Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2006 (20/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

Comision de Libre Competencia
Derechos de Tramite (Nota 2) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil.Adm. Sil.Adm. Positivo Negativo Recurso de Reconsideracion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud Recurso de Apelacion y/o Adhesion Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

Formales (Nota 1)

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1. Procedimiento trilateral de denuncia de abuso de posicion de dominio y/o practicas colusorias
66,48 % UIT 5 dias habiles (Nota 5) Secretaria Tecnica de la Comision de Libre Competencia No contemplado (Nota 6) Comision de Libre Competencia 54,48 % de la UIT Procede dentro de lo 15 dias de Resolucion (Nota 7) Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi

1. Datos de identificacion y domicilio de la persona natural o juridica (Nota 3), poderes del representante legal (Nota 4) 2. Actividad economica del o los denunciantes 3. Tipificacion y descripcion de la practica que se denuncia: abuso de posicion de dominio o practicas colusorias 4. MORDAZA de pruebas o argumentos que acrediten la existencia de indicios razonables de la comision de una conducta anticompetitiva 5. Nombre o razon social de otras empresas nacionales que se dediquen a la actividad objeto de la practica 6. Nombre o razon social de quienes se presume se encuentren ejecutando la practica 7. Indicacion de reincidencia o reiterancia, de ser el caso 8. Las pruebas que permitan apreciar la existencia del perjuicio (ventas, inventarios, utilizacion de capacidad instalada, empleo, inversion, produccion, salarios, etc.) 9. Copias de la solicitud y recaudos, segun el numero de denunciados 10. Cualquier documento que tenga estricta relacion con la denuncia presentada

Base Legal: Decreto Legislativo 701, Disponen la eliminacion de las practicas monopolicas, controlistas y restrictivas de la Libre Competencia,Art. 8º, publicado el 7 de noviembre de 1991 Decreto Ley 25868 Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi Art. 21º, publicado el 24 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 807 Ley de normas, facultades y organizacion del Indecopi Art. 49º, publicado el 18 de MORDAZA de 1996

2. Procedimiento de autorizacion previa de operaciones de concentracion empresarial en el sector electrico
0,1% del valor de la operacion de concentracion (Nota 10) 30 dias habiles (Nota 11) Secretaria Tecnica de la Comision de Libre Competencia No contemplado (Nota 12) Comision de Libre Competencia Gratuito Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion (Nota 13) Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

Notificacion que debera ser presentada en formato (Nota 8) aprobado por la Comision y que debera consignar por lo menos lo siguiente : 1. Identificacion de las personas o empresas que efectuan la notificacion y de las otras partes que intervienen en la operacion de concentracion (Nota 9) 2. Descripcion de la estructura de propiedad y control de cada una de las personas o empresas que participan en la operacion de concentracion, incluyendo la estructura de las empresas que pertenezcan al mismo grupo 3. Descripcion de los vinculos personales, de propiedad, y/o de gestion existentes entre cada una de las personas o empresas comprendidas en el punto anterior respecto de otras empresas que operan en el MORDAZA o en mercados relacionados 4. Descripcion de los pormenores de la operacion de concentracion y relacion de los mercados afectados por la operacion 5. Informacion relativa a los mercados afectados por la operacion de concentracion: ambito geografico del MORDAZA afectado, grado de competencia existente en el MORDAZA, elementos que determinan la facilidad o dificultad de acceso al MORDAZA en el que se ha de verificar la concentracion, entre otros 6. Descripcion detallada de los efectos de la operacion sobre el MORDAZA, asi como de las eficiencias economicas generadas 7. MORDAZA de los documentos definitivos o mas recientes relativos al cierre de la operacion de concentracion; MORDAZA de los analisis o estudios llevados a cabo por las empresas involucradas en la operacion a efectos de evaluar la operacion de concentracion en cuanto a las condiciones de Competencia, los competidores y la situacion de MORDAZA 8. Descripcion de la empresa, activo o proyecto materia del MORDAZA de promocion de la inversion privada (Nota 14) 9. MORDAZA de las bases del MORDAZA de promocion respectivo, incluyendo sus modificaciones, si las hubiere (Nota 15) 10. Indicar si sus activos se encuentran operativos (Nota 16)

Base Legal: Decreto Ley 25868 Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi Art 21º, publicado el 24 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 807 Ley de Normas, Facultades y Organizacion del Indecopi Art 49º, publicado el 18 de MORDAZA de 1996 Ley 26876, Ley antimonopolio y antioligopolio del sector elecftrico (publicado el 19 de noviembre de 1997) Decreto Supremo 017-98-ITINCI, Reglamento de la Ley 26876 Art. 14, publicado el 16 de octubre de 1998 Decreto Supremo 087-2002-EF, Disposiciones Reglamentarias de la Ley 26876 respecto a operaciones de concentraciones en el sector electrico Art. 4º, publicado el 1 de junio de 2002

3. Procedimiento de solicitud de medida cautelar
19,40 % UIT 10 dias habiles (Nota 18) Secretaria Tecnica Libre Competencia No contemplado (Nota 19) Comision de Libre Competencia 20,55 % de la UIT a los 3 dias de notificada la Sala de Defensa Competencia

MORDAZA, lunes 20 de marzo de 2006

1. Solicitud dirigida a la Comision (Nota 17) 2. Indicar de manera MORDAZA la pretension cautelar 3. Acreditar la concurrencia de los siguientes requisitos: verosimilitud del caracter ilegal del dano,

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