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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G30/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de mayo de 2006 Urbana, que los propietarios de los predios realicen en conjunto el Planeamiento Integral del área en mención, a fin de respetar el ordenamiento urbano, la continuidad vial, las secciones viales, los equipamientos urbanos yotros. Artículo 9º.- Zona Agropecuaria Productiva.- Establecer que para la zona calificada como Zona Agropecuaria Productiva ZAP en el Plano de Zonificación que se aprueba con la presente Ordenanza, son deaplicación las normas establecidas y aprobadas en el Anexo Nº 1 de la Ordenanza Nº 195-MML, publicada el 27/07/99, para la misma calificación las que se resumen en: Lote Normativo: 2,500 m2; Frente Normativo: 30 mts; Altura de edificación: 1 piso; Área Libre: 90%. Usos Generales Permitidos: Huertas, Granjas, RestaurantesTurísticos y Campestres, Establecimientos de Hospedaje, Servicios Sociales y Comunales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Dispóngase que con fines de mejorar la calidad ambiental del Distrito, es prioridad la arborización de las bermas centrales de las avenidas principales y parques del Distrito, para lo cual la MunicipalidadMetropolitana de Lima efectuará las coordinaciones necesarias con la Municipalidad Distrital, para el cumplimiento de la presente disposición. Segunda.- Dispóngase que el Instituto Metropolitano de Planificación, tomando como referencia el Plano de Zonificación que se aprueba por la presente Ordenanza,proponga la modificación del trazo y sección vial de la Av. Pastor Sevilla en el tramo comprendido entre la Av. 200 Millas y Av. Universitaria, frente a la Universidad y elParque Zonal Nº 24 Huáscar. Tercera.- Dispóngase que todos los Expedientes en trámite relacionados a los Cambios Específicos deZonificación de este sector del Distrito de Villa El Salvador, que se encuentren en las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sean remitidosa la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en el estado en que se encuentren, para ser resueltos en base a lo aprobado en la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Garantícese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificación e Índice de Usos para laUbicación de Actividades Urbanas del Distrito de Villa El Salvador que se aprueban mediante la presente Ordenanza, disponiéndose que los mismos, dentro dedos años, sean evaluados conjuntamente por la Municipalidad Distrital y la Municipalidad Metropolitana de Lima, pudiendo ser reajustados en lo pertinente. Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Específicos de Zonificación, salvo que las solicitudes se califiquen de Interés Local o de Interés Metropolitano,para lo cual, se seguirá el procedimiento que se precisa en la Segunda Disposición Final. Los Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios emitidos con anterioridad mantendrán su vigencia por el período que fueron otorgados, pudiendo el propietario optar por la nueva Zonificación de convenir a susintereses, recabando para ello un nuevo Certificado. Las Ordenanzas Metropolitanas sobre Cambios Específicos de Zonificación, promulgadas antes de lavigencia de la presente Ordenanza tienen plena vigencia y su aplicación se evaluará en el Plazo establecido en el Primer Párrafo del presente artículo. Segunda.- Dispóngase que los Planos y las Normas Generales de Zonificación de los Usos del Suelo que se aprueban mediante la presente Ordenanza,excepcionalmente, podrán ser modificados a través de Cambios Específicos que promueva la inversión pública o privada, debidamente sustentados y declarados deinterés local y/o metropolitano por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y/o por la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad con el siguiente procedimiento: 1º La Municipalidad Distrital, evaluando técnicamente el comportamiento de la Zonificación en el área urbana ytomando en cuenta la opinión de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la vía en donde se localiza la zona materia del cambio y, opcionalmente,en el predio posterior y en las manzanas circundantes), estudiará la factibilidad del Cambio Específico de Zonificación. El órgano competente de la Municipalidad Distrital formulará el Informe Técnico correspondiente. 2º La Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarará de Interés Local la propuesta de Cambio Específico de Zonificación, elevándolo a laMunicipalidad Metropolitana de Lima. En el caso de una iniciativa de interés metropolitano, localizada en ejes viales y/o áreas estratégicas de nivel metropolitano, laMunicipalidad Distrital emitirá los informes que correspondan de conformidad al numeral 1º, y lo elevará a la Municipalidad Metropolitana de Lima. 3º La Municipalidad Metropolitana de Lima, evaluará la propuesta y emitirá opinión técnica a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, del Instituto Metropolitanode Planificación y, de ser el caso, de otros órganos especializados en la materia. 4º El Concejo Metropolitano de Lima, de considerarlo conveniente, aprobará el Cambio Específico de Zonificación mediante Ordenanza. Tercera.- Dispóngase que en el Distrito de Villa El Salvador no son de aplicación el Artículo 34.2 de la Ordenanza Nº 620-MML y el Artículo Primero de laOrdenanza Nº 738-MML. Cuarta.- Ratifíquese que los Aportes resultantes de los procesos de las Habilitaciones Urbanas, soninalienables, inembargables e imprescriptibles y, en ningún caso, pueden ser transferidos a particulares ni modificarse el uso para el que fueron destinados.Teniendo en cuenta el objeto social del Servicio de Parques de Lima SERPAR LIMA y el Fondo Municipal de Renovación Urbana – FOMUR, éstos podrán enajenarlos bienes que reciben en aportes de acuerdo a su normativa, de conformidad con la Ordenanza Nº 836- MML. Quinta.- Dispóngase, que todos los Órganos ejecutivos de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, coordinenpermanentemente y ejerzan un estricto control sobre las actividades constructivas y de funcionamiento en los predios que se edifiquen, operen y/o se regularicen apartir de la vigencia de la presente Ordenanza, garantizando en forma especial, el mejoramiento del entorno ambiental y el irrestricto uso público de losespacios y vías que son propiedad de la ciudad. Sexta.- Deróguese toda otra norma y disposición que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima a los veinte días del mes de abril del año dos mil seis. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA INSTITUTO METROPOLITANO DE PLANIFICACIÓN ORDENANZA Nº 620-MML y ORDENANZA Nº 719-MML ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS DE LIMA METROPOLITANA ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO Y DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR ANEXO Nº 03 Lima, marzo de 2006 ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO I El Índice de Usos para la ubicación de Actividades Urbanas es un instrumento técnico normativo