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PÆg. 314287 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de marzo de 2006 experiencia en conversiones vehiculares al sistema de combustión a GNV. - Copia de la Constancia de Inscripción Nº 0957- 2005-PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de GNV MILENIUMS.R.L. en el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Producción como proveedor de Equipos Completos – PEC. - Copia del Contrato Privado celebrado con fecha 7 de diciembre del 2005 por GNV MILENIUM S.R.L. con M & N S.A., conforme a lo establecido en el numeral 6.2.7de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Copia del Contrato Privado de Arrendamiento de fecha 29 de diciembre del 2005, celebrado por elsolicitante con Ricardo Antonio Wakeham Maggiolo, mediante el cual se acredita la posesión legítima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de laDirectiva anteriormente mencionada. - Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital de PuebloLibre. - Póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2435888 suscrita con LA POSITIVASEGUROS Y REASEGUROS que cubre los daños a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones,por el monto de 200 UIT, conforme a los términos señalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001- 2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportesy Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y la Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar por el plazo de cinco (5) años, a contarse desde la publicación de la presente resolución,a M & N S.A. para que opere el taller denominado “GNV Milenium” ubicado en Av. Sucre Nº 181, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, como Taller deConversión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV. Artículo 2º .- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes yComunicaciones el correspondiente “Certificado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento delos plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 5 de diciembre del 2006 Segunda Inspección anual del taller 5 de diciembre del 2007 Tercera Inspección anual del taller 5 de diciembre del 2008 Cuarta Inspección anual del taller 5 de diciembre del 2009 Quinta Inspección anual del taller 5 de diciembre del 2010 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certificado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 3º .- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro deresponsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 11 de noviembre del 2006 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 11 de noviembre del 2007 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 11 de noviembre del 2008 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 11 de noviembre del 2009 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 11 de noviembre del 2010En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 4º .- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. PATRICK P. ALLEMANT F. Director General Dirección General de Circulación Terrestre 02649 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Encargan a vocal titular el Despacho de la Presidencia de la Corte Superiorde Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 101-2006-P-CSJL/PJ Lima, 7 de marzo de 2006. VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 090- 2006-P-CSJL/PJ de fecha 6 de marzo del presente año, se designó Presidente Encargado de la Corte Superior de Justicia de Lima al doctor Jovino Guillermo CabanillasZaldivar, Vocal Titular, del siete al dieciséis de marzo del año actual por licencia de la doctora María Zavala Valladares; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 030- 2006-CE-PJ, expedido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con fecha 3 de marzo del presente año, se leconcede licencia con goce de haber a los señores Presidentes de Cortes Superiores, por los días del nueve al once de marzo del actual, para que participen en lareunión denominada "Primer Encuentro 2006 con Presidentes de Cortes Superiores de Justicia", que se llevará a cabo en la ciudad de Trujillo del diez al once demarzo del año en curso; Que, por lo anteriormente expuesto resulta necesario encargar el Despacho de la Presidencia de este DistritoJudicial por los días nueve y diez de marzo del actual; Que, en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánicadel Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, alseñor doctor PEDRO HORACIO ORTIZ PORTILLA, Vocal Titular, por el nueve y diez de marzo del año en curso, sin dispensa de la labor jurisdiccional comoPresidente de la Primera Sala Civil. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y delos Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente (e) de la Corte Superiorde Justicia de Lima 04427