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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2006 (16/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 314870 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de marzo de 2006 Que, dicha ilegal maniobra, pone una vez más de manifiesto la política expansionista de la Municipalidad de Lurín, sin habertomado en cuenta los antecedentes históricos, culturales ygeográficos de la Municipalidad Distrital de Pachacámac; Que, de acuerdo al inciso 7 del artículo 102º de la Constitución Política del Estado, corresponde al Poder Ejecutivo la atribución de proponer la demarcación territorial y al Congreso de la República aprobar dicha demarcación; Que, finalmente estando a los fundamentos expuestos y en el ejercicio de las atribuciones conferidaspor la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, elConcejo Municipal, con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, adoptó lo siguiente: ACORDAR: Artículo Primero.- CENSURAR Y DESCONOCER, el Acuerdo de Concejo Nº 010-2006/ML, publicado confecha 5 de marzo del 2006 y adoptada con fecha 20 defebrero del 2006, por ir en contra del principio de legalidady carecer de todo efecto jurídico. Artículo Segundo.- DEMANDAR A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN el respeto ycumplimiento del inciso 7 del artículo 102º de nuestraCarta Magna y demás normas legales referidas ademarcación y organización territorial. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO Y DIFUNDIR a la población en general, el contenido del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al Procurador Público Municipal para que en nombre y representación denuestra Corporación Edil, interponga las accionesjudiciales que correspondan, en contra del precitado Acuerdo de Concejo, en defensa de los intereses legítimos, históricos, culturales y territoriales de laMunicipalidad Distrital de Pachacámac. Artículo Quinto.- Transmitir el presente Acuerdo a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a la MunicipalidadDistrital de Lurín para su conocimiento y fines de Ley. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 04894 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Prorrogan plazo de vencimiento para acogerse a beneficio de refinanciamiento de deudas tributarias y para pago de Arbitrios recalculados por la Ordenanza N” 114 y delImpuesto Predial y Arbitrios 2006 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2006-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO; el Informe Nº 014-DRDE-MDR-2006 de fecha 2.3.06 de la Dirección de Rentas y Desarrollo Económico,sobre prórroga de la Ordenanza Nº 120; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 120 de fecha 20.1.06, se estableció el Programa de Refinanciamiento dedeudas tributarias en la jurisdicción del distrito del Rímac- PRO RÍMAC, cuyo plazo para acogerse vence el 28 de febrero del presente año; asimismo, dicha Ordenanza en su segunda disposición transitoria modifica el ArtículoCuarto de la Ordenanza Nº 114; Que, es política institucional brindar las facilidades del caso para que los contribuyentes del Rímac cumplan con susobligaciones tributarias, por lo que es conveniente ampliar el plazo de vigencia de la antes referida Ordenanza y de la fecha de pago al contado o de la primera cuota trimestral del ImpuestoPredial 2006, así como las deudas por Arbitrios Municipalesrecalculados por la Ordenanza Nº 114; Que, mediante Informe de Vistos, el Director de Rentas y Desarrollo Económico, solicita prorrogar el plazo devencimiento para acogerse al refinanciamiento de deudas tributarias establecidas por la Ordenanza Nº 120 hastael 31 de marzo del 2006; asimismo solicita prorrogar elplazo de vencimiento para el pago de los ArbitriosMunicipales recalculados por la Ordenanza Nº 114 y elplazo del pago al contado o del primer trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente ejercicio hasta el 31 de marzo del 2006; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6), artículo 20º y 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972; y la Ordenanza Nº 120; DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGUESE el plazo de vencimiento para acogerse al refinanciamiento de deudas tributarias establecidas por la Ordenanza Nº 120 hasta el 31 de marzo del 2006. Artículo Segundo.- PRORRÓGUESE el plazo de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipalesrecalculados por la Ordenanza Nº 114 y el plazo delpago al contado o del primer trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente ejercicio hasta el 31 de marzo del 2006. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Dirección de Rentas y Desarrollo Económico,Oficina de Administración y Finanzas, Unidad deInformática, Unidad de Ejecutoría Coactiva y Unidad de Imagen Institucional, la implementación y difusión del presente Decreto de Alcaldía. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac a los dos días del mes de marzo de dos mil seis. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS LOBATON DONAYRE Alcalde 04895 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Exoneran de proceso de selección la adquisición de combustible ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2006-MDSB San Bartolo, 9 de marzo del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTOS; en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 09-03-2006, se dio lectura y debatido el Informe Técnico y Legal de fecha 25/02/2006, del Presidente del Comité de Subasta Inversa Presencial Nº 003-2006-CEP/MDSB, para la adquisición de combustibleDiesel 2 y solicitando se declare en situación deDesabastecimiento Inminente la Adquisición delcombustible para los vehículos de propiedad de la Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de ReformaConstitucional, señala que las municipalidades tienenautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y ala Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, mediante el informe de Vistos, el Presidente del Comité de Subasta Inversa Presencial del proceso deadjudicación Subasta Inversa Presencial Nº 003-2006- CEP/MDSB, para la adquisición de Combustible Diesel 2, da cuenta que en dicho proceso el 24/02/2006, se declaródesierto, a mérito por no haberse presentado ningúnpostor, con conocimiento a CONSUCODE y recomiendarealizar en compra directa el Combustible por 1 mes ymedio (hasta el 15 de abril del 2006) por la cantidad de 703 galones DIESEL 2, por S/. 10.20 por galón, un total de S/. 7,170.60, mientras se realice y culmine la segunda