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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G38/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de mayo de 2006 MES DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Julio TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Agosto TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Septiembre TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral ChancayMES DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Octubre TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Noviembre TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao TOTALIDAD Cañete Aucallama Huaral Chancay Huaral Caleta de Carquin Huaura Huacho Hualmay Huaura Santa Maria Sayán Vegueta TOTALIDAD Lima Diciembre TOT ALIDAD Barranca Lima TOTALIDAD Callao REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU