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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G30/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de mayo de 2006 Gobierno Peruano ha elaborado el “Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades 2006-2010”, dentro del Marco de Modernización del Estado, desarrollado sobre la base de lineamientos de política a fin de garantizar losderechos económicos, sociales y políticos, y en la que de manera concertada se cuente con la participación de las instituciones del Gobierno Nacional, Regional y Local,así como del Sector Privado al estar comprometidos con las metas establecidas al año 2010, sobre las cuales también el Gobierno Regional del Callao vienedesarrollando el “Plan de Desarrollo de Capacidades Humanas en la Región Callao 2005-2011”; Que, el Gobierno Regional del Callao, considera en su agenda social como primera prioridad la protección de los derechos de las mujeres, como parte de las estrategias de lucha contra la pobreza, para lo cualdesarrolla un sistema de coordinación y articulación multisectorial, para diseñar, formular y ejecutar programas preventivos, promocionales y recuperativosque atiendan a prevenir, atender y reducir los efectos de cualquier tipo de violencia y exclusión social, así como el despliegue de acciones que impulsen las capacidadeshumanas para la igualdad de oportunidades económicas hacia la equidad de género; Que, la Gerencia Regional de Desarrollo Social mediante Informe Nº 098-2006/GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO/GRDS, emite opinión favorable para la conformación de un Consejo Regional de Defensa de laMujer del Callao; Que, asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 174-2006-GRC/GAJ, es de opiniónque debe constituirse el Consejo Regional de Defensa de los Derechos de la Mujer del Callao, que tendrá como prioridad la protección de los derechos de lasmujeres, como parte de las estrategias de lucha contra la pobreza; Que, la Comisión Regional de la Mujer del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, a través del Dictamen Nº 001-2006-CRC-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-COMISIÓN DE LA MUJER, propone laCreación y Conformación del Consejo Regional de Defensa de los Derechos de la Mujer del Gobierno Regional del Callao, considerando lo sustentado por laGerencia Regional de Desarrollo Social y la Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, del día 27 de abril del 2006, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso de lasatribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del GobiernoRegional del Callao; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR la Creación y Conformación del Consejo Regional de Defensa de los Derechos de la Mujer del Gobierno Regional del Callao, el mismo que estará integrado por los siguientesmiembros: 01 Representante de la Comisión Ordinaria de la Mujer del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, quien la presidirá. 01 Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Callao. 01 Representante de la Municipalidad Provincial del Callao y 01 representante de cada Municipalidad Distritaldel Callao 01 Representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social 01 Representante de la Defensoría del Pueblo 01 Representante del Poder Judicial 01 Representante de la Fiscalía01 Representante de la Policía Nacional del Perú- Comisaría de la Mujer 01 Representante de la Universidad del Callao01 Representante de las Organizaciones Civiles 01 Representante de las Organizaciones Sociales de Base01 Representante de la Dirección Regional de Salud del Callao 01 Representante de la Dirección Regional de Educación del Callao. Artículo Segundo.- Es objetivo del Consejo Regional de Defensa de los Derechos de la Mujer, asesorar yplantear iniciativas, coordinar e impulsar políticas regionales en torno al respeto y ejercicio de los derechos de la mujer, así como contribuir al logro de las relacionesde equidad y de igualdad de oportunidades entre mujer y varón, es decir, equidad de género y la no discriminación. Artículo Tercero.- El Consejo Regional de Defensa de los Derechos de la Mujer, deberá elaborar su visión y misión en forma democrática y participativa, cuya aplicación y cumplimiento es responsabilidad de todaslas unidades orgánicas del pliego Gobierno Regional del Callao. Artículo Cuarto.- Disponer que el enfoque de equidad de género se considere en los documentos de gestión, planes, programas y normas que elabore el Gobierno Regional del Callao y sus dependencias a través delPlan Regional de Desarrollo Concertado, el Presupuesto Participativo Anual, el Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales, el Programade Competitividad Regional, el Plan Estratégico Regional de Participación Ciudadana, el Programa de Desarrollo de Capacidades Humanas, el Programa de DesarrolloInstitucional, el Plan Operativo Institucional, el Reglamento de Organización y Funciones, Lineamientos de Política Regional, Convenios y Propuestas de Acuerdos deCooperación con otros Organismos, con Gobiernos Regionales y Estrategias de Acciones Macro Regionales e iniciativas legislativas y otros. Artículo Quinto.- Disponer que a partir de la fecha en todo tipo de comunicaciones escritas y documentos de gestión, se utilice el lenguaje inclusivo (los, las) yprogresivamente criterios de igualdad de oportunidades para mujeres y varones en el marco de la equidad de género. Artículo Sexto.- ENCARGAR al Consejo Regional de Defensa de los Derechos de la Mujer, la reglamentación de la presente Ordenanza Regional, en un plazo no mayorde 90 días, contados desde su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Callao, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- DISPONER que la Gerencia de Administración proceda a la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de Mayor Circulación de la Región. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional del Callao, a los veintisiete días del mes de abril del 2006. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 07958 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G41/G67/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G6E/G74/G65/G73/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G32/G30/G30/G37 ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2006-REGIÓN CALLAO-CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú en 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización –Ley Nº 27680-, la Ley de Bases de Descentralización –Ley Nº 27783-, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales –