Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2006 (02/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 2 de MORDAZA de 2006

Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, con Oficio Nº 136.05.MDZ.A de fecha 17 de diciembre de 2005 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, solicita se declare Patrimonio Cultural de la Nacion a todo el MORDAZA MORDAZA que cruza el ambito y extension territorial del distrito de Zuniga; Que, mediante Informe Nº 042-2006-INC/DREPH/DASDIC-PQN-GCR de fecha 12 de enero de 2005, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos (tramos de MORDAZA Inca), de acuerdo al siguiente detalle: - Subtramo de San Juanito-Larpa y de CampanahuasiCruz MORDAZA en la margen derecha del rio Canete; ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima; - Subtramo Huagil-Huaca Daris de la margen izquierda, ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima. Que, mediante Acuerdo Nº 054 de fecha 23 de enero de 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos (Tramos de MORDAZA Inca) siguientes: - Subtramo de San Juanito-Larpa y de CampanahuasiCruz MORDAZA en la margen derecha del rio Canete; ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima. - Subtramo Huagil-Huaca Daris de la margen izquierda, ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima. Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos (Tramos de MORDAZA Inca) siguientes: - Subtramo de San Juanito-Larpa y de CampanahuasiCruz MORDAZA en la margen derecha del rio Canete; ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima; - Subtramo Huagil-Huaca Daris de la margen izquierda, ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Arqueologia de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico del Instituto Nacional de Cultura, la elaboracion del expediente tecnico de los Sitios Arqueologicos mencionados en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debe contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 07600

RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 594/INC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Oficio Nº 384-2006-INC-DA de fecha 8 de marzo de 2006 del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Oficio Nº 384-2006-INC-DA de fecha 8 de marzo de 2006, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, informa que se pretende lotizar el terreno donde se encuentra el sitio arqueologico de Antisana, encontrandose en eminente riesgo de depredacion, por lo que deja a consideracion su declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nacion, adjuntando la ficha tecnica correspondiente; Que, mediante Acuerdo Nº 232 de fecha 27 de marzo de 2006 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Antisana, ubicado en el distrito de Cabanaconde, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, Direccion de Arqueologia, Subdireccion de Investigacion y Catastro y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al sitio arqueologico Antisana, ubicado en el distrito de Cabanaconde, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, la elaboracion del expediente tecnico del sitio arqueologico mencionado en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debe contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 07601 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 595/INC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1463-2006-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 8 de setiembre de 2005 del Ing. MORDAZA MORDAZA

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