Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2006 (26/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 26 de febrero de 2006

MORDAZA que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables; asimismo, se regira supletoriamente por los principios generales del derecho y demas leyes y normas vigentes sobre la materia para docentes y estudiantes; Estando a lo glosado; a los Informes Nºs. 1195-2005AL y 053-2006-AL, recibidos de la Oficina de Asesoria Legal el 19 de octubre de 2005 y 23 de enero de 2006; a la documentacion sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los estudiantes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con codigo Nº 010624-H, de la Facultad de Ingenieria Industrial y de Sistemas; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con codigo Nº 010531-J y HENRRY MORDAZA MORDAZA, con codigo Nº 010519-J, ambos de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica, por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion, MORDAZA que sera conducido por el Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao. 2º DISPONER, que los citados estudiantes procesados, para fines de su defensa, deben apersonarse a la Oficina del Tribunal de Honor de nuestra Universidad, dentro de los diez (10) dias habiles que corren a partir de la notificacion de la presente Resolucion, a efectos de recabar el pliego de cargos para la formulacion de sus descargos, los cuales deben presentar, debidamente sustentados, dentro de los cinco (5) dias habiles, contados a partir de la fecha de la notificacion de los pliegos de cargos; asimismo, si los estudiantes procesados no se han apersonado al Tribunal de Honor, o no quisieron recibir los pliegos de cargos o los mismos no han sido absueltos o contestados dentro de los plazos senalados, los procesados son considerados rebeldes, y se resolvera la causa con la documentacion que obra en el Tribunal de Honor en cumplimiento de los Arts. 25º y 27º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de nuestra Universidad. 3º TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a las dependencias academico-administrativas de la Universidad, representacion estudiantil, e interesados, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MEREA MORDAZA Rector 03513

CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil, encargado de la organizacion de la poblacion, coordinacion, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil; Que, la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion es el organo encargado de promover la capacitacion descentralizada del personal que conforma el Sistema Nacional de Defensa Civil; asi como de planear, organizar, coordinar y ejecutar la capacitacion de los Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, conforme con lo establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI; Que, la Direccion Nacional de Prevencion, de conformidad con lo establecido en el precitado Reglamento, es el organo de linea que supervisa el cumplimento de las normas y reglamentos vigentes relacionados a las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, asi como mantener actualizado el Registro de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil; Que, resulta necesario articular las funciones de la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion y la Direccion Nacional de Prevencion con el objeto de normar el procedimiento para la autorizacion, renovacion, ampliacion de jurisdiccion y acreditacion de los Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modificatorias y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0592001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0052003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2006INDECI, para la Autorizacion, Renovacion, Ampliacion de Jurisdiccion y Acreditacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, que consta de seis (06) folios y siete (7) anexos, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el punto 2 del literal a) y el punto 5 del literal b) del numeral 5.3.1 de la Directiva a la que se hace referencia en el Articulo anterior, seran de aplicacion una vez se MORDAZA culminado con las prestaciones acordadas conforme al MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 070-2005-INDECI/ DNL/12.0. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Nacional de Prevencion remitir a la Oficina de Estadistica y Telematica la version electronica de la Directiva aprobada en el articulo Primero de la presente Resolucion, la cual se encargara de su publicacion en la Pagina Web de INDECI. Articulo 4º.- Encargar a la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, la difusion de la Directiva aprobada mediante la presente Resolucion, para conocimiento y cumplimiento de Organos componentes del Sistema Nacional de Defensa Civil, a nivel nacional. Articulo 5º.- Disponer que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion en el Archivo General de INDECI asi como remita MORDAZA autenticada por fedatario a la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, Direccion Nacional de Prevencion, Oficina de Estadistica y Telematica, Oficina de Asesoria Juridica y Direcciones Regionales de Defensa Civil, para conocimiento y fines pertinentes. Articulo 6º.- Disponer que la Secretaria General se encargue de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INDECI
Aprueban Directiva para Autorizacion, Renovacion, Ampliacion de Jurisdiccion y Acreditacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil
RESOLUCION JEFATURAL Nº 116-2006-INDECI 21 de febrero del 2006 Visto: Memorandum Nº 2232-2005-INDECI/10.3 de fecha 15.NOV.05, en el cual la Direccion Nacional de Prevencion remite el Informe Tecnico-2005-INDECI/DNPDNL de la misma fecha; y,

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