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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2006 (20/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G31/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 Estos procedimientos deben incorporar requisitos y derechos administrativos y deberán ser incorporados en el TUPA de nuestra Corporación Edilicia. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. luego del debate correspondiente por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Exonerar las multas correspondientes al trámite de regularización de la licencia de obra de la edificación existente, a fin de que una vez concluida la ejecución de las obras Techo Propio se proceda a la inscripción de la fabrica total (incluyendo la fábrica antigua) Artículo 2º.- Aprobar, para los casos de construcción de módulos Techo Propio como obra menor aquellas edificaciones cuyo metrado máximo de área techada tenga un máximo de 60 m2 . Artículo 3º.- Exonerar los cobros de multas que su actualización extemporánea pueda haber generado por concepto de actualización de la Declaración Jurada de Autoavalúo, sea para la actualización del valor del predio, o cambio de nombre de propietario, únicamente para efectos de la Ordenanza Nº 114-MDI Artículo 4º.- REBAJAR, para la implementación de la Ordenanza Nº 114-MDI, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, el derecho de trámite por concepto de: - Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios: S/. 20.00 - Actualización de la Declaración Jurada de Autoavalúo por valor del Predio o Cambio de Nombre. S/. 10.00 - Derecho de Licencia S/. 60.00 y S/. 50.00 Artículo 5º.- Aprobar el Reglamento de los procedimientos, requisitos y tasas para la construcción de los módulos que se ejecuten bajo los lineamientos del Programa Techo Propio, para sus productos “Mejoramiento de Vivienda” y “Construcción en Sitio Propio” y promovidos en el marco del Programa Municipal de Vivienda (Cuadro 1, 2, 3 y 4) y Anexos 1 y 2. Los procedimientos se detallan a continuación y los requisitos y las tasas se anexan en cuadro adjunto anexos 1 y 2. Para el producto “MEJORAMIENTO DE VIVIENDA” (con obras de regularización, acondicionamiento, refacción, ampliación, y remodelación).-Procedimiento: 1. Actualización de la Declaración Jurada de Autoavalúo (actualización del valor del predio y/o actualización de nombre de propietario). 2. Certificado de Parámetros Urbanísticos. 3. Inscripción de la fábrica existente en la SUNARP (Tiene sus propios requisitos y costos). 4. Solicitud de Autorización Municipal para obras de acondicionamiento o refacción, (Dice la Ley Nº 27157 que no se cobra pero si deben presentar requisitos). 5. Declaración de la Fabrica Municipal (Fabrica existente y Nueva). 6. Inscripción en SUNARP de acuerdo a sus propios requisitos a cargo del beneficiario. Los ítems 1, 2, 4 y 5 son de carácter municipal y lo indicado en los anexos 1 y 2. Para el producto “CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO” (Obra Nueva) Procedimiento:1. Certificado de Parámetros Urbanísticos. 2. Trámite de Licencia de Obra Nueva Menor (60 m²). 3. Certificado de finalización de obras y zonificación. 4. Declaratoria de Fábrica Municipal. 5. Inscripción SUNARP (Tiene sus propios requisitos y costos a cargo del Beneficiario). Los ítems 1, 2, 3, 4 son de carácter municipal y los anexos 1 y 2. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Gestión Urbana, a través del Área de Obras Privadas que forma parte de la División de Obras Públicas y Privadas, Gerencia de Administración de Recursos y a la Gerencia de Administración Tributaria, tomar las previsiones del caso a fin de facilitar el ingreso y trámite de los expedientes en las áreas correspondientes, y disponer los recursos que fueran necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados.3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU