Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2006 (16/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de marzo de 2006

transporte en firme sin el descuento por adelanto de la GRP, vigente para cada usuario del Servicio de Transporte por Red Principal en el mes i del Ano de Calculo k transcurrido. dfui : Numero de dias del mes i del Ano de Calculo k transcurrido durante los cuales se encontro vigente el servicio de Transporte en Firme para el usuario u. VTuin : Es el Volumen Total de gas natural, expresado en MORDAZA de metros cubicos al dia, transportado por la Red Principal para cada usuario de la red durante el dia n del mes i del Ano de Calculo k transcurrido. Para los casos en donde se produzcan eventos no calificados como de Fuerza Mayor, que impidan o dificulten el transporte de gas, se tomara durante el periodo en que dure dicho evento, el volumen que el usuario hubiera consumido de no haberse producido el mismo, promediando los consumos diarios del Ano de Calculo excluyendo del mismo los periodos de indisponibilidad. CCFuin : Capacidad Contratada en Firme por el usuario u para el dia n del mes i del Ano de Calculo k transcurrido, expresada en MORDAZA de metros cubicos al dia. dmi : Numero de dias del mes i del Ano de Calculo k transcurrido. TSiuin : Es la tarifa en soles del servicio de transporte interrumpible sin el descuento por adelanto de la GRP, vigente para cada usuario del Servicio de Transporte por Red Principal en el mes i del Ano de Calculo k transcurrido. N : Corresponde ultimo dia del mes del Ano de Calculo anterior."
Articulo 4º.- Modifiquese el articulo 17º de la MORDAZA "Procedimiento de Calculo de Garantia por Red Principal (GRP) del Proyecto Camisea", aprobada por la Resolucion OSINERG Nº 077-2004-OS/CD, de acuerdo a lo siguiente:

"Los volumenes considerados dentro del presente procedimiento se expresan en metros cubicos estandar de gas a 15ºC y 1.0132 bar. Para la conversion de unidades de metros cubicos a pies cubicos el factor de conversion a ser considerado sera igual a 35,31467."
Ar ticulo 5º.- Incor porese el Infor me Tecnico OSINERG-GART-DGN-016-2006, como parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 7º.- Dispongase la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina WEB del OSINERG: www.osinerg.gob.pe, de la presente resolucion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERG EXPOSICION DE MOTIVOS El Mecanismo de Garantia por Red Principal (GRP) se define en el Reglamento de la Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-99-EM (en adelante "Reglamento") y en los Contratos BOOT de Concesion, como el Cargo que el OSINERG incorporara anualmente a la tarifa electrica en el rubro correspondiente al peaje del Sistema Principal de Transmision Electrica Nacional que se refiere el Articulo 59º de la Ley de Concesiones Electricas.

Tal como lo precisa el Reglamento, dicho cargo per mitira cubr ir, de ser necesario, los Ingresos Garantizados anuales del Concesionario, a traves del "cargo" por Garantia por Red Principal que debera ser pagado por los generadores electricos. La Resolucion OSINERG Nº 077-2004-OS/CD publicada el 01 de MORDAZA del 2004, aprobo el "Procedimiento de Calculo de Garantia por Red Principal (GRP) del Proyecto Camisea", el mismo que establecio un procedimiento de calculo que ordeno y consolido los mecanismos que se senalan en el Reglamento y en los Contratos BOOT, de manera que el mecanismo de calculo de la GRP y su liquidacion pudieron resultar en un MORDAZA transparente para todos los involucrados. Al respecto con fecha 17 de marzo del ano 2005, se publico la Resolucion OSINERG Nº 042-2005-OS/CD, mediante la cual se presento un primer proyecto de modificacion a la citada MORDAZA, proponiendo la modificacion del literal b) del numeral 5.1 del articulo 5º del mencionado procedimiento, recibiendose comentarios de las empresas TGP y Calidda, los cuales han sido analizados y se presentaron en el informe OSINERG-GART/DGN Nº 034-2005. Posteriormente, con fecha 10 de diciembre del 2005, se expidio la Resolucion OSINERG Nº 445-2005-OS/ CD, mediante la cual se publico nuevamente el proyecto de modificacion a la citada MORDAZA, proponiendo la modificacion del literal b) del numeral 5.1 y del literal b) del numeral 5.2 del Articulo 5º del mencionado procedimiento, respecto a las formulas de determinacion del Ingreso Garantizado Anual (IGA) y del Ingreso Real del Servicio (IRS), recibiendose comentarios de las empresas Transportadora de Gas del Peru (en adelante TGP) y Gas Natural de MORDAZA y Callao (en adelante Calidda), los cuales han sido analizados y se presentaron en el Informe OSINERG-GART/DGN Nº 001-2006. Del analisis efectuado a las observaciones presentadas a la publicacion del proyecto de modificacion del 10 de diciembre del 2006, por parte de asesores legales externos contratados para el efecto, se concluyo que la modificacion planteada respecto a la consideracion de las indisponibilidades presentadas en la Red Principal de gas natural de Camisea, y que afectarian al Ingreso Garantizado Anual (IGA), no es procedente efectuarlo en un procedimiento regulado por OSINERG. Por otro lado, las modificaciones planteadas respecto a evitar que se calculen valores erroneos en la determinacion del Ingreso Teorico mensual, asi como en la definicion del Volumen Total Mensual de la formula (11) del procedimiento, en los casos de indisponibilidad del ducto por causas no consideradas como Fuerza Mayor; y respecto a la aplicacion del peaje vigente del ano de calculo anterior para los meses de marzo y MORDAZA en la determinacion del peaje por GRP del siguiente ano de calculo, si son procedentes. Ademas, atendiendo al pedido de Calidda de corregir la determinacion del Ingreso Esperado por el Servicio (IES) en la definicion de la formula (3) de la citada MORDAZA, se ve por conveniente proceder con la modificacion. Posteriormente, mediante Resolucion OSINERG Nº 076-2006-OS/CD, publicada el 17 de febrero del 2006, se dispuso la nueva publicacion del proyecto de MORDAZA "Procedimiento de calculo de Garantia por Red Principal (GRP) del Proyecto Camisea", la cual consideraba los antecedentes de los dos proyectos de modificacion publicados asi como las conclusiones resultados del analisis de las observaciones y comentarios presentados por las empresas TGP y Calidda a MORDAZA publicaciones. Finalmente en cumplimiento de los dispositivos legales mencionados y en aplicacion de los criterios establecidos en la presente Exposicion de Motivos, se expide la presente Resolucion, la cual ha considerado los aspectos relevantes de las anteriores publicaciones al respecto, asi como las conclusiones de los analisis de las observaciones y comentarios recibidos a los proyectos de modificacion anteriormente citados. 04881

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