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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 321960El Peruano martes 20 de junio de 2006 DECRETA: Artículo 1º.- Recursos para el Programa de Vaso de Leche para el 2007 Para la elaboración del Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fiscal 2007 se mantendrá los mismos montos del Programa del Vaso de Leche que fueron comunicados a cada gobierno local para elPresupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fiscal 2006. Artículo 2º.- Medida de excepción Para efectos de la incorporación de la información del Censo Nacional 2005, X de población y V de vivienday actualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche, constitúyase una Comisión Especial que tendrá por función validar la metodología deactualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche, la misma que estará compuesta por miembros del Poder Ejecutivo y de la Sociedad Civil. Artículo 3º.- Normas complementarias Mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas se dictarán las normas complementarias para la mejor aplicación del presenteDecreto de Urgencia. Artículo 4º.- Disposición derogatoria Deróguense la Ley Nº 26637 y el Decreto de Urgencia Nº 069-96. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 10891 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G69/G74/G61/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G76/GED/G6F /G61/G20/G55/G72/G75/G67/G75/G61/G79/G20/G79/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20 /G63/G6F/G6D/G61/G6E/G64/G6F/G2C/G20 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G2C/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20 /G63/G6F/G6D/G70/G75/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G61/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 395-2006-DE/CCFFAA Lima, 7 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 185 MAAG/ARSEC-LOG del 14 de marzo 2006, el Jefe del Grupo Consultivo y deAyuda Militar de los Estados Unidos, extiende una invitación para que dos Oficiales Superiores participen en la “Tercera Conferencia Anual de Comando, Control,Comunicaciones y Sistemas de Computación (C4S)”, el mismo que se llevará a cabo en Montevideo - Uruguay entre el 24 y 28 de abril 2006; Que, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, ha designado para participar en el seminario en mención, al Capitán de Navío Luis AlbertoTORRES Koch y Coronel EP Marco Antonio JIMENEZ Lazo; Que, el inciso e) del artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una desus funciones participar a través de los organismos pertinentes en las misiones de paz internacionales a quese comprometa el Estado Peruano, de acuerdo a ley; Que, los gastos de transporte, alimentación y alojamiento serán solventados por el Comando Sur delos Estados Unidos de América; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidoresy funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley de Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, Decreto de Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha30 de junio del 2004 y Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Luis Alberto TORRES Koch y Coronel EP Marco Antonio JIMENEZ Lazo, para que participen en la “Tercera Conferencia Anual deComando, Control, Comunicaciones y Sistemas de Computación (C4S)”, la misma que se llevará a cabo en Montevideo - Uruguay entre el 23 y el 28 de abril 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a las disposicionesvigentes: Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 2 Artículo 3º.- Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación, durante su estadía en esa ciudad serán solventados por el Comando Sur de los Estados Unidos de América. Artículo 4º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio o término de la comisión, sin exceder el plazototal establecido. Artículo 5º.- Los mencionados Oficiales deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002- 2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 10869 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 599-2006-DE/CCFFAA Lima, 8 de junio de 2006 Visto, el Oficio Nº 310/MAAG-ent de fecha 5 de mayo de 2006, del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, indicando que bajo elPrograma de Actividades Tradicionales del Comandante (TCA) efectúa la invitación para que un Asesor en el Área Legal en el rango de Coronel o su equivalenteparticipe del Seminario Anual de Asuntos Legales a realizarse en Miami del 19 al 23 de junio del 2006. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales la participación del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en el Seminario Anual de Asuntos Legales, en el que se tratarátemas como el apoyo militar a las autoridades civiles, el mismo que incluye apoyo militar al refuerzo de la ley, a las autoridades de defensa civil y durante otrasemergencias internas;