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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2006 (31/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 319830El Peruano Miércoles 31 de mayo de 2006 salida de mercancías, en los CETICOS y en las Zonas Francas; 7. Emitir información estadística referida al movimiento de mercancías, según el punto de ingreso y destino de la mercancía; 8. Realizar estudios e investigaciones tendientes a seleccionar a los usuarios de los CETICOS y de las Zonas Francas, en base a los indicadores de riesgo a que sean sometidos, realizando un permanente seguimiento de los mismos; 9. Elaborar y proponer a la Dirección Ejecutiva normas, procedimientos y directivas, relacionadas con las actividades materia de su competencia; 10. Sistematizar y ordenar la información estadística sobre las operaciones realizadas que se hayan acogido a algún beneficio de exoneración tributaria; 11. Las demás funciones que le asigne el Director Ejecutivo. TÍTULO IV RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 25º.- De las Relaciones Interinstitucionales 25.1. La CONAZEDE, por la función asignada, mantiene relaciones con el Sector Público y el sector privado, en materias vinculadas a su competencia. 25.2. Asimismo, mantiene relaciones de coordinación, cooperación y asistencia técnica y financiera, en el ámbito de su competencia, con entidades nacionales e internacionales, con sujeción a la normatividad vigente. TÍTULO V RÉGIMEN LABORAL Y ECONÓMICO CAPÍTULO I RÉGIMEN LABORAL Artículo 26º.- Del Régimen Laboral El personal de la CONAZEDE está sujeto al régimen laboral de la actividad privada, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado - TUO del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo, su reglamento y demás normas complementarias y conexas, hasta la implementación de las normas que regulan la Ley Marco del Empleo Público. CAPÍTULO II RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 27º.- De los Recursos de la CONAZEDE Constituyen recursos de la CONAZEDE los siguientes: 1. Los recursos directamente recaudados. 2. Los recursos establecidos en el presupuesto del Sector. 3. Los aportes de la cooperación técnica y financiera nacional e internacional. 4. Las donaciones aceptadas y aprobadas de acuerdo a la normatividad sobre la materia. 5. Los recursos provenientes del Arancel Especial, establecidos en la Ley Nº 27688 y sus demás normas complementarias, reglamentarias y modificatorias. 6. El cinco por ciento (5%) de los ingresos mensuales facturados por cada uno de los CETICOS. 7. El monto que resulte de las multas que se apliquen por las infracciones cometidas. 8. Cualquier otro ingreso o aporte de carácter público o privado. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La implementación y puesta en marcha del presente Reglamento se efectuará en forma gradual, de acuerdo con los recursos humanos y presupuestales disponibles. Segunda.- El Manual de Organización y Funciones - MOF , será aprobado por la CONAZEDE dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP , en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones - ROF aprobado. 09589DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72 /G64/G65/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G65/G6E/G20/G61/G70/G6F/G79/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65 /G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73 /G41/G6E/G74/G69/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 200-2006-DE/SG Lima, 29 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº F-512, de fecha 19 de mayo de 2006, el Director General para Asuntos deSeguridad y Defensa del Ministerio de RelacionesExteriores, solicita se expida la autorización para el ingresode personal militar de la República Federativa de Brasil, sinarmas de guerra; Que, en base a lo establecido en la Convención de Ottawa, se aprobó el Plan Nacional de DesminadoHumanitario para el Perú en el cual se encuentracomprendida la participación de Monitores Internacionalesde la Junta Interamericana de Defensa en apoyo alPrograma de Asistencia Integral Contra las MinasAntipersonales en el Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento parael ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívica,actividades académicas, de entrenamiento o similaresdebe ser otorgada mediante Resolución Suprema, enla que se debe especificar los motivos, la identificacióndel personal militar, la relación de equipos transeúntesy el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativadel Brasil, en su calidad de Monitores Internacionales dela Junta Interamericana de Defensa, cuyos nombres seindican en el anexo que forma parte de la presenteResolución, del 30 de mayo de 2006 al 30 de mayo de2007, con el fin de brindar apoyo al Programa deAsistencia Integral Contra las Minas Antipersonales enel Perú. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno,Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra lasDrogas del Congreso de la República, en el plazo de 24horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total dedías autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,el Ministro de Defensa y el Ministro de RelacionesExteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de JusticiaEncargado de la Cartera de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores