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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2006 (09/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 314289 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de marzo de 2006 Que, en tal sentido, se considera conveniente la participación de la entidad en la XII Annual Central Bank and Investment Authority Seminars 2006 , que se desarrollará en la ciudad de Berlín, Alemania del 13 al 17de marzo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y estando a loacordado por el Directorio en su sesión de 19 de enero 2006; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del señor Carlos Pedro Mendoza Atusparia, especialista en renta fija y oro del Departamento de Gestión de Portafolios de Inversión, de la Gerencia de OperacionesInternacionales, a la ciudad de Berlín, Alemania del 12 al 18 de marzo, y al pago de los gastos, a fin de participar en la reunión indicada en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 871,31 Viáticos US$ 1 820,00 Tarifa única de uso de aeropuerto: US$ 30,25 ------------------ TOTAL US$ 2 721,56 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASÍAS Vicepresidente En Ejercicio de la Presidencia 04368 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 100-2006-CNM Fe de Erratas de la Resolución Nº 100-2006-CNM, publicada en la edición del 5 de marzo de 2006. DICE: Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente (e) DEBE DECIR:Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR BADARACCO Presidente 04351 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a la SBS realizar proceso de selección para contratar sociedad de auditoría que examinarÆ estado financiero de convenio de cooperacióntØcnica no reembolsable RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 072-2006-CG Lima, 6 de marzo de 2006Visto; la Hoja de Recomendación Nº 011-2006-CG/ SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre autorización a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, para conducir el proceso de selección de unasociedad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable BID ATN/MT-6634-PE; CONSIDERANDO: Que, la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) celebraron el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable BID ATN/MT-6634-PE paramejorar el acceso de la población de bajos ingresos a los servicios financieros, designándose como Organismo Ejecutor a la Superintendencia de Banca y Segurosactualmente la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; Que, con Oficio Nº 25787-2005-SBS de 29.12.2005 la Entidad solicitó a la Contraloría General autorizaciónpara conducir directamente el proceso de selección de una sociedad de auditoría que realice el examen del estado financiero final del Convenio de CooperaciónTécnica No Reembolsable BID ATN/MT-6634-PE, adjuntando para tal efecto, copia de los Términos de Referencia y Modelo de Contrato a suscribir, copia de lacomunicación Nº 5270/2005 de 24.11.2005 por la cual el BID comunica su No Objeción a los Términos de Referencia y Modelo de Contrato, copia del Convenio deCooperación Técnica No Reembolsable BID ATN/MT- 6634-PE, copia del compromiso de disponibilidad presupuestal y del compromiso de entrega deinformación y copia de la comunicación Nº 5234/2005 de 21.11.2005 acreditando que el monto destinado para la auditoría será pagado con fondos del BID; Que, en base a los documentos remitidos y las coordinaciones efectuadas con la Entidad el período de alcance de la auditoría del estado financiero final delConvenio de Cooperación Técnica No Reembolsable BID ATN/MT-6634-PE, comprende el período 27 de diciembre de 1999 al 30 de noviembre de 2005; Que, el Documento de Licitación de Auditorías Externas - AF-200 emitido por el BID establece un procedimiento específico para la designación de una sociedad de auditoríaque se aplica cuando los servicios de auditoría externa son financiados con los recursos del Banco y en el contrato se estipula que la auditoría debe ser efectuada por auditoresindependientes, condiciones que se verifican en el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable BID ATN/MT- 6634-PE; Que, el literal c) del artículo 6º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, estableceque tratándose de préstamos y/o donaciones efectuadas por organismos internacionales, la solicitud de designación puede extenderse hasta todo el período delfinanciamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; Que, asimismo, el artículo 49º del Reglamento señala que cuando las disposiciones de un convenio y/o las normas del organismo internacional establecen unprocedimiento específico para la designación de una sociedad de auditoría, la Contraloría General de la República autoriza a la Entidad la conducción del procesode selección correspondiente; Que, en el documento de visto, se concluye y recomienda que debe autorizarse a la Superintendenciade Banca, Seguros y AFP la conducción del proceso de selección para la contratación de una sociedad de auditoría que efectúe la auditoría externa al Convenio deCooperación Técnica No Reembolsable BID ATN/MT- 6634-PE, por el período 27 de diciembre de 1999 al 30 de noviembre de 2005; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución deContraloría Nº 140-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP la conducción del proceso de