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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2006 (20/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G32/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 Que, en conformidad a lo previsto por el Artículo 9º numeral 11º corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, las municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680; y, concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Por lo que, estando al acuerdo adoptado por Unanimidad y a los ordenamientos legales citados con la Visación de la Gerencia Municipal, la Oficina de Planeamiento, Gerencia Administrativa y Asesoría Jurídica, con las facultades y competencia de que se encuentra investido el Despacho de Alcaldía de conformidad a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 20º de La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y demás normas pertinentes; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del Dr. MARIANO EUTROPIO PORTUGAL CATACORA Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, quien participará del Modulo de Políticas Sociales del “XXV Programa Iberoamericano de Formación Municipal”, organizado por la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas (UCCI) - España y la Agencia de Cooperación Internacional (AECI) a llevarse a cabo en Madrid del 22 de mayo al 2 de junio del año en curso. Artículo Segundo. - La Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas (UCCI) cubrirá los gastos de su pasaje de avión a Madrid ida y vuelta desde la ciudad capital, alojamiento y desayuno durante los días del programa. Estando a cargo del participante, los gastos de manutención y su traslado al Aeropuerto de salida. Artículo Tercero. - Los gastos por viáticos que irrogue la participación del citado funcionario en la reunión indicada en el Artículo Primero del presente Acuerdo serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Municipalidad Provincial de Puno, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáti cos Nº de Total por día $ días: Viáticos $ Dr. Mariano Portugal Catacora $ 83.63 13 + 2 $ 1 254.54 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, presentara un informe detallado sobre las acciones a realizar y los logros obtenidos durante el viaje que se autoriza. Asimismo la rendición de cuentas respectiva de acuerdo a Ley. Artículo Quinto .- El presente Acuerdo no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Sexto.- Autorizar a la Gerencia Administrativa la implementación de la presente Disposición, así como su publicación conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIANO E. PORTUGAL CATACORA Alcalde 08932 MUNICIPALIDAD DISTRITAL LA BREA - NEGRITOS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C /G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 071-2006-MDLB Negritos, 15 de mayo del dos mil seisEL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BREA VISTOS: El INFORME Nº 077-2006-MDLB/ GM, de fecha 15.5.2006, emitido por la Gerencia Municipal, mediante la cual se solicita la Primera Modificatoria del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año 2006 de la Municipalidad Distrital de La Brea; y, CONSIDERANDO: Que, la actual Constitución Política del Estado en su Artículo 194, concordante con el Artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, pudiendo ejercer actos y disposición de que manera general regulan las actividades y funcionamiento del sector publico; así como las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, en su Título Preliminar Art. II señala "Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el Artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo 083-2004-PCM, concordante con el artículo 25 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo 084-2004-PCM y la Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE de fecha 29 de diciembre del 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003- CONSUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elaboración y contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las entidades del sector público, que establece que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidandola información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas (Publicas o Selectivas) que se realizan en el Año fiscal correspondiente; Que, mediante informe de Visto, el Gerente Municipal hace llegar la propuesta respecto a la Primera Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año 2006, en que, se han considerado determinadas exclusiones e inclusiones al mismo y que resulta necesario aprobar la compra de bienes y contratación de servicios para las obras Pavimentación de avenida José Gálvez y Pavimentación calle José Olaya - Caleta San Pablo; Que los Artículos 22º al 27º del Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece y regula lo referido al Plan Anual de Adquisiciones, específicamente el Artículo 27 en cuanto a la modificación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, siendo en el presente caso el correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006; Que mediante Informe Nº 036-2006-AP, recepcionado con fecha 5.5.2006, el Área de Preexpuesto que las obras de Pavimentación de Calles está presupuestada debidamente en el Plan de Inversiones a ejecutarse en el Año Fiscal 2006, según aprobación del Presupuesto Institucional de Paertura 2006 mediante Resolución de Alcaldía Nº 248-2005-MDLB/A, por un monto de S/. 450,000.00, con fuente de financiamiento de canon petrolero, Participación en Renta de Aduanas y Fondo de Compensación Municipal -Foncomun, lo que avala la presente modificación; Que, en el contexto y uso de las facultades que confiere la normatividad señalada en el tercer considerando que regula el procedimiento de elaboración de información que debe contener el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de las entidades del Sector Público se debe aprobar dicha modificación del Plan Anual referido; Estando a lo expuesto, en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Ley Nº 28652 y a lo establecido por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 083- 2004-PCM y su Reglamento aprobado mediante D.S.