Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2006 (09/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 9 de marzo de 2006

seleccion para la contratacion de una sociedad de auditoria que efectue el examen del estado financiero final del Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable BID ATN/MT-6634-PE, por el periodo 27 de diciembre de 1999 al 30 de noviembre de 2005. Articulo Segundo.- La sociedad de auditoria designada debera encontrarse inscrita y habil en el Registro de la Contraloria General de la Republica. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP informara a la Contraloria General de la Republica sobre la ejecucion y resultados del MORDAZA de seleccion. Articulo Tercero.- La sociedad de auditoria designada y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP se sujetan a lo dispuesto en el Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable BID ATN/MT6634-PE, y demas disposiciones contenidas en el Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG, en lo que resulta aplicable. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoria la supervision de lo autorizado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 04234

Que los organizadores asumiran los gastos por concepto de pasajes internacionales y viaticos que irrogue la asistencia de la Titular de la entidad en la mencionada actividad academica; Que se debe asegurar la continuidad de la gestion institucional, encargandose la atencion del despacho defensorial al doctor MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, Primer Adjunto(e), del 11 al 15 de marzo del presente ano y en tanto dure la ausencia de la Defensora del Pueblo, conforme al Articulo 8º de la Ley Nº 26520; Con el visto MORDAZA del Jefe (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520, y de conformidad con lo establecido en los Articulos 4º y 5º, literales d), l) y o) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 0018-2005/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ENCARGAR la atencion del Despacho de la Defensora del Pueblo al doctor MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, Primer Adjunto a la Defensora del Pueblo (e), del 11 al 15 de marzo del presente ano y en tanto dure la ausencia de la Defensora del Pueblo. Articulo Segundo.- El viaje y la actividad referida en la parte considerativa de la presente resolucion no irrogaran gasto al Presupuesto Institucional. Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 04369

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Encargan la atencion del Despacho de la Defensora del Pueblo al Primer Adjunto
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0014-2006/DP MORDAZA, 8 de marzo de 2006 Visto el Memorando Nº 018-2006-DP/GA, remitido por la Jefa de Gabinete de Apoyo de la Defensora del Pueblo, mediante el cual informa de la invitacion cursada a la Defensora del Pueblo para participar en un foro internacional a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Espana, y solicita la emision de la resolucion que encargue el despacho defensorial del 11 al 15 de marzo del presente ano por necesidad del servicio; y, CONSIDERANDO: Que la Defensoria del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, asi como la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que el Centro de Estudios Politicos y Constitucionales de Espana, en colaboracion con la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional y el Centro Internacional de MORDAZA para la Paz, han organizado el "Foro Latinoamericano de reforma constitucional y administracion territorial", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Espana, los dias 13 y 14 de marzo de 2006, con la finalidad de debatir los dilemas y perspectivas de los modelos de organizacion territorial en la region andina: Bolivia, Ecuador y Peru; Que la Defensora del Pueblo ha sido invitada para participar en el citado foro en calidad de expositora en el tema: "Descentralizacion administrativa, politica y economica. Diferencias etnico-culturales"; Que resulta de especial relevancia la participacion de la Defensora del Pueblo en dicho evento a efectos de compartir experiencias con expertos internacionales que contribuyan a afianzar el actual MORDAZA de descentralizacion en el MORDAZA, mas aun si esta institucion considera que la descentralizacion politica, economica y administrativa resulta indispensable para el desarrollo integral, armonico y sostenido del pais;

JNE
Revocan en parte la Res. Nº 077-2006JEE/LC que denego tramite de inscripcion de candidatos al Congreso de la Republica del Partido Politico "Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Social"
RESOLUCION Nº 235-2006-JNE Expediente Nº 159-2006 MORDAZA, 6 de marzo de 2006 VISTO en Audiencia publica del dia 6 de marzo de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del Partido Politico "Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Social" contra la resolucion Nº 077-2006JEEE/LC de fecha 25 de febrero de 2006 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro, en el extremo que resuelve denegar a tramite la inscripcion de los candidatos al Congreso de la Republica: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Bobbio MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Munoz y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Echegoyen. CONSIDERANDO: Que, las resoluciones del MORDAZA Nacional de Elecciones en materias electorales, de referendum o de otro MORDAZA de consultas populares, son dictadas en instancia final, definitiva y no son revisables, conforme a lo dispuesto por los articulos 142º y 181º de la Constitucion Politica del Peru e inciso a) y f) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, la resolucion Nº 077-2006-JEE/LC deniega la admision a tramite de inscripcion de 6 candidatos de la lista presentada por el personero legal del Partido Politico "Avanza MORDAZA - Partido de Integracion Social" por lo siguiente: por no haber cumplido con adjuntar el

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