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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 1 de julio de 2006 322803REPUBLICADELPERU Miguel Angel QUIROZ MORALES, Jefe del Departamento Administrativo de la Dirección de Economía y Finanzas de la PNP , remite el Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio para la Extradición Activa de la Ciudadana Norteamericana NADINE Noel y los funcionarios Policiales, quienes la trasladarán desde la ciudad de Madrid-España a la ciudad de Lima-Perú, por los hechos materia de la presente; Que, de conformidad a los procedimientos normados por la Ley de Extradición Peruana Nº 24710, Ley de Aeronáutica Civil del Perú Nº 27251 (Procedimientos de Seguridad de la Aviación), Decreto Supremo Nº 044-93- JUS (Funciones que desarrollan las diversas Entidades que intervienen en la Extradición), el Estatuto y Reglamento de la OIPC-INTERPOL, la adopción de las medidas de seguridad que el caso amerita, y con el fin de evitar que la Defensa interponga una Acción Legal que impida o retrase su traslado de la inculpada NADINE Noel a la ciudad de Lima-Perú; Que, los gastos por concepto de viáticos serán sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del pliego 007, Ministerio del Interior acorde con el Informe Nº 99-2006-DIREJADM- DIRECFIN-PNP-DEP/DA.SDB de 27FEB2006; y los gastos correspondientes a pasajes, equipajes, impuestos e Indemnización de Gastos de Viaje también serán sufragados por el Estado Peruano con cargo a la Partida del Poder Judicial; Que, el Artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances; Que, lo solicitado por el señor Coronel PNP José Adán GARCIA BLANCO Director Ejecutivo de la OCN- INTERPOL, en su Oficio Nº 7401-2006-DGPNP/ INTERPOL-EM de 21JUN2006, a mérito de lo dispuesto por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, mediante Oficio Nº 423-01-1ra.SPC de 26SET2002, está de conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos que irroguen gastos al Tesoro Público; con lo establecido en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de 5JUN2002, en concordancia con el Decreto de Urgencia Nº 002-2006, publicado el 21ENE2006, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 publicado el 7MAY2006, Ley Nº 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, lo dispuesto en el artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 745-Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú y la Ley Nº 27238 – Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2000/IN de 4OCT2000; Estando a lo propuesto por el General PNP Director de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Mayor PNP Héctor Adolfo BORDA CANO y la SO2 F PNP Nanci Lili CISNEROS RIOS, para que viajen en Comisión del Servicio a la ciudad de Madrid – España del 2 al 8JUL2006, para la Extradición Activa de la ciudadana Norteamericana NADINE Noel, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por viáticos para los funcionarios policiales que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Mayor PNP Héctor Adolfo BORDA CANO Viáticos (Art. 5º - DS – 047-2002-PCM) $ 260.00 x 5 días US$ 1,300.00 ----------------------- TOTAL US$ 1,300.00SO2 F PNP Nanci Lili CISNEROS RIOS Viáticos (Art. 5º - DS – 047-2002-PCM) $ 260.00 x 5 días US$ 1,300.00 ----------------------- TOTAL US$ 1,300.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendarios de efectuado el viaje, la Oficina Central Nacional – INTERPOL-LIMA, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos entregados a los funcionarios policiales. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a solicitar exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior 11560 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G61/G70/G6F/G79/G6F/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1559-2006-IN Lima, 28 de junio de 2006VISTO: El Oficio Nº 103-2006-CANRPP-MININTER/ST del 23 de junio del 2006 del Presidente de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Procesal Penal del Ministerio del Interior, mediante el cual solicita la creación del órgano especializado encargado de coordinar las funciones de investigación de la Policía Nacional del Perú con el Ministerio Público; CONSIDERANDO: Que, el artículo 333º del nuevo Código Procesal Penal establece que: "Sin perjuicio de la organización policial establecida por la Ley y de lo dispuesto en el artículo 69º, la Policía Nacional instituirá un órgano especializado encargado de coordinar las funciones de investigación de dicha institución con el Ministerio Público, de establecer los mecanismos de comunicación con los órganos de gobierno del Ministerio Público, y con las Fiscalías, de centralizar la información sobre la criminalidad violenta y organizada, de aportar su experiencia en la elaboración de los programas y acciones para la adecuada persecución del delito, y de desarrollar programas de protección y seguridad"; Que, en virtud de ello, el Equipo Técnico Institucional del Ministerio del Interior para la adecuación normativa y organizacional, conformado a mérito de la Resolución Viceministerial Nº 003-2006-IN/VMI de 18 de abril de 2006, ha recomendado la creación de una unidad orgánica de apoyo en la Dirección Ejecutiva de Operaciones Policiales con la denominación de Oficina de Coordinación con el Ministerio Público; Que, en consecuencia, la Dirección Ejecutiva de Operaciones Policiales debe establecer las normas y procedimientos para que las Direcciones Especializadas, Direcciones Territoriales de Policía y Frentes Policiales adecuen su organización y funciones con carácter sistémico que aseguren la vinculación con el Ministerio Público y Fiscalías, hasta el último nivel de organización en la función de investigación del delito, adecuándose a lo establecido en el Plan de Implementación y el Calendario Oficial de la Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2005-JUS de 6 de octubre de 2005; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, y de