TEXTO PAGINA: 68
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G30/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de mayo de 2006 Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, establece las funciones que competen a la Oficina de Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Informe Nº 025-2005-GRC/PR/OCTI, la Oficina de Cooperación Técnica Internacional, recomienda la aprobación de las Normas Técnicas deCooperación Técnica Internacional para el ámbito del Gobierno Regional del Callao, que ordenará y uniformizará la información a presentarse para la formulación de laactividad, proyecto o programa de Cooperación Técnica Internacional para mejorar la eficiencia de la programación y captación de recursos, de la supervisióny monitoreo de las mismas así como de las responsabilidades descentralizadas; Que, el documento denominado “Normas Técnicas de Cooperación Internacional para el Ámbito del Gobierno Regional del Callao”, tiene como objetivo establecer el marco técnico-metodológico y los procedimientos queguían las etapas de formulación, administración, evaluación, seguimiento y monitoreo de los programas, proyectos y/o actividades de cooperación técnicainternacional, medio a través del cual se capta recursos no reembolsables, provenientes de fuentes cooperantes internacionales y que se gestiona previa aprobación y através del Estado en su instancia del Gobierno Regional del Callao; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 238-2006-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO/GAJ, opina que es legalmente procedente la aprobación del documento denominado “NormasTécnicas de Cooperación Técnica Internacional para el Ámbito del Gobierno Regional del Callao”; Que, la Comisión Especial de Cooperación Técnica Internacional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, a través del Dictamen Nº 001-2006-GRC- CR-P-COM.ESP.COOP.TECN.INTER, propone el Plenodel Consejo Regional la aprobación del documento denominado “Normas Técnicas de Cooperación Técnica Internacional para el Ámbito del Gobierno Regional delCallao”, de acuerdo a lo sustentado y recomendado por la Oficina de Cooperación Técnica Internacional en su calidad de área técnica y por la Gerencia de AsesoríaJurídica, en su calidad de área legal institucional; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Callao, del día 27 deabril del 2006, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la LeyNº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO: HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR el documento denominado “Normas Técnicas de Cooperación Técnica Internacional para el Ámbito del Gobierno Regional delCallao” que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la difusión del documento denominado “Normas Técnicas de Cooperación Técnica Internacional para el Ámbito del Gobierno Regional del Callao”, asícomo su estricto cumplimiento por parte de las unidades orgánicas del Gobierno Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración proceda a la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación de la Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional del Callao, a los veintisiete días del mes de abril del 2006. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 07957/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6A/G65/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2006-REGIÓN CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993,modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización –Ley Nº 27680-, la Ley de Bases de Descentralización –LeyNº 27783-, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867-, su modificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, consagra como uno de los Derechos Fundamentales la “Dignidad del hombre”, en cuanto establece en los artículos 1º que “La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidadson el fin supremo de la sociedad y del Estado”, y el artículo 2º señala, que toda persona tiene derecho: numeral 1º a la vida, a su identidad, a su integridad moral,psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; y el numeral 2º a la igualdad ante la ley, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma,religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en su artículo 60º que son “Funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades”, entre otros, el: c) formular políticas,regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual. h) formular y ejecutar políticasy acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres,personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, el Estado Peruano ha asumido compromisos internacionales a partir de la suscripción de Convenios, Declaraciones y Pactos, con el objeto de implementar una serie de medidas a través de instrumentosnormativos, reconociendo y enfatizando los derechos de la mujer en el crecimiento económico y sostenido, entre los que se encuentran la Adhesión a la “Convenciónsobre Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer - (CEDAW)”, el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, la “Convención Americana sobreDerechos Humanos - Pacto de San José de Costa Rica”, el “Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, la “Convención para la Represiónde la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena”, la “Convención Internacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra laMujer”, la “Convención de Belem Do Para”, la “Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, la “Declaración y Programa de Acción de Viena”; el “Estatutode la Corte Penal Internacional”, el “Consenso de Lima”, la “Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo – El Cairo”, y la “Plataforma de Acciónaprobada en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijin – 1995), entre otros; Que, conforme con lo dispuesto por el artículo 55º de la Constitución Política del Estado, los Tratados celebrados por el Estado y en vigencia, forman parte del derecho nacional, en consecuencia son de estrictocumplimiento al tener fuerza de ley; Que, como consecuencia de las recomendaciones formuladas en los Convenios Internacionales, entre otras,se han implementado en todos los niveles de Gestión Pública, la conformación de instancias que incorporen la equidad de género como política institucional, habiéndosecreado en base a este marco varias Comisiones de la Mujer en los Gobiernos Locales como Regionales; Que, teniendo en cuenta que la Mujer se constituye en pieza fundamental de lucha contra la pobreza, el