TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALESEl Peruano Miércoles 31 de mayo de 2006 319831REPUBLICADELPERU ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 200-2006-DE/SG 29 de mayo de 20061.- MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa de Brasil con elfin de brindar apoyo al Programa de Asistencia a la acciónintegral contra las minas antipersonales en el Perú. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, SIN ARMAS DEGUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LAREPÚBLICA: 1. CAPITÁN EDELMO FERNANDES DE OLIVEIRA 2. CAPITÁN DAMASIO DOUGLAS NOGUEIRA JUNIOR3. CAPITÁN (FN) CRISTIANO CAMPOS CAMARA RIBEIRO 4. TENIENTE (FN) LUIZ CARLOS REIS DE LIMA 3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE NO INDICAN 4.- TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL Del 30 de mayo de 2006 al 30 de mayo de 2007. 09654 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G6F/G20/G79/G20/G74/GE9/G72/G6D/G69/G6E/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C /G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G65/G63/G75/G61/G74/G6F/G72/G69/G61/G6E/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61 /G52/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G32/G39/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G44/G45/G2F/G53/G47 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 555-2006-DE/SG Lima, 26 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 129-2006-DE/ SG de fecha 12 de abril de 2006, se autorizó el ingreso alterritorio de la República de personal militar de la Repúblicadel Ecuador, del 17 de abril al 30 de mayo de 2006, con elfin de realizar labores de desminado humanitario conjuntocon el Ejército del Perú en ambos lados de la fronteracomún en las inmediaciones del Río Chira (Pampa Larga,Perú y Zapotillo, Ecuador); Que, con Facsímil (DGS) Nº 510, de fecha 10 de mayo de 2006, la Dirección General para Asuntos deSeguridad y Defensa del Ministerio de RelacionesExteriores, comunica que el referido personal militarecuatoriano, ingresará al país del 30 de mayo al 12 dejulio de 2006, por haber sufrido un retraso los trabajosprogramados inicialmente; Que, la Resolución Suprema antes mencionada, faculta al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio y términode la autorización de ingreso, sin exceder el total de díasautorizados; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Variar la fecha de ingreso al territorio de la República del personal militar del Ecuador, autorizado conResolución Suprema Nº 129-2006-DE/SG de fecha 12 deabril de 2006, considerando éste del 30 de mayo al 12 dejulio de 2006. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Ministerial a la Comisiónde Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, DesarrolloAlternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de laRepública, en el plazo de 24 horas de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 09590/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G43/G61/G72/G74/G6F/G67/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G22/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G6C/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G76/G65/G72/G73/G65/G4D/G65/G72/G63/G61/G74/G6F/G72/G22/G20/G28/G55/G54/G4D/G29 INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 112-2006-IGN/OAJ/DGC/J Surquillo, 16 de mayo del 2006 VISTO; la Ley Nº 27292 - Ley del Instituto Geográfico Nacional y su Reglamento aprobado con Decreto SupremoNº 005-DE/SG. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la normatividad del Visto, el Instituto Geográfico Nacional - IGN, es un OrganismoPúblico Descentralizado del Sector Defensa, que tiene porfinalidad fundamental, elaborar y actualizar la CartografíaBásica Oficial del Perú, proporcionando a las entidadespúblicas y privadas la cartografía que requieran para losfines del Desarrollo y la Defensa Nacionales. Teniendo entreotras funciones; actuar como organismo competente delEstado para normar actividades geográfico - cartográficasque se ejecutan en el ámbito nacional; Que, una de las actividades geográfico - cartográficas es determinar el Sistema de Proyección Cartográfico y elSistema de Codificación y Especificaciones de las Seriesde Escalas de la Cartografía Básica Oficial del EstadoPeruano; Que, la Unión Geodésica y Geofísica Internacional (UGGI) recomienda el uso de la Proyección “UniversalTransverse Mercator” (UTM) entre los 84 grados de latitudnorte y los 80 grados de latitud sur; Que, el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH), organismo técnico de la Organización de los Estados Americanos (OEA) recomienda la actual nominación de lasSeries Cartográficas producidas por el IGN; Que, la producción de la cartografía básica oficial obedece a normas y estándares internacionales, entreotros al International Cartographic Association - ICA yel International Standards Organization - ISO; por loque, este Instituto muestra en los formatos impresos desu producción cartográfica un código internacionalidentificado por un número de cuatro dígitos quecorresponde al empleado por el National GeospatialAgency (NGA). Que, la Ley Nº 27658 - Ley de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso demodernización de la gestión del Estado tiene comofinalidad fundamental la obtención de mayores nivelesde eficiencia del aparato estatal, de manera que selogre una mejor atención a la ciudadanía, priorizandoy optimizando el uso de los recursos públicos,estableciendo como una de las principales líneas deacción, la eliminación de duplicidad o superposiciónde competencias, funciones y atribuciones, así comola generación de una estructura orgánica en la queprevalezca el principio de especialidad; Que, la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú - IDEP , requiere de normas para generar informacióncartográfica como base del ordenamiento, la estandarizacióny el intercambio de información geográfica entre losorganismos del Estado Peruano; Que, la Ley Nº 27292 en su primera disposición complementaria transitoria y final, señala a la letra: “…Conla finalidad de mantener actualizada la Base de DatosCartográficos, las entidades publicas y privadas queobtengan imágenes por medio de sensores y las querealicen estudios y elaboren productos relacionados decarácter geográfico- cartográfico dentro del territorionacional están obligados a informar al Instituto GeográficoNacional sobre las características de los datos obtenidos,dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes deconcluidos los trabajos…” Que, la Resolución Jefatural Nº 079-2006-IGN/OAJ/ DGC- Establece el Sistema Geodésico Oficial conformadopor la Red Geodésica Horizontal Oficial y la Red GeodésicaVertical Oficial, como sistema de referencia único a nivelnacional; Que, las nuevas tecnologías de la Geomática en el país han favorecido la producción de informaciónGeoespacial, incrementándolas significativamente, estas