Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2006 (23/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de marzo de 2006

Aprueban Contratos de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en los Lotes 117, 118, 119 y 120
DECRETO SUPREMO Nº 019-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, que regula las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 10º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece diferentes formas contractuales para realizar actividades de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los articulos 6º y 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para la exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con PETROBRAS ENERGIA PERU S.A., el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 117, ubicado en la provincia de Maynas del departamento de Loreto; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 003-2006 de fecha 11 de enero de 2006, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 117, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote 117, ubicado en la provincia de Maynas del departamento de MORDAZA, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declarandolo materia de suscripcion de contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la aprobacion del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 117, que consta de una (1) Clausula Preliminar, veintidos (22) Clausulas y nueve (09) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y PETROBRAS ENERGIA PERU S.A., con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM. Articulo 3º.- De la autorizacion para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con PETROBRAS ENERGIA PERU S.A., el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 117, aprobado por el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de marzo del ano dos mil seis.

MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 05357 DECRETO SUPREMO Nº 020-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, que regula las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 10º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece diferentes formas contractuales para realizar actividades de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los articulos 6º y 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para la exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con AMERADA HESS PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118, ubicado entre las provincias de Alto Amazonas, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali del departamento de Loreto; y, Lamas y San MORDAZA del departamento de San Martin; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 100-2005 de fecha 15 de diciembre de 2005, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote 118, ubicado entre las provincias de Alto Amazonas, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali del departamento de Loreto; y, Lamas y San MORDAZA del departamento de San MORDAZA, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declarandolo materia de suscripcion de contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la aprobacion del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118, que consta de una (1) Clausula Preliminar, veintidos (22) Clausulas y diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y AMERADA HESS PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los articulos 63º y 66º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM. Articulo 3º.- De la autorizacion para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con AMERADA HESS PERU, INC., SUCURSAL DEL PERU, el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 118, aprobado por el presente Decreto Supremo.

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