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PÆg. 313325 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de febrero de 2006 8. POSTULANTES APTOS La lista de postulantes aptos con la indicación del lugar y la hora en que se llevará a cabo el Examen deAdmisión, se publicará en la página web de laAcademia de la Magistratura el martes 4 de abril de2006. El postulante tiene la obligación de presentarse con su Credencial y su Documento Nacional de Identidad. 9. EL PROCESO DE ADMISIÓN AL CURSO PROFA El proceso de admisión al Octavo Curso de Formación de Aspirantes a Magistrados - Primer, Segundo y Tercer Nivel de la Magistratura, además de lo establecido en la presente Convocatoria, se desarrollará con arreglo a loprevisto en el Reglamento pertinente publicado en lapágina web: www.amag.edu.pe . Las vacantes serán ocupadas por estricto orden de mérito. 10. BECARIOS ADMITIDOS La relación de BECARIOS ADMITIDOS se publicará en la página web de la Academia de la Magistratura. 11. CONTRIBUCIÓN DEL BECARIO ADMITIDO AL OCTAVO CURSO PROFA Matrícula ordinaria del 17 al 22 de abril de 2006. Doscientos cincuentisiete y 58/100 Nuevos Soles(S/.257.58) Pago de primera cuota de beca parcial del 17 al 20 de abril de 2006. Doscientos cincuentisiete y 60/100 Nuevos Soles (S/.257.60) Pago de segunda cuota de beca parcial - hasta el 26 de mayo de 2006. Quinientos quince y 20/100 Nuevos Soles (S/. 515.20) Pago de tercera cuota de beca parcial - hasta el 23 de junio de 2006. Quinientos quince y 20/100 Nuevos Soles (S/. 515.20) Pago de cuarta cuota de beca parcial - hasta el 21 de julio de 2006. Quinientos quince y 20/100 Nuevos Soles (S/ 515.20) 12. INICIO DE ACTIVIDAD LECTIVA Sábado 22 de abril de 2006 03527 ORGANISMOS AUTÓNOMOS JNE Admiten a trÆmite solicitud de inscrip- ción de candidatos al Congreso de laRepœblica del Movimiento "Nueva Izquierda" JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 072-2006-JEE/LC Lima, 24 de febrero de 2006 VISTA: La solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República, presentadapor don Zetti Edgardo Gavelan Gamarra, personerolegal titular del Movimiento “Nueva Izquierda”, para elDistrito Electoral de la Región Lima, en el proceso de Elecciones Generales 2006, presentada el 08 de febrero de 2006. CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales ubicados en la capital del departamento tienen a su cargo la inscripción de las listas de candidatos al Congreso de la República; Que, los partidos políticos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Políticas del JuradoNacional de Elecciones sólo pueden inscribir una lista decandidatos al Congreso de la República en cada DistritoElectoral ante el Jurado Electoral Especial correspondiente, hasta sesenta (60) días naturales antesde la fecha de las elecciones, conforme lo establece elartículo 115º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859,concordante con el artículo 11º de la Ley de PartidosPolíticos Nº 28094. Primero.- Que, habiéndose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a losrequisitos positivos referidos a la edad, nacionalidad,goce del derecho de sufragio y ejercicio de laciudadanía de los candidatos, requisitos negativosconcernientes a los impedimentos y condición de inelegibilidad, cuota de género, declaración jurada de vida, democracia interna y demás exigencias legalesprevistas en la Constitución y la Ley Orgánica deElecciones, Ley de Partidos Políticos y otras normasconexas, además del TUPA; es procedente la admisióna trámite de la solicitud de inscripción, conforme lo dispone el artículo 9º del Reglamento para la recepción, calificación e inscripción de la lista de candidatos alCongreso de la República, aprobado por ResoluciónNº 047-2006-JNE; se procede a admitir a trámite la solicitud de inscripción de los candidatos señaladosen el articulo primero de la parte resolutiva de la presente Resolución. Segundo.- Que, se advierte que no se ha dado cumplimiento de lo establecido en el artículo 114º de laLey Orgánica de Elecciones Nº 26859 concordante conel artículo 4º del Reglamento para la recepción,calificación e inscripción de fórmulas de candidatos al Congreso de la República en las Elecciones Generales de 2006 - Resolución Nº 047-2006-JNE, respecto atrabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos yde los Organismos y Empresas del Estado que no hancumplido con adjuntar el otorgamiento de la licencia singoce de haber, concedida sesenta (60) días antes de la fecha las elecciones; en consecuencia se deniega la admisión a trámite la solicitud de inscripción de lossiguientes candidatos: Narváez Liceras Alejandro con número de inscripción 02 e identificado con DocumentoNacional de Identidad Nº 06267648, por cuanto no hacumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Organismodescentralizado autónomo con personería Jurídica deDerecho Público Interno, desarrollándose comoProfesor Asociado; de Barrera Bazan Cesar Antonio con número de inscripción 03 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 08635649, por cuanto el documento presentado mediante el cual elConsejo Nacional de Educación, entidad pertenecienteal Ministerio de Educación, le otorga licencia no seencuentra conforme a Ley, esto es, que se concedasesenta días antes de la elecciones, ya que el otorgamiento de licencia no consigna el plazo en que regirá la misma, es decir fecha de inicio y fecha detérmino; de Roca Palacio Maria del Pilar con número de inscripción 07 e identificada con Documento Nacionalde Identidad Nº 10319074, siendo que conforme a sudeclaración jurada de vida, no ha consignado su fecha de salida por lo que se tiene por cierto que prosigue su vínculo laboral con el Ministerio de Industria y Turismo,el que conforme al organigrama del Estado Peruanopertenece al Poder Ejecutivo y por consiguiente debiósolicitar y presentar el otorgamiento de la licencia singoce de haber antes de 60 días de la fecha de las elecciones; de Cruz Garay Carlos Enrique con número de inscripción 13 e identificado con Documento Nacionalde Identidad Nº 07262127, por cuanto no ha cumplidocon adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce dehaber, siendo que a la fecha labora en el Hospital deCollique perteneciente al Ministerio de Salud el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, ocupando el cargo de Jefe delservicio de ortopedia y traumatología y queparalelamente labora en la Universidad Nacional Mayorde San Marcos, Organismo descentralizado autónomocon personería Jurídica de Derecho Público Interno, desarrollándose como Docente tal como figura en su Declaración Jurada de vida a fojas 122; de Carranza Soto Bismark Rokov con número de inscripción 18 e identificado con Documento Nacional de Identidad