Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2006 (12/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion General - Servicio Privado. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Beechcraft MORDAZA Air B-200.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2006

ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Huascaran / Anta DEPARTAMENTO: MORDAZA - Arequipa. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ayacucho. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Jaen. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Cusco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Huanuco. DEPARTAMENTO: ICA - Pisco. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Chao, Trujillo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". DEPARTAMENTO: MORDAZA - Iquitos, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ilo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Talara, Piura. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - MORDAZA, Tarapoto. DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Pucallpa. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aerodromo de Trujillo. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa CAMPOSOL S.A. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La empresa CAMPOSOL S.A. esta obligada a presentar a la Direccion General de

Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La empresa CAMPOSOL S.A. esta obligado a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La empresa CAMPOSOL S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa CAMPOSOL S.A. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados consignados en la presente Resolucion, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa CAMPOSOL S.A. podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, o su Reglamento. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La empresa CAMPOSOL S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 11º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil - Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 08048

Autorizan a Motorsports S.A.C. a operar Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1896-2006-MTC/15 MORDAZA, 31 de marzo de 2006 VISTOS: El expediente Nº 2006-016569 presentado por MOTORSPORTS TALLERES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA-MOTORSPORTS S.A.C., mediante el cual solicita autorizacion como Taller de Conversion a GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-

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