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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2006 (23/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 315273 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de marzo de 2006 Cangallo II Etapa, ubicada en los distritos de Santiago de Lucanamarca, Carapo, Sancos, Sacsamarca, Huancaraylla, Cayara, Huaya, Canaria, Concepción, Vilcas Huamán, Saurama, Huambalpa, Carhuanca y Accomarca,provincias de Huanca Sancos, Víctor Fajardo y Vilcas Huamán, departamento de Ayacucho, cuyas coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 293-2003- EM/DGAA de fecha 21 de julio de 2003, se aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Pequeño SistemaEléctrico Cangallo II Etapa; Que, las obras de la línea de transmisión de 22,9/13,2 kV PSE Cangallo II Etapa fueron concluidas ytransferidas como aporte del Estado al capital de ADINELSA, según consta en la Resolución Ministerial Nº 405-2002-EM/DM de fecha 10 de setiembre de 2002,y en virtud del Contrato de Administración Nº 001-98, suscrito el 19 de noviembre de 1998, ADINELSA ha entregado la administración de las obras eléctricas delPequeño Sistema Eléctrico a que se refiere la presente Resolución, a favor de ELECTROCENTRO S.A.; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25º de la Ley de Concesiones Eléctricas y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto SupremoNº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, debido a que la transmisión de energía eléctrica está destinada al suministro de una zona de concesión de ELECTROCENTRO S.A. que pertenece a un Sistema Secundario, no es de aplicación lo dispuesto en el artículo122º de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria hacumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 023-2006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad - ELECTROCENTRO S.A.,concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión 22,9/13,2 kV PSE Cangallo II Etapa, ubicadaen los distritos de Santiago de Lucanamarca, Carapo, Sancos, Sacsamarca, Huancaraylla, Cayara, Huaya, Canaria, Concepción, Vilcas Huamán, Saurama,Huambalpa, Carhuanca y Accomarca, provincias de Huanca Sancos, Víctor Fajardo y Vilcas Huamán, departamento de Ayacucho, en los términos ycondiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: Ancho de Faja Salida / Llegada de la Tensión Nº de Longitud de servi- Línea Eléctrica (kV) Ternas (km) dumbre que corresponde (m) Vilcas Huamán - Saurama 22,9/13,2 01 9,80 11 Cayara - Taca 22,9/13,2 01 21,84 11 Derivación Vilcas Huamán - 13,2 01 conductor 16,98 6 Concepción Derivación Independencia 13,2 01 conductor 17,05 6 Derivación Carhuanca 13,2 01 conductor 6,71 6 Derivación Huambalpa 13,2 01 conductor 6,28 6 Derivación Accomarca 13,2 01 conductor 7,63 6 Circamarca - Carapo 22,9/13,2 01 28,90 11 Carapo - Sacsamarca 22,9/13,2 01 27,40 11 Derivación San José de 13,2 01 conductor 1,20 6 Huarcaya Derivación Pallca 13,2 01 conductor 8,47 6 Derivación Taulle 13,2 01 conductor 7,79 6 Derivación Santa Rosa de 13,2 01 conductor 5,22 6 Ccocha Derivación San Antonio de Julo 13,2 01 conductor 1,28 6 Derivación Erpa 13,2 01 conductor 1,52 6 Derivación Asca 13,2 01 conductor 0,72 6 Derivación Colcabamba 13,2 01 conductor 2,60 6Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 272-2006 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad - ELECTROCENTRO S.A., el que consta de 17cláusulas y 3 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contratode Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Nº 272-2006, referido en el artículo 3º de esta Resolución, encumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notificada al concesionario dentro de los cinco(5) días calendario siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme alartículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 05368 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2006-EM Lima, 22 de marzo de 2006 VISTO: El Expediente Nº 14126902, organizado por EMPRESA DE GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL CENTRO S.A. - EGECEN S.A., sobreconcesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV CH Yuncán (SE Santa Isabel) -SE Nueva Carhuamayo, y la solicitud de modificación del Contrato de Concesión Nº 203-2002, presentada el 6 de octubre de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 056-2002- EM, publicada el 21 de diciembre de 2002, se otorgó a favor de EGECEN S.A. concesión definitiva paradesarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 220 kV CH Yuncán (SE Santa Isabel) - SE Nueva Carhuamayo,ubicada en los distritos de Paucartambo y Junín, provincias y departamentos de Pasco y Junín, respectivamente, aprobándose el Contrato deConcesión Nº 203-2002, elevado a Escritura Pública el 31 de enero de 2003, modificado por minuta elevada a Escritura Pública el 21 de enero de 2005, aprobadapor Resolución Suprema Nº 059-2004-EM quedando modificado el último párrafo del numeral 6.2.11 de la Cláusula Sexta del Contrato de Concesión,ampliándose el plazo de culminación de las obras de la Central hasta el 7 de octubre de 2005; Que, mediante documentos presentados el 6 de octubre de 2005 y el 23 de diciembre de 2005, EGECEN S.A. solicitó nuevamente la modificación del último párrafo del numeral 6.2.11 de la Cláusula Sextadel Contrato de Concesión, en el aspecto referido a la ampliación del plazo para la ejecución de las obras de la Línea de Transmisión hasta el 28 de febrero de2006, sustentando su solicitud en causas de fuerza mayor que han impedido la continuación de la ejecución de las obras de acuerdo al Cronograma deObras; cumpliendo con presentar el nuevo Cronograma de Ejecución de Obras y extendiendo la vigencia de la garantía hasta el 31 de marzo de 2006;