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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2006 (25/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

PÆg. 315501 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de marzo de 2006 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican Ordenanza N” 95-MDSM en lo relativo a la aplicación delporcentaje de incremento en los montosde arbitrios del ejercicio 2006 ORDENANZA Nº 105-MDSM San Miguel, 17 de marzo de 2006EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELPOR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido por el Artículo 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modifica por laLey de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, enconcordancia con lo establecido en el Artículo II del títulopreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, reconoce a los Gobiernos Locales autonomíaeconómica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, y les otorga potestad tributaria para crear,modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,licencias y derechos municipales; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que lasOrdenanzas de las Municipalidades Distritales, son lasnormas de mayor jerarquía en la estructura normativaMunicipal, por medio de las cuales se aprueba las materiasen las cuales en la Municipalidad tiene competencia; Que, conforme a lo establecido en la norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF- Texto Único Ordenado del Código Tributario, losGobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear,modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios,derechos y licencias y exonerar de ellas, dentro de sujurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 87-MDSM se aprueba el marco legal del régimen tributario de arbitrios municipalesde limpieza pública, parques y jardines y serenazgo parael ejercicio 2006; habiéndose ratificado mediante Acuerdode Concejo Metropolitano de Lima Nº 429; Que, mediante Ordenanza Nº 95-MDSM se aprueba el marco legal de beneficios tributarios para tasas dearbitrios municipales de limpieza pública, parques yjardines y serenazgo para el Ejercicio 2006, la mismaque fuera modificada por la Ordenanza Nº 104-MDSM. Que, gran cantidad de contribuyentes, propietarios de predios y/o conductores de establecimientos que hansido incorporados en el 2006, a la categoría c) de lastasas de Recolección de Residuos Sólidos y Serenazgo,establecidas en la Ordenanza Nº 87-MDSM, hanpresentado reclamos por el incremento en los montosde sus arbitrios determinados para el presente ejercicio; Que, la Administración Tributaria no puede estar ajena a la problemática económica de los vecinos del distritode San Miguel, debiendo mantener la línea de apoyo alcontribuyente, facilidades para cumplir con el pago desus Arbitrios Municipales; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 8) y 9) del Artículo 9 y elArtículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA Nº 95-MDSM Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 95-MDSM, incorporándose elnumeral 5, en los siguientes términos:5. El porcentaje máximo de incremento establecido en el numeral precedente será aplicado respecto a lospredios que hayan sido incorporados en el 2006 a laCategoría c) de las Tasas correspondientes aRecolección de Residuos Sólidos y Serenazgo,asumiendo la Municipalidad la diferencia de ingresos paracubrir los costos de prestación de dichos servicios. Los Contribuyentes que hayan sido incorporados en el 2006 a la categoría c) de las Tasas correspondientesa Recolección de Residuos Sólidos y Serenazgo, queapliquen al presente beneficio y que a la fecha de entradaen vigencia de la presente Ordenanza hayan efectuadopagos respecto de los arbitrios del presente ejercicio,podrán solicitar la Compensación de Pagos,correspondiente conforme Ley. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Subgerencia deInformática y Subgerencia de Tesorería, el cumplimientode la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 05456 Modifican TUPA de la Municipalidad en lo referente al procedimiento sobre Licencia Provisional de Funcionamiento DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2006/MDSM San Miguel, 1 de febrero de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELVISTO: El Informe Nº 187-2005-GRAT-MDSM, emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria,de fecha 30 de diciembre de 2005. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modificadapor la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, enconcordancia con lo establecido en el Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 71-MDSM, se aprobó la modificatoria de la Ordenanza Nº 14-MDSM, que regulael procedimiento para el otorgamiento de la autorizaciónde apertura y funcionamiento; Que, mediante Ordenanza Nº 74-MDSM, se aprobó el Texto Único Ordenado de ProcedimientosAdministrativos - TUPA de la Municipalidad de San Miguel,la cual fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20de julio de 2005; Que, el numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444,dispone que una vez aprobado el Texto Único deProcedimientos Administrativos, toda modificación queno implique la creación de nuevos procedimientosincrementos de derechos de tramitación o requisitos, sedebe realizar - en el caso de las Corporaciones Ediles -por Decreto de Alcaldía, respetando el mecanismoestablecido en el numeral 38.1 del artículo antesmencionado y procediendo a la publicación de lamodificación de acuerdo a lo señalado por el numeral38.3.; Que, el Comité de los Documentos de Gestión a mérito de la evaluación del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos y del Acuerdo de Concejo Nº 281-MMLy del Informe de vistos, emitido por la Gerencia de Rentasy Administración Tributaria, propone la modificación del