Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2006 (20/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

Oficina de Signos Distintivos
Derechos de Tramite (Nota 12) 3,04% UIT 0,31% UIT 1,125% UIT 3 dias 3 dias 3 dias Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil.Adm. Sil.Adm. Positivo Negativo Recurso de Reconsideracion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Recurso de Apelacion y/o Adhesion Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

Pag. 315108

Formales (Nota 1)

Busqueda Figurativa de 5 clases A partir de 5 clases, por cada Clase Adicional de Busqueda Figurativa Busquedas de personas, naturales o juridicas, sancionadas por Infraccion de Derechos a la Propiedad Industrial

Base Legal: Decision MORDAZA 486 de la Comision de la Comunidad MORDAZA, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el 01 de Diciembre del 2000, Art. 270,277 y 278 Decreto Legislativo Nº 823, Ley de Propiedad Industrial (Publicado el 24 de MORDAZA de 1996), Art. 20º.

13. Registro, Prorroga o Modificacion de Contratos de Transferencia de Tecnologia Extranjera
10,00% UIT X (Nota 7) Oficina de Signos Distintivos u Oficina Descentralizada 9,00% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Signos Distintivos 14,00% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

Solicitud consignando datos de identificacion y domicilio del solicitante (si son personas naturales, indicar el numero de D.N.I e indicar el numero de R.U.C, en caso de ser Personas Juridicas) De ser necesario, adjuntar poderes (Nota 2), debiendo presentar, segun sea el caso, lo siguiente: MORDAZA del Contrato de Transferencia de Tecnologia Extranjera con firmas debidamente legalizadas y su traduccion de ser el caso, en el que se consignen debidamente los Elementos del Contrato para efectos del Registro. En el caso de solicitudes de prorroga de registro de contratos de transferencia de tecnologia extranjera, adjuntar los documentos en los que se acredite el consentimiento expreso del concedente de la tecnologia de mantener vigente el acuerdo entre las partes contratantes.

Base Legal: Decision MORDAZA 291, Regimen Comun de tratamiento a capitales extranjeros y sobre MORDAZA, patentes, licencias y regalias Art. 13 Decreto Legislativo 807, Ley sobre facultades, normas y organizacion del Indecopi (Publicada el 18 de MORDAZA de 1996) Art.57º

14. Certificado de Gravamen
1,00% UIT X 5 dias habiles Oficina de Signos Distintivos u Oficina Descentralizada No Contemplado ------------ No Contemplado ------------

Solicitud consignando Nombre o Razon Social del Solicitante, asi como su domicilio. (Si son personas naturales, indicar el numero de D.N.I., e indicar el numero de R.U.C. En caso de personas juridicas). Indicacion del Signo Registrado y el Numero de Certificado correspondiente, asi como el MORDAZA de Signo de que se trate.

NORMAS LEGALES

Base Legal: Decreto Legislativo 823, Ley de Propiedad Industrial (publicada el 24 de MORDAZA de 1996), Art.165º

Nota 1. La MORDAZA de los documentos se realiza en la Unidad de Tramite Documentario del Indecopi o de la Oficina Desconcentrada Nota 2.Los Poderes podran constar en instrumento privado y deberan cumplir las siguientes formalidades, en el caso de: A. Personas Naturales: la firma debera ser legalizada por un Notario B. Personas Juridicas: el documento debera contener las facultades otorgadas al representante y la representacion con la que actua el Poderdante y su firma debera ser autenticada por Notario C. Poderes otorgados en el extranjero, estos deberan ademas ser legalizados por Funcionario Consular Peruano. D. Poderes otorgados en idioma extranjero, deberan presentarse con su correspondiente traduccion al idioma Espanol debidamente suscrita por el responsable de la traduccion. Nota 3. 30 dias contados a partir del vencimiento del plazo de oposicion o 30 dias desde que concluya el plazo otorgado para absolver los requerimientos realizados por la oficina con posterioridad al plazo senalado Nota 4. Tasa y plazo tambien aplicables para la apelacion de resoluciones que imponen multas y ordenan medidas cautelares asi como para la apelacion de actos de tramite que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefension. Nota 5. 120 dias contados a partir de la contestacion de la oposicion o 120 dias del vencimiento del plazo probatorio, de ser el caso. Decimocuarta Disposicion Complementaria y Final de la Ley 27809, publicada el 8 de agosto de 2002. Nota 6. El pago se realiza por cada Acto Modificatorio y por cada Certificado de Registro Nota 7. 120 dias habiles. Decimo Cuarta Disposicion Complementaria y Final de la Ley 27809 publicada el 08 de agosto de 2002. Este plazo es aplicable a todas las etapas del procedimiento incluyendo la emision de la resolucion que pone fin a la instancia. Nota 8. 30 dias contados a partir de la contestacion de la solicitud de nulidad o 30 dias contados a partir del vencimiento del plazo de contestacion de la solicitud de nulidad, segun corresponda. Nota 9. 30 dias contados a partir de la contestacion de la solicitud de cancelacion o 30 dias contados a partir del vencimiento del plazo de contestacion de la solicitud de cancelacion, segun corresponda. Nota 10. Los gastos que generen la ejecucion de la Visita Inspectiva seran de cargo del Solicitante Nota 11. 15 dias Nota 12. Es necesario senalar el numero de comprobante de pago del derecho de tramite y la fecha de emision del mismo. Nota 13: Decreto Legislativo 823, Ley de Propiedad Industrial (publicada el 24 de MORDAZA de 1996), Art. 247º Nota 14: Decreto Legislativo 807, Ley sobre facultades, normas y organizacion del Indecopi (publicada el 18 de MORDAZA de 1996), Art.38º

MORDAZA, lunes 20 de marzo de 2006

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