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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G35/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de mayo de 2006 MTC/03 y en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión aprobada por Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las NormasTécnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, su modificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2005-MTC/03; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 032-2005-MTC/03, a finde incorporar las localidades de Caraveli, Castilla- Condesuyos-La Unión y Caylloma-Chivay a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del serviciode radiodifusión sonora en onda media (OM) del departamento de Arequipa, conforme se detalla a continuación, quedando subsistente en lo demás quecontiene: Localidad : CARAVELÍ Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (KHz) 62 1150 72 1250 81 134090 1430 Total de canales : 4 La máxima potencia nominal del transmisor a ser autorizada en esta localidad será de: 1 KW. Localidad : CASTILLA-CONDESUYOS-LA UNIÓN Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (KHz) 41 940 48 1010 58 111084 1370 105 1580 Total de canales : 5 La máxima potencia nominal del transmisor a ser autorizada en esta localidad será de: 1 KW. Localidad : CAYLLOMA-CHIVAY Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (KHz) 74 127092 1450 100 1530 107 1600 Total de canales : 4 La máxima potencia nominal del transmisor a ser autorizada en esta localidad será de: 1 KW. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 08417/G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65 /G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G2D/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G2C/G20/G61/G20/G43/G61/G6D/G70/G6F/G73/G6F/G6C/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 063-2006-MTC/12 Lima, 21 de abril del 2006 Vista la solicitud de la empresa CAMPOSOL S.A., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación General - Servicio Privado; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 184-2002- MTC/15.16 del 6 de agosto del 2002, se otorgó a la empresa SERVICIOS AEREOS OCCIDENTALES S.A., Permiso de Operación de Aviación General – ServicioPrivado, por el plazo de 4 (cuatro) años contados a partir del 1 de setiembre del 2002; Que, a través de las Partidas Nº 11009728 y Nº 03007489 emitidas por la Zona Registral Nº IX Sede Lima de la Oficina Registral de Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,consta la fusión simple de la empresa SERVICIOS AÉREOS OCCIDENTALES S.A. a la empresa CAMPOSOL S.A., teniendo esta última la calidad de sociedad absorbente,por lo cual se ha configurado el cambio de Titularidad del Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado, a favor de la empresa CAMPOSOL S.A.; Que, mediante Resolución Directoral Nº 003-2005- MTC/12 del 5 de enero del 2005 se modificó el Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado,otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 184- 2002-MTC/15.16 del 6 de agosto del 2002, en el sentido de variar la Titularidad de dicho Permiso de Operación afavor de la empresa CAMPOSOL S.A.; Que, mediante Resolución Directoral Nº 063-2005- MTC/12 del 11.05.2005 se modificó el Permiso deOperación de Aviación General – Servicio Privado, otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 184- 2002-MTC/15.16 del 06.08.2002, en el sentido deincorporar zonas de operación a las ya autorizadas; Que, según los términos de la Memoranda Nº 225- 2006-MTC/12.AL y Nº 276-2006-MTC/12.AL, emitidos porla Asesora Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº 1135-2006-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se considera pertinenteatender lo solicitado por la recurrente, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte delinteresado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 – Ley del ProcedimientoAdministrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante laexpedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demásdisposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CAMPOSOL S.A., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación General - Servicio Privado, otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 184-2002-MTC/15.16 del 6 deagosto del 2002, modificada por la Resolución Directoral Nº 003-2005-MTC/12 del 5 de enero del 2005 y Resolución Directoral Nº 063-2005-MTC/12 del 11 de mayo del 2005,por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del 2 de setiembre del 2006, sujeto a las siguientes características: