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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 319844El Peruano Miércoles 31 de mayo de 2006 Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Québec, Canadá, del 31de mayo al 9 de junio de 2006, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución; Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Conveniode Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entre elMinisterio de Transportes y Comunicaciones y laOrganización de Aviación Civil Internacional (OACI), deconformidad con la Autorización de Beca Int. Nº 022-05-2006, de acuerdo a los siguientes términos: Viáticos US$ 2,200.00 Pasajes Aéreos US$ 1,300.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el profesionalmencionado en el artículo primero de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportes yComunicaciones, describiendo las acciones realizadas ylos resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09637 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G22/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G22/G20/G71/G75/G65/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 434-2006-MTC/02 Lima, 30 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de- viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector quecorresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo del artículo 1ºde la Ley antes citada, señalando que "la autorización deviajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionariosde los ministerios, de los Organismos Públicos Descentralizados,de los Agregados Militares, Aéreos, Navales y Policiales, asícomo de las empresas sujetas al ámbito de FONAFE, queresulten indispensables para asegurar el cumplimiento de losobjetivos y metas fijados para el Ejercicio del año 2006, seefectuará por resolución suprema, refrendada por el Presidentedel Consejo de Ministros y por el Ministro del Sectorcorrespondiente; exceptuándose aquellos viajes que realizanlos sectores Relaciones Exteriores, y Comercio Exterior y Turismo,así como la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, y la Oficina Central Nacional- INTERPOL de la Policía Nacional del Perú del Ministerio delInterior y los destinados al desarrollo de funciones en el marcode las negociaciones orientadas a la suscripción de los tratadode libre comercio, a efectuar acciones de promoción y/onegociación económica comercial de Importancia para el Perú;los que se autorizarán mediante Resolución Ministerial del sectorcorrespondiente, la que deberá ser publicada en el Diario OficialEl Peruano, antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil, como dependenciaespecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, según informe Nº 0367-2006-MTC/12, presentado con fecha 30 de mayo de 2006, la Dirección General deAeronáutica Civil señala que entre los días 29 de mayo al 9 de junio de 2006, se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires,Argentina, el curso denominado "Economía del TransporteAéreo" organizado por la Asociación Latinoamericana deDerecho Aeronáutico Espacial - ALADA y la Sociedad CientíficaArgentina, el cual brindará la oportunidad de adquirir y poneren práctica una amplia gama de conocimientos teórico - prácticosrelacionados a la gestión de las empresas aéreas, tales comola evaluación de la viabilidad de proyectos y el estudio de losplanes de negocio, así como la estructura económica delmercado aeronáutico, incluyendo oferta, demanda y costosdel mismo, lo que redundará en el incremento de las herramientasusadas para la evaluación de la capacidad económico financierade los operadores aéreos, entre otros, habiéndose designadopara asistir al citado curso al señor Alfonso Suárez Cano,inspector financiero de la Dirección General de AeronáuticaCivil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo que demande el viaje será financiado dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios PER/01/801,suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y laOrganización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismotécnico de las Naciones Unidas, en observancia de la terceradisposición complementaria de la Ley Nº 27261, deconformidad con los términos de la Autorización de Beca Int,Nº 021-05-2006, suscrita por el Coordinador Nacional delProyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y elDecreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alfonso Suárez Cano, inspector financiero de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina,del 31 de mayo al 10 de junio de 2006, para los fines a quese contrae la parte considerativa de la presente Resolución Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Convenio de Gestiónde Servicios PER/01/801, celebrado entre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), de conformidad con la Autorización de BecaInt. Nº 021-05-2006, de acuerdo a los siguientes términos: Viáticos US$ 2,200.00 Pasaje Aéreo US$ 800.00 Tarifa Unificada de Uso Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el profesionalmencionado en el Artículo primero de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportes yComunicaciones, describiendo las acciones realizadas ylos resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09656 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G72/G65/G63/G75/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G20/G65/G6E/G20/G4F/G6E/G64/G61/G20/G4D/G65/G64/G69/G61/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 265-2006-MTC/03 Lima, 24 de mayo del 2006 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, y el artículo 6º de su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen quees competencia del Ministerio de Transportes y