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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2006 (18/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324094El Peruano martes 18 de julio de 2006TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) ORGANISMO : Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE CALIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMI NISTRATIVO DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD QUE RESUEL VE Nº DENOMINACIÓN DEL REQUISITOS DERECHO F ORMA COSTO DONDE SE QUE APRUEBA EL LOS RECURSOS de PROCEDIMIENTO DE DE DE LA AUTOMÁTICA EVALUACIÓN PREVIA INICIA EL TRÁMITE O AUTORIDAD ADMINISTRATIVOS O orden PAGO PAGO U I T TRÁMITE COMPETENTE EN AUTORIDAD COMPETENTE POSITIVO NEGATIVO (VIA DOCUMENTAL) 1ra. INSTANCIA EN 2da. INSTANCIA 1 Solicitud de información de 1. Solicitud dirigida al funcionario designado por la Dirección Ejecutiva. SI Efectivo - Copias por cada folio Procedimiento sujeto a Mesa de P artes Funcionario El recurso de Apelación es conformidad con la Ley de 2. Formulario de acceso a la información, según anexo adjunto, 0,0032% S ilencio Administrativo designado por la resuelto por la Transparencia y Acceso debidamente llenado (Anexo1). - Grabación CD (unidad) NEGATIVO D irección Ejecutiva Dirección Ejecutiva a la Información Pública 3. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI). 0,064% (7 dìas hàbiles) (Ley Nº 27806, publicada el 03/08/02, 4. Número de constancia de pago y fecha, de ser el caso. - Por diskette (unidad) modificada mediante Ley Nº 27927, 0,064% publicada el 04/02/03) *El pago se realiza luego de la aprobación de la solicitud 2 Recurso Administrativo 1. Recurso dirigido al funcionario designado por la Dirección Gratuito Procedimiento sujeto a Mesa de P artes La Dirección Ejecutiva de Apelación Ejecutiva cumpliendo con los requisitos previstos en el Silencio Administrativo Ley de Transparencia y Acceso Artículo 113 de la Ley Nº 27444, para ser elevado a la Dirección NEGATIVO a la Información Pública Ejecutiva. (Debe resolverse en el (Art. 11 de la Ley Nº 27806, término de 10 días hábiles) publicada el 03/08/02). 2. Diferente interpretación de las pruebas producidas, o que trate de Debe interponerse en el término cuestiones de derecho (Artículo 209 de la Ley Nº 27444). perentorio de 15 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notificación o de transcurrido el plazo previsto para otorgar la información solicitada. (Art. 113, Arts. 207, 209, 211 y sgtes. de la Ley Nº 27444 ; publicada el 11/4/01) 1. Solicitud dirigida al funcionario designado por la Dirección Ejecutiva. SI Efectivo - Copias por cada folio Procedimiento de Mesa de P artes El recurso de Reconsideración 3 Copias Certificadas de Documentos 2. Formulario de expedición de copias certificadas, según anexo 0.0032% Aprobación es resuelto por el propio Originales y/o Certificación adjunto, debidamente llenado (Anexo 2). AUTOMATICA funcionario designado por de Firma del Titular Consignada 3. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI). * El pago se realiza luego de (5 días hábiles) la Dirección Ejecutiva. en los Documentos. 4. Número de constancia de pago y fecha, de ser el caso. la aprobación de la solicitud (Ley Nº 27444 Arts. 41, 127, 128 y El recurso de Apelación es 4ta. Disposición Transitoria; publicada resuelto por la Dirección (publicada el 11/4/01) Ejecutiva. 4 Recurso Administrativo de 1. Reconsideración Procedimiento Reconsideración y Apelación. -Recurso dirigido al funcionario designado por la Dirección Gratuito sujeto a Silencio Mesa de P artes El recurso de Reconsideración Expedición de Copias Certificadas Ejecutiva, cumpliendo los requisitos previstos en el Artículo 113 Administrativo es resuelto por el funcionario de Documentos originales y/o de la Ley Nº 27444. NEGATIVO designado por la Dirección Certificación de Firma del Titular -Nueva prueba (Artículo 208 de la Ley Nº 27444). Ejecutiva consignada en los Documentos. (Debe resolverse Deben interponerse en el término 2. Apelación en el término de perentorio de 15 días hábiles. - Recurso dirigido al funcionario designado por la Dirección 30 días hábiles) El recurso de Apelación es (Arts. 207, 208, 209, 211 de la Ley Ejecutiva, cumpliendo con los requisitos previstos en el resuelto por la Dirección Nº 27444; publicada el 11/04/01) Artículo 113 de la Ley Nº 27444, para ser elevado a la Ejecutiva Dirección Ejecutiva. - Diferente interpretación de las pruebas producidas, o que trate de cuestiones de derecho (Artículo 209 de la Ley Nº 27444). 5 Recursos de apelación en procesos Cumplir con los requisitos de formalidad establecidos en el Re- En Licitaciones y Concursos Pro cedimiento sujeto a Silencio de adquisiciones y contratataciones glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Púb licos: 80% de 1 UIT. Administrativo NEGATIVO (Art. 155 numeral 7 del Reglamento (D.S. Nº 084-2004-PCM y modificatorias). En Adjudicaciones Directas: (Debe resolverse en el término de la Ley de Contrataciones y Adjuntar el comprobante de pago de la Tasa respectiva, el cual Sí Efectivo 40% de 1 UIT de 8 días hábiles contados Mesa de P artes Dirección Ejecutiva Adquisiciones del Estado. D.S. Nº será emitido por el Area de T esorería de FONAFE una vez que En Adjudicaciones de Menor desde su admisión o desde la 084-2004-PCM) se le presente el voucher de depósito por el monto correspon- Cuantía: 20% de 1 UIT subsanación de las omisiones diente en la cuenta del Banco de la Nación Nº 0000-267546. y/o defectos advertidos en la presentación del recurso) NOTA.- En todos los casos se aplicará lo siguiente: 1. Las Solicitudes tendrán el valor de Declaración Jurada, conteniendo los datos relacionados al requerimiento. En el caso de qu e el interesado delegue la facultad de ser representado por tercera persona, deberá acreditar tal facultad mediante la presenta ción de carta poder simple. 2. Si se presentan copias fotostáticas de los documentos solicitados, éstas podrán ser autenticadas por el Fedatario de FONAFE. 3. Las solicitudes y formularios serán suministrados en la Mesa de Partes o visualizadas en la siguiente dirección: http://www.f onafe.gob.pe 4. En el Procedimiento de Transparencia y Acceso a la Información, el plazo de 7 días podrá ser prorrogado por 5 días útiles adi cionales, lo cual deberá ser comunicado al solicitante antes del vencimiento del plazo inicial. 00137-3