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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G38/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de mayo de 2006 - departamento de La Libertad, una Partida de Nacimiento extemporánea con datos falsos, pues el titular de lainscripción contaba con partida de nacimiento tramitada en forma ordinaria, vulnerando de esta manera la seguridad jurídica registral, comportamiento que seencuentra tipificado como delito contra la Fe Pública, en su modalidad de Falsedad Ideológica, previsto y sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente. Que, en atención a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica resulta necesario autorizar al ProcuradorPúblico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensade los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil contra PEDRO LEONARDO LUJAN VILLANUEVA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interpongalas acciones legales que correspondan contra PEDRO LEONARDO LUJAN VILLANUEVA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Pública,en la modalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 07674 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INPE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 /G64/G65/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G72/G65/G70/G61/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G73/G79/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G41/G6C/G74/G69/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 254-2006-INPE/P Lima, 18 de abril de 2006 VISTOS, el Oficio Nº 106-2006-INPE/22, que adjunta el Informe Técnico Legal Nº 015-2006-INPE/22.05, ambos de fecha 18 de abril de 2006, de la Dirección Regional Altiplano Puno, por el que solicita se declare en Situaciónde Desabastecimiento Inminente el Suministro de Alimentos Preparados para los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdicción, Oficio Nº 625-2006-INPE/10, de fecha 18 de abril de 2006, suscrito por la Oficina General de Administración, y el Informe Nº 111- A-2006-INPE/06, de fecha 18 de abril de 2006, de laOficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciariaproporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud, concordante conel artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050-2006- INPE/P de fecha 27 de enero de 2006, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la DirecciónRegional Altiplano Puno del Instituto Nacional Penitenciario para el Año Fiscal 2006; por el que se tiene previsto el proceso de selección de Licitación Pública Nº 001-2006-INPE/22 para el "Suministro de Alimentos Preparados para internos y personal INPE que labora 24 x 48 horas de los Establecimientos Penitenciarios de la DirecciónRegional Altiplano Puno”; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 015-2006- INPE/22.05, de fecha 18 de abril de 2006, la DirecciónRegional Altiplano Puno informa que el Contrato Nº 001- 2005-INPE/22, de fecha 31 de marzo de 2005, suscrito con la empresa SERVICIOS GENERALES PALOMINOEIRL, para el “Suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Yanamayo, Sede Regional, La Capilla y Lampa”, por un monto deSeiscientos treinta y dos mil setecientos setenticinco con 00/100 (S/ . 632.775,00) Nuevos Soles, culminó el 31 de diciembre de 2005, por lo que aprobó una ampliacióndel 30% del monto del contrato original, equivalente a la suma de Ciento ochenta y nueve mil ochocientos treinta y dos con 50/100 (S/. 189.832,50) Nuevos Soles,procediendo posteriormente la citada Región, a autorizar la ejecución de prestaciones adicionales. Asimismo, informa que el Contrato Nº 002-2005-INPE/22, de fecha31 de marzo de 2005, suscrito con la empresa SERVICIOS GENERALES PALOMINO EIRL, para el “Suministro de alimentos preparados para elEstablecimiento Penitenciario de Challapalca, Huancané, Azángaro, Macusani y Juli”, por un monto de C uarenta y seis mil doscientos treinta y ocho con 70/100(S/. 46,238.70) Nuevos Soles, culminó el 31 de diciembre de 2005, por lo que se aprobó una ampliación del 30% del monto del contrato original, equivalente a la suma de Trece mil ochocientos setentiún con 61/100 (S/. 13,871.61) Nuevos Soles, procediendo posteriormente la citada Región, a autorizar la ejecuciónde prestaciones adicionales; Que, mediante Oficio Nº 027-2006-INPE/22.05-ADQ, de fecha 17 de abril de 2006, el Jefe de la Unidad deRecursos Materiales y Servicios de la Dirección Regional Altiplano Puno, Informa que los contratos se han ejecutado anticipadamente, debido al aumento de lapoblación penal, hecho que ha originado que se realicen adicionales al contrato original; culminando los contratos aproximadamente el 17 de abril de 2006; Que, mediante Oficio Nº 012-2006-INPE/22- CE.LP001 de fecha 17 de abril de 2006, el Presidente delComité Especial informa que con fecha 11 de abril de 2006, fueron integradas las Bases de la Licitación Pública Nº 001-2006-INPE/22; teniendo previsto el otorgamientode la Buena Pro para el día 21 de abril de 2006; Que, ante estas circunstancias, la Dirección Regional Altiplano Puno manifiesta que es necesario declarar enSituación de Desabastecimiento Inminente la contratación del Suministro de Alimentos Preparados para internos y personal INPE que labora las 24 x 48horas para los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdicción, por el período de sesenta (60) días calendario; hasta por la suma de Ciento setenta y cuatro mil ochocientos dieciocho con 00/100 (S/. 174,818.00) Nuevos Soles, importe que servirá para cubrir los gastos de alimentos preparados mientrasconcluye el proceso de selección correspondiente y se perfecciona el contrato, ya que los internos de los mencionados Establecimientos Penitenciarios requierende los alimentos, porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo encuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la población penal, así comoactos de violencia, reclamos y protestas que comprometerían directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como de los CentrosPenitenciarios; Que, la situación descrita conlleva a declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente la adquisición