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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2006 (18/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324088El Peruano martes 18 de julio de 2006 DE LOS TITULARES: APELLIDOS Y NOMBRES CARGO ARCE ALVAREZ, ROSA FELIC ITA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN ALVA ORE, LILIANA JOVITA TESORERA DEL SUPLENTE: APELLIDOS Y NOMBRES CARGO PAIRAZAMAN TEJADA, JULIAN GERENTE DE PLANEAMIENTO ARTURO VASQUEZ BERTINI, MIGUEL JEFE DE RECURSOS HUMANOS ANGEL Regístrese, comuníquese y publíquese . MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 00124-1 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G32/G33/GBA/G20/G79/G20/G32/G35/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G44/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G45/G63/G6F/G74/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G2C/G20 /G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G61/G73/G20 /G70/G6F/G72/G20 /G52/G2E/G4D/G2E /G4E/GBA/G20/G30/G33/G31/G34/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G41/G47/G20/G79/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72 /G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G34/G31/G32/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G41/G47 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0632-2006-AG Lima, 14 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 412-2006- AG del 17 de mayo de 2006, se modificaron los artículos 12º, 19º, 20º, 23º, 25º, y 26º de las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de concesionespara ecoturismo, que fueron aprobadas por Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG, de fecha 1 de abril de 2002; Que, mediante Oficio Nº 589-2006-INRENA-J-OAJ- IFFS, el Jefe del INRENA solicita la modificación del contenido de los artículos 23º y 25º de las DisposicionesComplementarias para el otorgamiento de concesiones para ecoturismo, que fueron aprobadas por Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG, y modificadas porResolución Ministerial Nº 412-2006-AG; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27308,Ley Forestal y de Fauna Silvestre, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y normas modificatorias.SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar los artículos 23º y 25º de las Disposiciones Complementarias para el Otorgamientode concesiones para Ecoturismo; aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG, y modificadas por Resolución Ministerial Nº 412-2006-AG; los cualesquedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 23º.- Suscripción de Contrato El contrato debe ser suscrito en dos (2) copias ante notario público, una quedará para la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre y la otra será entregadaal concesionario. Por el INRENA, firmará el Jefe de INRENA, con el visto bueno del Intendente Forestal y de Fauna Silvestre y del Gerente de la Oficina deAsesoría Jurídica. Sólo en los casos en que el área materia del contrato se superponga total o parcialmente a una zona deamortiguamiento de un Área Natural Protegida, el contrato deberá contar con el visto bueno del Intendente de Áreas Naturales Protegidas, y cuando la situación lo amerita,emitirá la opinión técnica correspondiente, la misma que se tomará en cuenta al momento de elaborar y aprobar, por quien corresponda en cada caso, los Planes deManejo correspondiente.” “Artículo 25º.- Plan de Manejo de la Concesión El concesionario deberá presentar hasta (30) días calendario antes del inicio del segundo año de actividades, contados a partir de la suscripción delcontrato, el Plan de Manejo de acuerdo a los Términos de Referencia que el INRENA presente al concesionario en el acto de la suscripción del Contrato. Los Términosde Referencia para la elaboración del Plan de Manejo de la Concesión son parte integrante del Contrato de Concesión para Ecoturismo”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 00119-1 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G75/G62/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73 /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G53/G75/G62/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G67/G6F/G20/G50/G61/G75/G73/G61/G2C /G48/G75/G61/G72/G6D/G65/G79/G2C/G20/G4C/G75/G72/GED/G6E/G20/G79/G20/G43/G68/G69/G6C/G6C/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0647-2006-AG Lima, 14 de julio de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0814-2000- AG de fecha 12 de octubre del 2000, se designó al Ing. REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberánademás remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL