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NORMAS LEGALESEl Peruano Miércoles 31 de mayo de 2006 319843REPUBLICADELPERU Que, la cláusula Décima Sexta del contrato de concesión suscrito con QUICK CONECTION S.A.C.establece que las partes podrán acordar, por escrito, lamodificación o cambio del presente Contrato sujetándosea las leyes y reglamentos vigentes; Que, el artículo 129º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,modificado por el Decreto Supremo N° 040-2004-MTC,establece que la suscripción del contrato de concesión serealizará dentro de un plazo máximo de sesenta (60) díashábiles de publicada la resolución correspondiente. Dichoplazo será aplicable también para la suscripción de lasadendas, caso contrario, la resolución que la sustentaquedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de quese emita el acto administrativo correspondiente; Que, mediante Informes N°s. 008 y 155-2006-MTC/ 17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizacionesde Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestiónde Telecomunicaciones, opina que es procedente losolicitado por QUICK CONECTION S.A.C., debiéndosemodificar el primer párrafo del numeral 3.02 de la CláusulaTercera del contrato de concesión, el Anexo 1 - Área deConcesión y el Anexo 2 - Plan Mínimo de Expansión/Plande Cobertura, que forman parte del contrato de concesiónaprobado por Resolución Ministerial N° 874-2003-MTC/03,incluyendo al distrito de La Brea, provincia de Talara,departamento de Piura; así como incorporar el numeral6.12 "Instalación de la Red" en la Cláusula Sexta delmencionado contrato y el Anexo 3 - Descripción de la Red; De conformidad con lo -dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo N° 013-93-TCC, el TUO del ReglamentoGeneral, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2004-MTCy el Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Transportes y Comunicaciones aprobado por DecretoSupremo N° 041-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y del Viceministro deComunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Ampliar el área de concesión otorgada mediante Resolución Ministerial N° 874-2003-MTC/03 aQUICK CONECTION S.A.C., incluyendo el distrito de LaBrea, provincia de Talara, departamento de Piura, para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbricou óptico, conforme al Anexo 1 que forma parte de la Adendaa aprobarse por la presente resolución y que reemplaza elAnexo 1 del contrato de concesión aprobado por ResoluciónMinisterial N° 874-2003-MTC/03. Artículo 2°.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área ampliada a que se refiere el articuloprecedente, conforme al Anexo 2 que forma parte de laAdenda a aprobarse por la presente resolución y quereemplaza al Anexo 2 del contrato de concesión aprobadopor Resolución Ministerial N° 874-2003-MTC/03. Artículo 3°.- Aprobar la Descripción de la Red, conforme al Anexo 3 que forma parte de la Adenda a aprobarse porla presente resolución, el cual se incorporará al contrato deconcesión aprobado con Resolución Ministerial N° 874-2003-MTC/03. Artículo 4°.- Aprobar la Adenda mediante la cual se formaliza la modificación del primer párrafo del numeral3.02 de la Cláusula Tercera y se incorpora el numeral6.12 "Instalación de la Red" en la Cláusula Sexta delcontrato de concesión aprobado por la ResoluciónMinisterial N° 874-2003-MTC/03; así como se incorporael Anexo 3 y se sustituye los Anexos 1 y 2 delmencionado contrato, autorizándose al Director Generalde Gestión de Telecomunicaciones a suscribir la mismaen representación del Ministerio de Transportes yComunicaciones. Artículo 5°.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerioemita el acto administrativo correspondiente, si laAdenda no es suscrita por el solicitante en el plazomáximo de sesenta (60) días hábiles computados a partirde su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09534/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G43/G61/G6E/G61/G64/GE1/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73 /G79/G20/G72/G65/G71/G75/G65/G72/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G74/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 432-2006-MTC/02 Lima, 30 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector quecorresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo del artículo 1ºde la Ley antes citada, señalando que "la autorización deviajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionariosde los ministerios, de los Organismos Públicos Descentralizados,de los Agregados Militares, Aéreos, Navales y Policiales, asícomo de las empresas sujetas al ámbito de FONAFE, queresulten indispensables para asegurar el cumplimiento de losobjetivos y metas fijados para el Ejercicio del año 2006 seefectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidentedel Consejo de Ministros y por el Ministro del Sector correspondiente; exceptuándose aquellos viajes que realizan los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior yTurismo, así como la Dirección General de Aeronáutica Civil delMinisterio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina CentralNacional - INTERPOL de la Policía Nacional del Perú delMinisterio del Interior y los destinados al desarrollo de funciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones depromoción y/o negociación económica comercial de importanciapara el Perú; los que se autorizarán mediante ResoluciónMinisterial del Sector correspondiente, la que deberá serpublicada en el Diario Oficial El Peruano, antes del inicio de lacomisión de servicios"; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependenciaespecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, según Informe Nº 0347-2006-MTC/12, de fecha 23 de mayo de 2006, de la Dirección General de Aeronáutica Civil,se señala que, entre los días 1 al 9 de junio de 2006, se llevaráa cabo el curso PT6A Médium Series- Heavy Maintenance enla ciudad de Québec, Canadá, el cual tiene por objeto actualizara los participantes en las últimas revisiones de las técnicas yrequerimientos de motores propulsados por turbinas delfabricante PRATT & WHITNEY y proveerá al Inspector a travésde inspecciones, una evaluación exacta y real del rendimientoy perfomance del mencionado tipo de motor proporcionando,asimismo, los conocimientos y la preparación adecuada paraefectuar en forma competente y oportuna la evaluación sobreel estado de las reparaciones mayores (overhaul) de losexplotadores aéreos certificados; habiéndose designado paraasistir a dicho evento al señor Filiberto Cárdenas Chávez,Inspector de Aeronavegabilidad de la Dirección de SeguridadAérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministeriode Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido curso será financiado dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios PER/01/801, suscritopor el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y laOrganización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismotécnico de las Naciones Unidas, en observancia de la TerceraDisposición Complementaria de la Ley Nº 27261, deconformidad con los términos de la Autorización de Beca Int.Nº 022-05-2006, suscrita por el Coordinador Nacional delProyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y elDecreto de Urgencia Nº 006-2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Filiberto Cárdenas Chávez Inspector de Aeronavegabilidad de la