Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2006 (23/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de marzo de 2006

Que, la misma MORDAZA senala que el Ministerio de Economia y Finanzas, utilizando el procedimiento senalado, mediante Resolucion Ministerial publica el MORDAZA de cambio de referencia y sus actualizaciones, asi como los rangos convertidos a moneda nacional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28258, Ley de Regalia Minera y el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF Reglamento de la Ley Nº 28258 modificado mediante Decreto Supremo Nº 018-2005-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En aplicacion de lo establecido en el literal c) del numeral 6.1 del Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF, Reglamento de la Ley de Regalia Minera, modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2005-EF, el MORDAZA de cambio de referencia correspondiente al ano 2006 para los sujetos obligados al pago de la Regalia Minera que lleven su contabilidad en moneda nacional es de S/. 3.395. En consecuencia, los rangos convertidos a moneda nacional son como sigue:
Primer rango MORDAZA rango Tercer rango Rango Hasta S/. 203,700,000 Por el exceso de S/. 203,700,000 hasta S/. 407,400,000 Por el exceso de S/. 407,400,000 % Regalia 1% 2% 3%

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje del ingeniero MORDAZA Mitsumasu Fujimoto, Gerente de Creditos del Banco Agropecuario - AGROBANCO, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, del 26 al 29 de marzo de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo a los recursos del presupuesto del Banco Agropecuario de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 578,53 Viaticos : US$ 600,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el referido Gerente debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del Gerente cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 05335

Articulo 2º.- El MORDAZA de cambio de referencia y los rangos aprobados mediante la presente Resolucion Ministerial se podran actualizar durante el ejercicio, en los meses de MORDAZA, MORDAZA y octubre, cuando la variacion del MORDAZA de cambio promedio ponderado del trimestre anterior sea igual o superior al cinco por ciento ( + 5% ), de acuerdo a lo senalado en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF modificado por el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 018-2005-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 05334

EDUCACION
Amplian plazo otorgado a Institutos Superiores Tecnologicos para concluir MORDAZA de revalidacion de autorizaciones de funcionamiento institucional y de cada una de sus carreras
DECRETO SUPREMO Nº 007-2006-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 021-2005-ED, otorgo plazo hasta el 15 de febrero de 2006 a los Institutos Superiores Tecnologicos que no subsanaron las observaciones formuladas a sus respectivos expedientes de revalidacion, para solicitar ante el Ministerio de Educacion acogerse a lo establecido en el articulo 1º del precitado Decreto Supremo, a fin de poder concluir hasta el 31 de MORDAZA de 2006, el MORDAZA de revalidacion de sus autorizaciones de funcionamiento institucional y de cada una de sus carreras; Que, considerando que el MORDAZA de revalidacion de las mencionadas autorizaciones tiene por objeto lograr el ordenamiento de la oferta de la educacion superior de formacion tecnologica dentro del MORDAZA de mejoramiento de la calidad de la educacion y modernizacion del sistema educativo, resulta necesario ampliar el plazo establecido para la conclusion del referido proceso; De conformidad con el inciso 2) del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion de Plazo Ampliese hasta el 20 de MORDAZA de 2006 el plazo otorgado por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 021-2005-ED, para que los Institutos Superiores Tecnologicos en MORDAZA de revalidacion presenten sus solicitudes de acogimiento a lo establecido en el articulo 1º del precitado Decreto Supremo, para la conclusion de dicho proceso. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 05397

Autorizan viaje de funcionario de AGROBANCO a El MORDAZA para asistir al Taller Regional sobre Manejo de Riesgos de Precios Agricolas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 165-2006-EF/10 MORDAZA, 22 de marzo de 2006 Vista, las Cartas AJ Nºs. 12 y 13-03-2006AGROBANCO, de la Gerencia General del Banco Agropecuario - AGROBANCO, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, el Directorio del Banco Agropecuario AGROBANCO, mediante acuerdo adoptado en Sesion Nº 92 de fecha 13 de marzo de 2006, ha autorizado el viaje del ingeniero MORDAZA Mitsumasu Fujimoto, Gerente de Creditos, para que asista al "Taller Regional sobre Manejo de Riesgos de Precios Agricolas", a celebrarse los dias 27 y 28 de marzo de 2006, en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El Salvador; Que, AGROBANCO considera indispensable para su empresa que el citado Gerente participe en el mencionado Taller Regional, pues se compartiran experiencias reales de instituciones financieras que proveen servicios en el manejo de riesgos en cultivos tan importantes como el cafe, cacao, algodon, entre otros, de paises como Brasil, El MORDAZA y Tanzania que cuentan con programas ya disenados y en funcionamiento; Que, en consecuencia, es necesario autorizar por excepcion dicho viaje, cuyos gastos se efectuaran con cargo a los recursos del presupuesto del Banco Agropecuario - AGROBANCO; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso j) del articulo 8º de la Ley Nº 28652 modificado por Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

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