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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2006 (02/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G38/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de mayo de 2006 PSAD56 de fecha 8 de marzo de 2006, a escala 1/1000, con un área de 2.47 Ha. y un perímetro de 928.19 ml.,ubicado en el distrito de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Plano Topográfico del Sitio Arqueológico Cerrillos (PV 62-63) Nº PTOP-009-INC_DREPH-DA-SDIC-2006 PSAD56 de fecha 8 de marzo de 2006, a escala 1/1000,con un área de 2.47 Ha. y un perímetro de 928.19 ml., ubicado en el distrito de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica, con su respectiva fichatécnica y memoria descriptiva; - Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Cerrillos (PV 62-63) Nº PP-021-INC_DREPH-DA-SDIC-2006WGS84 de fecha 8 de marzo de 2006, a escala 1/1000, con un área de 2.47 Ha. y un perímetro de 928.19 ml., ubicado en el distrito de San José de Los Molinos,provincia y departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; - Plano Topográfico del Sitio Arqueológico Cerrillos (PV 62-63) Nº PTOP-009-INC_DREPH-DA-SDIC-2006 WGS84 de fecha 8 de marzo de 2006, a escala 1/1000, con un área de 2.47 Ha. y un perímetro de 928.19 ml.,ubicado en el distrito de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Que, el inciso 1º del Artículo 201 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, estableceque los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instanciade los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 675/INC de fecha 16 de setiembrede 2003, el cual debe decir “: ubicado en el distrito de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nacional Nº 675/INC de fecha 16 de setiembre de 2003. Artículo 3º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: - Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Cerrillos (PV 62-63) Nº PP-021-INC_DREPH-DA-SDIC-2006 PSAD56 de fecha 8 de marzo de 2006, a escala 1/1000, con un área de 2.47 Ha. y un perímetro de 928.19 ml.,ubicado en el distrito de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Topográfico del Sitio Arqueológico Cerrillos (PV 62-63) Nº PTOP-009-INC_DREPH-DA-SDIC-2006 PSAD56 de fecha 8 de marzo de 2006, a escala 1/1000,con un área de 2.47 Ha. y un perímetro de 928.19 ml., ubicado en el distrito de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica, con su respectiva fichatécnica y memoria descriptiva. - Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico Cerrillos (PV 62-63) Nº PP-021-INC_DREPH-DA-SDIC-2006WGS84 de fecha 8 de marzo de 2006, a escala 1/1000, con un área de 2.47 Ha. y un perímetro de 928.19 ml., ubicado en el distrito de San José de Los Molinos,provincia y departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. - Plano Topográfico del Sitio Arqueológico Cerrillos (PV 62-63) Nº PTOP-009-INC_DREPH-DA-SDIC-2006 WGS84 de fecha 8 de marzo de 2006, a escala 1/1000, con un área de 2.47 Ha. y un perímetro de 928.19 ml.,ubicado en el distrito de San José de Los Molinos, provincia y departamento de Ica, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva.Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicosy en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) los planos mencionados en el Artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 07603 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G39/G35/G36/G2F/G49/G4E/G43/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G41/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G43/G61/G62/G65/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 616/INC Lima, 20 de abril de 2006 VISTO, el Informe Nº 303-2006-INC-DREPH/DA/ SDIC/JPRB de fecha 24 de marzo de 2006, del señor Juan Pedro Ramírez Beramendi, de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología;y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación,preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el PatrimonioCultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 303-2006-INC-DREPH/DA/ SDIC/JPRB de fecha 24 de marzo de 2006, el señorJuan Pedro Ramírez Beramendi, de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, comunica que se ha procedido a realizar el levantamientotopográfico, delimitación de la poligonal perimétrica y georeferenciación de la zona arqueológica Cabeza de Vaca Sector A - Sector B - Sector C - Sector D, loscuales fueron supervisados en la propuesta de delimitación por el Lic. Luis Moulet Silva; Que, según Informe Nº 330-2006-INC/DREPH/DA- LAMS de fecha 6 de abril de 2006 el Lic. Luis Moulet Silva, arqueólogo de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, recomienda laaprobación de los expedientes técnicos de la Zona Arqueológica Cabeza de Vaca, ubicada en el distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes; Que, con Resolución Directoral Nacional Nº 956/INC de fecha 30 de setiembre de 2004, se declara Patrimonio Cultural de la Nación a Zona Arqueológica Cabeza deVaca, ubicada en el distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes; Que, según Informe Nº 018-2006/INC-DRCT de fecha 28 de marzo de 2006, el Lic. Rafael Díaz Montalvo, Director del Instituto Nacional de Cultura Tumbes, señala que las Poligonales de Intangibilización se han trazadoen base a las evidencias arqueológicas existentes, visibles en superficie, considerando un área de retiro según el tipo de Monumento y clasificación; Que, con Acuerdo Nº 260 de fecha 6 de abril de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura: - Incluir en el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 956/INC de fecha 30 de setiembre de 2004,