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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2006 (20/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G31/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de mayo de 2006 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G61/G73/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G61/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C ORDENANZA Nº 230 Miraflores, 16 de mayo 2006 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º consagra la autonomía municipal como garantía institucional que confiere al gobierno local autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, en ejercicio de dicha autonomía, mediante Ordenanza Nº 144 de fecha 21 de enero de 2004, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de enero de 2004, esta comuna aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de Miraflores; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 149 de fecha 13 de abril de 2004, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril de 2004, aprueba el Reglamento de las Comisiones de Regidores; Que, mediante Ordenanza Nº 198 de fecha 25 de julio de 2005, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de julio de 2005, se modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Miraflores, incluyéndose a la Gerencia de Información como parte de la estructura y organización de esta comuna, a cargo de un Gerente, teniendo por objeto apoyar administrativamente en el funcionamiento del Concejo Municipal y la Alcaldía, así como proponer políticas de Acceso a la Información Pública, para cuyo cumplimiento le fueron otorgadas las correspondientes funciones y competencias, reemplazándose, con esta nueva estructura orgánica, a la unidad orgánica de Secretaría General; Que, es de apreciarse que tanto el Reglamento Interno del Concejo Municipal como el Reglamento de las Comisiones de Regidores y otras normas no se han adecuado a la Ordenanza Nº 198, consignándose aún al Secretario General y/o Secretaría General, cumpliendo las funciones y competencias que corresponden al Gerente de Información y/o Gerencia de Información, lo cual hace necesario adecuar dichos reglamentos y otras normas, modificando la denominación de Secretario General y/o Secretaría General, que en ellos aparece, por la vigente denominación de Gerente de Información y/o Gerencia de Información; Que, en armonía con lo expuesto, el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL Y EL REGLAMENTO DE COMISIONES DE REGIDORES DEL DISTRITO DE MIRAFLORES Y OTRAS NORMAS DONDE SE CONSIGNA LA TERMINOLOGÍA DE SECRETARIO GENERAL Y/O SECRETARÍA GENERAL, Y ADECÚA LA TERMINOLOGÍA Y FUNCIONES DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES APROBADO MEDIANTE LA ORDENANZA Nº 185 Y SUS MODIFICATORIAS Artículo Primero.- Modificar el Reglamento Interno del Concejo Municipal y el Reglamento de Comisionesde Regidores del distrito de Miraflores, aprobados mediante Ordenanzas Nºs. 144 y 149, de fechas 21 de enero y 13 de abril de 2004, respectivamente, así como las demás Ordenanzas modificatorias y otras normas donde se consigne la terminología de Secretario General y/o Secretaría General, cambiándola por la de Gerente de Información y/o Gerencia de Información. Complementariamente, adecúense la terminología y las funciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 185 y sus modificatorias, a la normativa municipal vigente. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Información la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 08888 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G67/G69/G72/G61/G20 /G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G63/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G70/G61/G72/G61 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C ACUERDO DE CONCEJO N° 41 Miraflores, 16 de mayo de 2006 EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo de Miraflores, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, se ha recibido la invitación para participar en la Séptima Gira Internacional de Capacitación para Autoridades sobre Desarrollo Local: “Generando Herramientas para el Desarrollo desde las Ciudades”, organizada por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD), la Iniciativa Interamericana para la Cooperación de la Sociedad Civil de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Asociación de Municipios del Estado de Paraná – Brasil (AMP), que se llevará a cabo en el Estado de Paraná, República Federativa del Brasil, del 21 al 30 de mayo de 2006; Que, esta Séptima Gira Internacional de Capacitación para Autoridades sobre Desarrollo Local está dirigida a agentes de desarrollo local, directores municipales, técnicos de Estado, representantes ministeriales y directivos de organizaciones educativas, de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales de todos los países de América Latina, el Caribe y África de idioma portugués; Que, los temas a abordarse son: implementación de los objetivos del milenio de las Naciones Unidas y de los mandatos de las Cumbres de las Américas de la OEA en los planes de gobierno y acción de las ciudades, urbanismo, transporte público colectivo, medio ambiente, reciclaje de basura y manejo de residuos sólidos, proyectos turísticos y culturales, presupuesto participativo, ley de responsabilidad fiscal, formas de combate a la corrupción, proyectos de transformación social, pequeña agroindustria y cooperativas, administración pública municipal e iniciativas no tradicionales en áreas rurales y urbanas, y programas de salud; Que, los organizadores están promoviendo la beca ONWARD, que ayuda a cubrir parte importante del valor de la inscripción; Que, estando a lo expuesto, el Concejo considera útil para la gestión que el Gerente de Limpieza Pública y Áreas Verdes y la Ejecutiva Administrativa de Alcaldía asistan a dicho evento internacional; De conformidad con lo establecido en el numeral 11 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aceptar la invitación y autorizar el viaje del Gerente de Limpieza Pública y Áreas Verdes, don