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PÆg. 313330 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de febrero de 2006 proceso que no excederá de treinta (30) días hábiles improrrogables; asimismo, se regirá supletoriamente porlos principios generales del derecho y demás leyes ynormas vigentes sobre la materia para docentes yestudiantes; Estando a lo glosado; a los Informes Nºs. 1195-2005- AL y 053-2006-AL, recibidos de la Oficina de Asesoría Legal el 19 de octubre de 2005 y 23 de enero de 2006; ala documentación sustentatoria en autos; y, en uso delas atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º delEstatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33ºde la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1ºINSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los estudiantes RICARDO FÉLIX HUASASQUICHE ENCISO, con código Nº 010624-H,de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas;JOSÉ EDUARDO HUARANGA LÁZARO, con códigoNº 010531-J y HENRRY GUZMÁN TEJADA, con códigoNº 010519-J, ambos de la Facultad de Ingeniería Eléctrica y Electrónica, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución, proceso que seráconducido por el Tribunal de Honor de la UniversidadNacional del Callao. 2ºDISPONER, que los citados estudiantes procesados, para fines de su defensa, deben apersonarse a la Oficina del Tribunal de Honor de nuestra Universidad, dentro de los diez (10) díashábiles que corren a partir de la notificación de lapresente Resolución, a efectos de recabar el pliegode cargos para la formulación de sus descargos, loscuales deben presentar, debidamente sustentados, dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación de los pliegos de cargos;asimismo, si los estudiantes procesados no se hanapersonado al Tribunal de Honor, o no quisieron recibirlos pliegos de cargos o los mismos no han sidoabsueltos o contestados dentro de los plazos señalados, los procesados son considerados rebeldes, y se resolverá la causa con la documentaciónque obra en el Tribunal de Honor en cumplimiento delos Arts. 25º y 27º del Reglamento de ProcesosAdministrativos Disciplinarios para Docentes yEstudiantes de nuestra Universidad. 3º TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las dependencias académico-administrativas de la Universidad,representación estudiantil, e interesados, para conocimientoy fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. VÍCTOR MANUEL MEREA LLANOS Rector 03513 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INDECI Aprueban Directiva para Autorización, Renovación, Ampliación de Jurisdicción y Acreditación de Inspectores TØcnicos de Seguridad en Defensa Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 116-2006-INDECI 21 de febrero del 2006 Visto: Memorándum Nº 2232-2005-INDECI/10.3 de fecha 15.NOV.05, en el cual la Dirección Nacional de Prevención remite el Informe Técnico-2005-INDECI/DNP- DNL de la misma fecha; y,CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es el organismo central, rector y conductor del SistemaNacional de Defensa Civil, encargado de la organizaciónde la población, coordinación, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil; Que, la Dirección Nacional de Educación y Capacitación es el órgano encargado de promover lacapacitación descentralizada del personal queconforma el Sistema Nacional de Defensa Civil; asícomo de planear, organizar, coordinar y ejecutar la capacitación de los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, conforme con loestablecido en el Reglamento de Organización yFunciones del INDECI; Que, la Dirección Nacional de Prevención, de conformidad con lo establecido en el precitado Reglamento, es el órgano de línea que supervisa el cumplimento de las normas y reglamentos vigentesrelacionados a las Inspecciones Técnicas de Seguridaden Defensa Civil, así como mantener actualizado elRegistro de Inspectores Técnicos de Seguridad enDefensa Civil; Que, resulta necesario articular las funciones de la Dirección Nacional de Educación y Capacitación y laDirección Nacional de Prevención con el objeto denormar el procedimiento para la autorización,renovación, ampliación de jurisdicción y acreditaciónde los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modificatorias y en uso de las atribucionesconferidas en el Reglamento de Organización yFunciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005- 2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2006- INDECI, para la Autorización, Renovación, Ampliación de Jurisdicción y Acreditación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, que consta de seis (06)folios y siete (7) anexos, que forman parte integrante dela presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el punto 2 del literal a) y el punto 5 del literal b) del numeral 5.3.1 de la Directiva a laque se hace referencia en el Artículo anterior, serán deaplicación una vez se haya culminado con lasprestaciones acordadas conforme al proceso deAdjudicación de Menor Cuantía Nº 070-2005-INDECI/ DNL/12.0. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Prevención remitir a la Oficina de Estadística yTelemática la versión electrónica de la Directiva aprobada en el artículo Primero de la presente Resolución, la cual se encargará de su publicación enla Página Web de INDECI. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección Nacional de Educación y Capacitación, la difusión de la Directiva aprobada mediante la presente Resolución, paraconocimiento y cumplimiento de Órganoscomponentes del Sistema Nacional de Defensa Civil,a nivel nacional. Artículo 5º.- Disponer que la Secretaría General ingrese la presente Resolución en el Archivo General deINDECI así como remita copia autenticada por fedatarioa la Dirección Nacional de Educación y Capacitación,Dirección Nacional de Prevención, Oficina de Estadística y Telemática, Oficina de Asesoría Jurídica y Direcciones Regionales de Defensa Civil, para conocimiento y finespertinentes. Artículo 6º.- Disponer que la Secretaria General se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil