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PÆg. 314862 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de marzo de 2006 M :Corresponde al primer mes del Año de Cálculo. N :Corresponde al último mes del Año de Cálculo. IEFIR :Ingreso Esperado Firme. IEINT :Ingreso Esperado Interrumpible. El Ingreso Esperado Firme y el Ingreso Esperado Interrumpible se definen como: 365 12FirmdEfuiIE CCFE TDf ui uidmi =× × ×(3.1) ()IntIE VTE CCFE dEf TDi ui ui ui ui=−× × (3.2) Asimismo se considerará lo siguiente: Si,() 0ui ui uiVTE CCFE dE f −× < entonces () 0ui ui uiVTE CCFE dE f −× = Donde: CCFEui : Capacidad Contratada Estimada en Firme por el usuario u para el mes i del Año de Cálculo k, expresada en miles de metros cúbicos al día. TDfui :Es la tarifa en dólares americanos del servicio de transporte en firme sin el descuento por adelanto de la GRP, vigente para cada usuario del Servicio de Transporte por Red Principal en el mes i del Año de Cálculo k. TDiui:Es la tarifa en dólares americanos del servicio de transporte interrumpible sin el descuento por adelanto de la GRP, vigente para cada usuario del Servicio de Transporte por Red Principal en el mes i del Año de Cálculo k proyectado. dEfui:Número de días Estimados del mes i del Año de Cálculo k transcurrido durante los cuales se encontró vigente el servicio de Transporte en Firme para el usuario u. dmi:Número de días del mes i del Año de Cálculo k proyectado. VTEui:Es el Volumen Total Estimado de gas natural, expresado en miles de metros cúbicos, transportado por Red Principal para cada usuario de la red durante el mes i del Año de Cálculo k transcurrido. Durante los últimos períodos tarifarios con vigencia de la GRP, se puede presentar el caso que el Ingreso Real del Servicio (IRS) sea mayor que el Ingreso Garantizado Anual (IGA) y dentro de este que la suma de la capacidad vendida a los clientes no supere la Capacidad Garantizada, en este caso, la GRP será igual a la suma del Ajuste por Año de Cálculo Anterior (AACA) más el exceso (en valor absoluto) pagado por los clientes (IGA-IRS). En el caso que la capacidad vendida sea mayor o igual que la Capacidad Garantizada, y teniendo en cuenta que la Tarifa Regulada de los otros clientes no se han reajustado a la Tarifa Base, entonces existiría un exceso igual al producto de la capacidad vendida de los otros consumidores por la diferencia entre la Tarifa Regulada y la Tarifa Base, éste exceso será sumado al Ajuste por Año de Cálculo Anterior (AACA). En todos los casos, para efecto de determinar el Peaje_GRP, si la GRP resulta negativa, dicho peaje será igual a cero. Artículo 2º.- Modifíquese el literal b) del numeral 5.1 del Artículo 5º de la norma “Procedimiento de Cálculo deGarantía por Red Principal (GRP) del Proyecto Camisea”, aprobada por la Resolución OSINERG Nº 077- 2004-OS/CD, por el siguiente:“b) Cálculo del Peaje GRP al inicio del Año del Cálculo. A partir del cálculo anterior (ecuación 1) en el que se determina la GRP Estimada para el Año de Cálculo, se calcula el “Peaje GRP” que será aplicado durante el período tarifario del SPT. Para el cálculo del Peaje GRP se debe considerar la proyección de la Máxima Demanda Mensual en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), definida en el artículo 137º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; de manera que el Peaje GRP resulte de la relación entre la GRP Estimada para dicho Año de Cálculo y la sumatoria actualizada de las Máximas Demandas Mensuales Eléctricas, proyectadas para el mismo Año de Cálculo. Para los meses de marzo y abril del año de cálculo “k” en curso, se tomará el peaje por GRP vigente. Sobre la base de dicho Peaje GRP determinado, el COES asignará los montos mensuales por dicho concepto que los Concesionarios de la Red Principal deben percibir mes a mes durante el Año de Cálculo. El Peaje GRP se calcula de la siguiente manera: 1__ab kk kk kGRPE Pea je GRP VAMD Pea je GRP VAMD− =× + × (4) Donde: GRPEk: Garantía por Red Principal Estimada para el Año de Cálculo k actualizada y calculada al 1º de marzo de dicho Año de Cálculo. Peaje_GRPk: Peaje unitario, expresado en US$ por KW-mes, a ser incorporado al Peaje por Conexión al Sistema Principal de Transmisión Eléctrica, por el concepto de Garantía por Red Principal correspondiente al Año de Cálculo k. Peaje_GRPk-1: Peaje unitario, expresado en US$ por KW-mes, incorporado al Peaje por Conexión al Sistema Principal de Transmisión Eléctrica, por el concepto de Garantía por Red Principal correspondiente al Año de Cálculo anterior (k-1). MDMEi: Máxima Demanda Mensual Estimada, a nivel de Subestaciones Base (SEB) de generación eléctrica del SEIN, expresada en KW-mes, correspondiente al mes i. Esta proyección, es efectuada por el OSINERG para la fijación de las tarifas en barra del Sector Eléctrico y cubre el período tarifario del SPT. Considera la variabilidad estacional de la demanda de cada mes. VAMDa k: Sumatoria de MDMEi, definida en el párrafo anterior, correspondiente a los meses de marzo y abril del año de cálculo k en curso. VAMDb k: Sumatoria de MDMEi, definida anteriormente, correspondiente a los meses de mayo del año en curso hasta febrero del siguiente año. Entonces: () ()1 11 1i iabril a i k v im a r z o febrero b i k v im a y oMDMEVAMD FI MDMEVAMD FIγ γ+ += ==× + =× +∑ ∑(5) Donde: Vi+1:Número de días transcurridos entre el 1º de marzo y la fecha de vencimiento de la factura por concepto de GRP