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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G38/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de mayo de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F AGRICULTURA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G43/G61/G6C/G65/G6E/G64/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G63/G75/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C /G61/G73/GED/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G73/G65/G72/GE1/G6E/G20/G61/G74/G65/G6E/G64/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G63/G61/G6D/G70/G61/GF1/G61/G73/G20/G64/G65/G76/G61/G63/G75/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/GC1/G6E/G74/G72/G61/G78/G20/G79/G20/G65/G6C/G43/G61/G72/G62/G75/G6E/G63/G6F/G20/G53/G69/G6E/G74/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 67-2006-AG-SENASA LIMA-CALLAO La Molina, 20 de abril de 2006 VISTO: El Informe Técnico Nº 115-2006-AG-SENASA LIMA- CALLAO-ASA de fecha 10 de marzo de 2006, elaborado por el responsable del área de Sanidad Animal de esta Dirección; sobre calendario de vacunación contra Ántrax para el año 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27322 “ Ley Marco de Sanidad Agraria” establece que el SENASA tendrá a su cargo laorganización, coordinación, promoción, suspensión y ejecución de campañas fito y zoosanitarias y que para su desarrollo podrá celebrar o promover la celebraciónde convenios con organismos regionales o locales, públicos o privados, nacionales e internacionales, así como organizaciones representativas de los productoreso grupos de agricultores, quienes participarán en el desarrollo de las actividades correspondientes; Que, el Reglamento General de la Ley Marco de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo Nº 048- 2001-AG establece que el alcance, procedimientos y mecanismos para la ejecución de las campañas oficialesfito y zoosanitarias serán establecidos por el SENASA mediante Resolución del Órgano de Línea competente, publicado en el Diario Oficial El Peruano; Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; elSENASA tiene por finalidad reducir los impactos directos e indirectos de las principales plagas y enfermedades presentes en la producción agraria, así como protegerel patrimonio agrosanitario del ingreso o dispersión de plagas y enfermedades reglamentadas y del incremento de plagas y enfermedades de importancia económica;asimismo, el Artículo 5º, inciso I, entre las funciones de la Dirección General de Sanidad Animal se señala el de promover la suscripción y asegurar el cumplimiento deconvenios con instituciones nacionales y extranjeras, de los sectores páblico y privado, destinados a la promoción de la sanidad agraria; Que, de acuerdo a lo resuelto en la Resolución Directoral Nº 002-2006-AG-SENASA-DGSA de fecha 12 de enero de 2006, la Dirección de Sanidad Animal resolvióoficializar la Campaña de Vacunación contra Ántrax en los departamentos de Tumbes, Piura, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Ancash, Lima, Ica, Tacna y Moquegua parael año 2006 para lo cual las Direcciones Ejecutivas del SENASA establecerán el calendario de vacunación; así como las provincias y distritos que serán atendidos en lacampaña de acuerdo a los antecedentes epidemiológicos de la enfermedad en sus ámbitos de acción; Que, de acuerdo al informe técnico del visto, el responsable del área de Sanidad Animal de esta Dirección propone el calendario de vacunación así como las provincias y distritos que serán atendidos en lacampaña de vacunación contra Ántrax en el ámbito de nuestra acción; Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27322 el Decreto Supremo Nº 008-2005- AG, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG; y con el visto bueno del responsable del área de Sanidad Animal y deAsesoría Jurídica;SE RESUELVE Artículo 1º.- Establecer el Calendario de Vacunación, así como las provincias y distritos que serán atendidos en la Campaña de vacunación contra Ántrax para el año2006; estando a las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, de acuerdo al siguiente detalle: MES DISTRITO PROVINCIA DEPART AMENTO Enero TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Febrero TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Marzo TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Abril TOTALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Mayo TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Junio TOTALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho