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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2006 (20/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 2

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G33/G31/G35/G31/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de marzo de 2006 /G20/G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20 /G64/G65 /G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G61/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G79 /G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 086-2006-PCM Lima, 17 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Corporación Andina de Fomento (CAF), invita al señor Fernando Zavala Lombardi, Ministro de Economía y Finanzas, para que asista a la CXXIVReunión del Directorio, que se llevará a cabo en la sede de la institución en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, el 21 de marzo de 2006; Que, en consecuencia, es necesario autorizar dicho viaje, el mismo que no irroga gasto con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27619; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión oficial del señor Fernando Zavala Lombardi, Ministro de Economía yFinanzas, a la ciudad de Caracas, República de Venezuela, los días 20 y 21 de marzo de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente autorización no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, asimismo no otorga derecho aexoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor Pedro Pablo Kuczynski Godard, Presidente del Consejo de Ministros, a partir del 20 de marzo de 2006 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 05109/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G74/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G49/G6E/G74/G65/G2D/G6C/G65/G63/G74/G75/G61/G6C/G20/G2D/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 076-2006-PCM Lima, 8 de marzo de 2006 Vista la Carta Nº 030-2006/GEG-INDECOPI del Gerente General del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual - INDECOPI; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 088-2005-PCM se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del INDECOPI; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, prevé que una vez aprobado el Texto Único deProcedimientos Administrativos - TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos detramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, el INDECOPI ha propuesto declarar la gratuidad de los procedimientos tramitados al amparo de la Ley Nº 27811, Ley que establece el Régimen de Protecciónde Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas vinculados con los Recursos Biológicos, así como perfeccionar la información relativa a diversosprocedimientos; Que, por consiguiente, corresponde emitir la resolución que disponga tales modificaciones; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, aprobado porDecreto Supremo Nº 088-2005-PCM, conforme al texto anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberánademás remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe