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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2006 (12/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G35/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de mayo de 2006 esfuerzo sistemático y compartido entre organizaciones de la sociedad civil, instituciones del Estado y empresasde las industrias extractivas, particularmente, en el ámbito del Sector de Energía y Minas; Que, la adhesión del Gobierno del Perú a la EITI tiene por objeto hacer transparente los ingresos y pagosprovenientes de los sectores petrolero, gasífero y minero hacia el Estado y desde éste hacia entidades finales degasto público, en la convicción que la transparencia y la lucha contra la corrupción son factores claves para la gobernabilidad democrática y los esfuerzos que serealizan en materia de desarrollo y alivio de la pobreza, frente a la importancia histórica y creciente de las industrias extractivas en la economía peruana; Que, en abril del año 2005, con la participación del Ministerio de Energía y Minas, representantes de las diferentes entidades del Estado, empresas y organizaciones de la sociedad civil, vinculados a las industrias extractivas, se formuló el "Plan de Acción para la Implementación de la EITI", el cual ha sido sometido aconsulta y divulgación en el portal electrónico del Ministerio de Energía y Minas; Que, en el citado plan se han definido las tareas inmediatas para iniciar la implementación en el Perú de laEITI, cuales son : i) en el plano nacional, incrementar la transparencia, el esclarecimiento y la conciliación de lospagos que se originan en las industrias extractivas (gas natural, petróleo y minería) y de los ingresos que el Estado recibe de dichas industrias; y, ii) en el plano regional,incrementar la transparencia con respecto al cálculo y a la distribución de los ingresos generados por las industrias extractivas hacia gobiernos regionales y locales, así como en relación a la utilización de los referidos ingresos; Que, el proceso de implementación de la EITI, en sus tareas iniciales, se realizará con el apoyo del BancoMundial, institución que también auspicia a la EITI, para lo cual el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito unMemorando de Entendimiento que precisa los compromisos recíprocos que harán viable la ejecuciónen el Perú del "Plan de Acción para la Implementación de la EITI"; Que, a fin de cumplir los compromisos asumidos por el Gobierno Peruano y al amparo del mencionado Memorando de Entendimiento, es necesario aprobar el "Plan de Acción para la Implementación de la EITI", así como crear una Comisión de Trabajo que permita institucionalizar y otorgar un carácter permanente alproceso de implementación de la EITI, así como la efectiva ejecución del referido Plan, debiéndose regular su organización, funciones y atribuciones; De conformidad con las disposiciones contenidas en el numeral 24) del artículo 118º de la Constitución Políticadel Perú y el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560,que aprueba la Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- De la aprobación del Plan de Acción para la Implementación de la EITI Aprobar el "Plan de Acción para la Implementación de la Iniciativa por la Transparencia en las Industrias Extractivas - EITI", el cual forma parte integrante delpresente Decreto Supremo, disponiéndose su implementación y ejecución dentro del marco de los compromisos asumidos por el Gobierno del Perú. Artículo 2º.- De la creación de la Comisión de Trabajo de la EITI Crear la Comisión de Trabajo de la EITI para la ejecución del "Plan de Acción para la Implementación dela EITI", dentro del marco del Memorando deEntendimiento a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, la que estará conformada por nueve miembros, tres de cada uno de los siguientesestamentos: Estado, empresas de las industrias extractivas y sociedad civil. Artículo 3º.- De la conformación de la Comisión de Trabajo de la EITI