Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2006 (12/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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esfuerzo sistematico y compartido entre organizaciones de la sociedad civil, instituciones del Estado y empresas de las industrias extractivas, particularmente, en el ambito del Sector de Energia y Minas; Que, la adhesion del Gobierno del Peru a la EITI tiene por objeto hacer transparente los ingresos y pagos provenientes de los sectores petrolero, gasifero y minero hacia el Estado y desde este hacia entidades finales de gasto publico, en la conviccion que la transparencia y la lucha contra la corrupcion son factores claves para la gobernabilidad democratica y los esfuerzos que se realizan en materia de desarrollo y alivio de la pobreza, frente a la importancia historica y creciente de las industrias extractivas en la economia peruana; Que, en MORDAZA del ano 2005, con la participacion del Ministerio de Energia y Minas, representantes de las diferentes entidades del Estado, empresas y organizaciones de la sociedad civil, vinculados a las industrias extractivas, se formulo el "Plan de Accion para la Implementacion de la EITI", el cual ha sido sometido a consulta y divulgacion en el MORDAZA electronico del Ministerio de Energia y Minas; Que, en el citado plan se han definido las tareas inmediatas para iniciar la implementacion en el Peru de la EITI, cuales son : i) en el plano nacional, incrementar la transparencia, el esclarecimiento y la conciliacion de los pagos que se originan en las industrias extractivas (gas natural, petroleo y mineria) y de los ingresos que el Estado recibe de dichas industrias; y, ii) en el plano regional, incrementar la transparencia con respecto al calculo y a la distribucion de los ingresos generados por las industrias extractivas hacia gobiernos regionales y locales, asi como en relacion a la utilizacion de los referidos ingresos; Que, el MORDAZA de implementacion de la EITI, en sus tareas iniciales, se realizara con el apoyo del Banco Mundial, institucion que tambien auspicia a la EITI, para lo cual el Ministerio de Energia y Minas ha suscrito un Memorando de Entendimiento que precisa los compromisos reciprocos que haran viable la ejecucion

en el Peru del "Plan de Accion para la Implementacion de la EITI"; Que, a fin de cumplir los compromisos asumidos por el Gobierno Peruano y al MORDAZA del mencionado Memorando de Entendimiento, es necesario aprobar el "Plan de Accion para la Implementacion de la EITI", asi como crear una Comision de Trabajo que permita institucionalizar y otorgar un caracter permanente al MORDAZA de implementacion de la EITI, asi como la efectiva ejecucion del referido Plan, debiendose regular su organizacion, funciones y atribuciones; De conformidad con las disposiciones contenidas en el numeral 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, que aprueba la Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- De la aprobacion del Plan de Accion para la Implementacion de la EITI Aprobar el "Plan de Accion para la Implementacion de la Iniciativa por la Transparencia en las Industrias Extractivas - EITI", el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo, disponiendose su implementacion y ejecucion dentro del MORDAZA de los compromisos asumidos por el Gobierno del Peru. Articulo 2º.- De la creacion de la Comision de Trabajo de la EITI Crear la Comision de Trabajo de la EITI para la ejecucion del "Plan de Accion para la Implementacion de la EITI", dentro del MORDAZA del Memorando de Entendimiento a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, la que estara conformada por nueve miembros, tres de cada uno de los siguientes estamentos: Estado, empresas de las industrias extractivas y sociedad civil. Articulo 3º.- De la conformacion de la Comision de Trabajo de la EITI

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