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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2006 (23/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 315271 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de marzo de 2006 Artículo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 05358 DECRETO SUPREMO Nº 021-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, que regula las actividades dehidrocarburos en el territorio nacional; Que, el artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece diferentesformas contractuales para realizar actividades de exploración y/o explotación de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los artículos 6º y 11º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para la exploración y/oexplotación de hidrocarburos, previa negociación directa o por convocatoria; Que, al amparo de las facultades señaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con AMERADA HESS PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración yExplotación de Hidrocarburos en el Lote 119, ubicado entre las provincias de Requena y Ucayali del departamento de Loreto; y, Coronel Portillo y Padre Abad del departamento deUcayali; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 101-2005 de fecha 15 de diciembre de 2005, el Directorio dePERUPETRO S.A. aprobó el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 119, elevándolo al PoderEjecutivo para su consideración y respectiva aprobación; Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 63º y 66º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicade Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demás normas aplicables, es procedente otorgar las garantías señaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA:Artículo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del área inicial del Lote 119, ubicado entrelas provincias de Requena y Ucayali del departamento de Loreto; y, Coronel Portillo y Padre Abad del departamento de Ucayali, adjudicándolo a PERUPETROS.A. y declarándolo materia de suscripción de contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- De la aprobación del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 119, que consta de una (1) Cláusula Preliminar, veintidós (22) Cláusulasy diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y AMERADA HESS PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, con intervención del Banco Central de Reservadel Perú, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los artículos 63º y 66º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM. Artículo 3º.- De la autorización para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con AMERADA HESS PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 119, aprobado por elpresente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro deEnergía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 05359 DECRETO SUPREMO Nº 022-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizarel futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, que regula las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece diferentes formas contractuales para realizar actividades deexploración y/o explotación de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los artículos 6º y 11º del Texto Único Ordenado de laLey Orgánica de Hidrocarburos, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para la exploración y/o explotación de hidrocarburos, previa negociación directao por convocatoria; Que, al amparo de las facultades señaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociadocon AMERADA HESS PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 120, ubicado entre lasprovincias de Ucayali del departamento de Loreto; Coronel Portillo y Padre Abad del departamento de Ucayali; y, Puerto Inca del departamento de Huánuco. Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 102-2005 de fecha 15 de diciembre de 2005, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobó el Proyecto de Contrato deLicencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 120, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 63º y 66º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 ydemás normas aplicables, es procedente otorgar las garantías señaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del área inicial del Lote 120, ubicado entre las provincias de Ucayali del departamento de Loreto; Coronel Portillo y Padre Abad del departamento deUcayali; y, Puerto Inca del departamento de Huánuco, adjudicándolo a PERUPETRO S.A. y declarándolo materia de suscripción de contrato. El mapa y memoria