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NORMAS LEGALESEl Peruano Miércoles 31 de mayo de 2006 319827REPUBLICADELPERU 9.3. La vacancia en el cargo será comunicada por el Consejo Directivo al MINCETUR y a la entidad pública o privada según corresponda, a fin que ésta proceda a proponer al nuevo miembro, de acuerdo con los procedimientos establecidos para tal fin. Artículo 10º.- De las Actas 10.1. Las sesiones y acuerdos del Consejo Directivo deben constar en un libro de actas o en páginas sueltas legalizadas y foliadas por Notario Público. 10.2. En caso las actas consten en páginas sueltas, éstas deberán incluir la página de apertura y la página de cierre. 10.3. Los libros de actas o las páginas sueltas estarán a cargo de la Secretaría del Consejo Directivo, que es ejercida por el Director Ejecutivo. 10.4. Las actas deberán ser firmadas por los miembros asistentes a la sesión, previa lectura y aprobación del acta en la siguiente sesión.Artículo 11º.- De las Responsabilidad de los Miembros del Consejo Directivo Los integrantes del Consejo Directivo son solidariamente responsables por los acuerdos que adopten, salvo que hagan constar en acta su voto discordante o abstención, caso en el que no estarán dispensados de la obligación de firmar el Acta. TÍTULO III FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE LA CONAZEDE CAPÍTULO I ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Artículo 12º.- Consejo Directivo Son funciones del Consejo Directivo: 1. Aprobar la Política Institucional y las normas que regulan el funcionamiento de la CONAZEDE, en