCE, así como aquellas que han incumplido con lo establecido en la normatividadmencionada; Que estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nºs. 036- 2005-PRODUCE/DNEPP-Dch y 342-2005-PRODUCE/ DNEPP-Dch; y con el visado de la Oficina General deAsesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 040-2001-PE - Norma Sanitariapara las Actividades Pesqueras y Acuícolas y en el Decreto Supremo Nº 021-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas mediante el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la suspensión de las licencias de operación otorgadas a los titulares que se detallan enAnexo I, que forma parte integrante de la presenteresolución, hasta que subsanen las observacionesdescritas en los Protocolos Sanitarios emitidos por el ITP. Artículo 2º.- Declarar la cancelación de las licencias de operación otorgadas a los titulares de las plantas deprocesamiento industrial pesquero de consumo humanoque se detallan en Anexo II, que forma parte integrantede la presente resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3º.- Excluir de los Anexos de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PE, que aprueba los listadosactualizados de los establecimientos industrialespesqueros que cuentan con licencia para la operaciónde plantas de procesamiento vigentes, a los titulares y plantas de procesamiento considerados en el Anexo II de la presente resolución. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Controly Vigilancia del Ministerio de la Producción, a lasDirecciones Regionales Sectoriales de la Producción de los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, Ancash, Lima, Ica, Junín, Tacna y Puno yconsignarse en el Portal de la página web del Ministeriode la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero ANEXO I PLANTAS DE PROCESAMIENTO INDUSTRIAL PARA SUSPENSIÓN DE LICENCIAS DE OPERACIÓN Nº ACTIVIDAD / RAZON SOCIAL DISTRITO PROVINCIA REGION CAPA- DISPOSITIVO PROT OCOLO SANITARIO CIDAD ENLATADO cajas / turno 1 PESQUERA FENIX S.R.L. PAITA PAITA PIURA 1,496R.D. Nº 047-2000- 004-2005-PS-021-S-ITP/DICS PE/DNPP 2 INDUSTRIAL PESQUERA YACILA S.A. SECHURA SECHURA PIURA 704 R.M. Nº 171-95-PE PS/012-S-001-04-DICS 3 FABRICA DE CONSERVAS Y H.P. SANTA ROSA CHICLAYO LAMBAYEQUE 428 R.M. Nº 405-94-PE PS/012-S-002-04-DICS MARES DEL NORTE S.A. 4 CONSERVERA MOCHE S.A. MOCHE TRUJILLO LA LIBERTAD 345 R.M. Nº 066-97-PE PS/012-S-004-04-DICS 5 ALIMENTOS CONSERVADOS EL SANTA S.A. COISHCO SANTA ANCASH 720 R.M. Nº 417-95-PE 005-2005-PS-021-S-ITP/DICS 6 PESQUERA FLORES S.A. CHIMBOTE SANTA ANCASH 790 R.M. Nº 679-97-PE 006-2005-PS-021-S-ITP/DICS 7 PESQUERA COLONIAL S.A. CHIMBOTE SANTA ANCASH 2,560R.M. Nº 316-97-PE PS/012-S-005-04-DICS 8 PRODUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A. CHIMBOTE SANTA ANCASH 3,422R.D. Nº 281-2004- PS/012-S-006-04-DICS PRODUCE/DNEPP 9 EVASADORA FAKIU S.A. CHIMBOTE SANTA ANCASH 1,612R.M. Nº 047-97-PE PS/012-S-007-04-DICS 10 VLACAR S.A.C. CHIMBOTE SANTA ANCASH 6,273R.D. Nº 085-2002- PS/012-S-008-04-DICS PE/DNEPP 11 TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. SAMANCO SANTA ANCASH 2,136R.D. Nº 270-2004 PS/012-S-010-04-DICS (Ex Envasadora Chimbote Export S.A.) PRODUCE/DNEPP