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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2006 (18/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324096El Peruano martes 18 de julio de 2006 4. Calificar, otorgar, liquidar y pagar el derecho a Bono de Reconocimiento a que se refiere la Ley del SistemaPrivado de Administración de Fondos de Pensiones, Bono de Reconocimiento Complementario – BRC a que se refiere la Ley Nº 27252 y a los Bonos Complementariosde Pensión Mínima – BCPM y de Jubilación Adelantada del Decreto Ley Nº 19990 – BCJA a que se refiere la Ley Nº 27617 y cualquier otra obligación que se derive desus fines, conforme a ley. 5. Coordinar con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) las actividadesnecesarias para el control de las aportaciones recaudadas; la obtención de la información requerida para sus procesos administrativos y supervisar elejercicio de las facultades de administración delegadas con arreglo a lo establecido en los convenios interinstitucionales suscritos. 6. Conducir los procedimientos administrativos vinculados con las aportaciones de los sistemas previsionales, conforme al marco legal vigente. 7. Realizar periódicamente los estudios e informes que correspondan a sus fines institucionales, proponer la expedición de normas que contribuyan al mejorcumplimiento de éstos y opinar sobre los proyectos de dispositivos legales relacionados directa o indirectamente con los sistemas previsionales a su cargo. 8. Actuar como Secretaría Técnica del Directorio del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR). 9. Aprobar y administrar su presupuesto con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia. 10. Administrar los procesos inherentes al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)conforme a la normatividad vigente sobre la materia y dentro de los alcances del respectivo contrato de reaseguro que para tal fin la ONP celebra con unacompañía de seguros debidamente autorizada para brindar dicho seguro. 11. Calificar, otorgar, liquidar y pagar la pensión por cobertura supletoria del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) a que se refiere el artículo 88º del Reglamento de la Ley Nº 26790, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 009-97-SA. 12. Diseñar, racionalizar y optimizar los procesos y procedimientos operativos. 13. Mantener operativa y actualizada la plataforma tecnológica de la ONP . 14. Realizar periódicamente los estudios actuariales que sean necesarios para la correcta administración de los sistemas previsionales a su cargo proponiendo las recomendaciones necesarias. 15. Efectuar las acciones de fiscalización que sean necesarias, con relación a los derechos pensionarios en los sistemas previsionales a su cargo, para garantizarsu otorgamiento con arreglo a ley. La ONP podrá determinar e imponer las sanciones y medidas cautelares, de acuerdo a las normas legales yreglamentarias. 16. Conducir o encargar la conducción de las acciones de acotación y cobranza de los adeudos paracon los sistemas previsionales así como los intereses, multas y moras correspondientes. 17. Disponer las medidas que garanticen el cumplimiento de las acciones señaladas en los numerales 15 y 16 precedentes, incluyendo, de ser necesario, el uso de la vía coactiva. 18. Ejercer cualquier otra facultad que se derive de sus fines y las demás que expresamente le confiera la ley. Artículo 4º .-De la Organización y Administración La ONP está conformada por los órganos de la Alta Dirección, de Apoyo, de Asesoramiento, de Línea y por el Órgano de Control Institucional, cuyas funciones se especifican en el respectivo Reglamento de Organizacióny Funciones, el que será aprobado mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministerio de Economía y Finanzas. Los órganos de la Alta Dirección son la Jefatura, la Gerencia General y el Consejo Consultivo; éste último estará conformado por los mismos miembros queintegran el Directorio del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales (FCR) y será presidido por el Ministro de Economía y Finanzas.Artículo 5º.- Resoluciones La ONP puede dictar resoluciones, directivas y procedimientos dentro de los alcances de la ley, para el adecuado cumplimiento de sus fines. Para la solución deprocedimientos administrativos, los órganos que la conforman emiten resoluciones en el marco de las funciones que le señalan la presente norma y elReglamento de Organización y Funciones. Artículo 6º.- Jefatura El Jefe de la ONP es el funcionario de mayor nivel jerárquico que dirige y supervisa el adecuado funcionamiento de la institución. Es nombrado porResolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Son funciones y facultades del Jefe de la ONP: 1. Dictar las políticas y lineamientos institucionales. 2. Organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la institución. 3. Ejercer la representación oficial de la ONP , la titularidad del Pliego Presupuestal y emitir la opinióninstitucional. 4. Emitir Resoluciones Jefaturales sobre asuntos de su competencia. 5. Aprobar el Presupuesto Anual, los Estados Financieros y la Memoria Anual de la institución, así como disponer su remisión a las entidades correspondientesy la respectiva publicación. 6. Dictar resoluciones, directivas y procedimientos relacionados con el ámbito de competencia de la ONP . 7. Proponer ante las instancias correspondientes la estructura orgánica y funcional de la ONP y gestionar su aprobación. 8. Aprobar la designación y contratación de personal. 9. Proponer a través del Ministerio de Economía y Finanzas, la modificación de las variables que incidenen el cálculo de las prestaciones en el Sistema Nacional de Pensiones, de acuerdo al estudio financiero y actuarial, y emitir opinión técnica sobre dichas modificaciones. 10. Dictar disposiciones relacionadas con las obligaciones de las entidades empleadoras y susasegurados. 11. Celebrar convenios de cooperación técnica o de cualquier otra índole, con entidades nacionales oextranjeras. 12. Otorgar los poderes que sean necesarios para representar o defender los intereses de la ONP y de lossistemas previsionales a cargo. 13. Representar a la ONP ante el Directorio del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales. 14. Designar y remover al Gerente General. 15. Las demás que son inherentes a su cargo. El Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones que considere necesario para el mejor funcionamiento de la institución,con excepción de las señaladas en los numerales 1, 4, 5, 9, 10, 12, 13 y 14 del presente artículo. Para ser Jefe de la ONP se requiere ser peruano, gozar de solvencia moral e idoneidad profesional, no haber sido condenado por comisión de actos dolosos, no haber sido declarado en quiebra, ni tener otroimpedimento legal. El cargo de Jefe vaca por fallecimiento, inhabilitación física o mental, aceptación de renuncia, comisión defalta grave o por sobrevenir cualquiera de los impedimentos señalados en el párrafo anterior. Artículo 7º.- Competencia del Gerente General El Gerente General es el funcionario de más alto nivel después del Jefe de la ONP , es nombradomediante Resolución Ministerial del sector Economía y Finanzas o Resolución Jefatural expedida por el Jefe de la ONP . Son funciones y facultades del Gerente General: 1. Dirigir la ejecución de las actividades institucionales y coordinar las acciones de los órganos que la conforman. 2. Proponer al Jefe de la ONP el Presupuesto Anual, el Plan Institucional, los Estados Financieros y la MemoriaAnual de la institución. 3. Supervisar la administración del Presupuesto Institucional.