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NORMAS LEGALESEl Peruano Miércoles 31 de mayo de 2006 319829REPUBLICADELPERU 4. Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como al Consejo Directivo y al Titular del Sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones legales respectivas sobre la materia. 5. Informar al Consejo Directivo sobre los resultados de las acciones de control y sobre la implementación de las recomendaciones efectuadas. 6. Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad que sean requeridas por el Consejo Directivo, el MINCETUR o las que disponga la Contraloría General; siguiendo el procedimiento respectivo cuando se traten de acciones no programadas. 7. Efectuar el control preventivo, sin carácter vinculante al órgano del más alto nivel de la entidad, con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno, con las limitaciones que el marco legal establece. 8. Realizar otras acciones de control que le sean solicitadas por el Presidente del Consejo Directivo, dentro del ámbito de su competencia y con sujeción a lo dispuesto por la legislación vigente. 9. Otras que le corresponde de acuerdo a la Normatividad del Sistema Nacional de Control. CAPÍTULO III ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Artículo 19º.- De la Oficina de Asesoría Legal 19.1. La Oficina de Asesoría Legal es la encargada de brindar asesoría en aspectos legales y jurídicos al Consejo Directivo, al Director Ejecutivo y a los demás órganos de la entidad. 19.2. Depende del Director Ejecutivo. Artículo 20º.- De las Funciones de la Oficina de Asesoría Legal La Oficina de Asesoría Legal tiene las siguientes funciones: 1. Brindar asesoría legal a todos los órganos de la entidad para el desarrollo de sus funciones; 2. Absolver consultas de carácter legal formuladas por los CETICOS y las Zonas Francas, emitiendo los correspondientes informes y dictámenes legales a que hubiere lugar; 3. Elaborar, visar y/u otorgar conformidad a los contratos, resoluciones, convenios, u otros documentos que tengan incidencia legal para la entidad; 4. Mantener permanentemente actualizada y concordada toda la legislación nacional que afecte o tenga incidencia directa e indirecta en las actividades de los CETICOS, las Zonas Francas y la CONAZEDE; 5. Proponer, proyectos de disposiciones legales, directivas, entre otros sobre la materia de competencia de la CONAZEDE, que permitan el cumplimiento de sus fines; 6. Difundir las disposiciones legales que correspondan a la CONAZEDE, en coordinación con la Gerencia de Supervisión y Regulación; 7. Coordinar con el Procurador Público del MINCETUR, las acciones necesarias para llevar a cabo la defensa legal de la entidad; 8. Las demás funciones que le asigne el Director ejecutivo. CAPÍTULO IV ÓRGANO DE APOYO Artículo 21º.- De la Oficina de Administración y Finanzas 21.1. La Oficina de Administración y Finanzas es la encargada de programar, dirigir, organizar y controlar las acciones correspondientes a los sistemas administrativos de recursos humanos, logísticos, contabilidad, finanzas, tesorería, presupuesto, informática y los servicios generales de acuerdo a las normas establecidas. 21.2. Depende del Director Ejecutivo. Artículo 22º.- De las Funciones de la Oficina de Administración y Finanzas La Oficina de Administración y Finanzas tiene las siguientes funciones:1. Proponer, organizar, dirigir y controlar los procesos técnicos de personal, contabilidad, tesorería, logística, trámite documentario, archivo, bienes patrimoniales, de conformidad con las normas técnicas y legales vigentes. 2. Conducir, coordinar y supervisar el proceso de programación, formulación y evaluación del presupuesto de la entidad, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3. Controlar la ejecución del presupuesto. 4. Administrar los recursos económicos y financieros en concordancia con el Plan Estratégico y el Plan Operativo de la CONAZEDE. 5. Formular el Plan Operativo, el Programa de Inversión y el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la CONAZEDE para cada ejercicio. 6. Proponer las políticas de gestión financiera y de adquisiciones de bienes y servicios. 7. Formular el Balance General y los demás estados financieros, dentro de los plazos establecidos. 8. Mantener el adecuado control y registro del movimiento de los bienes de activo fijo y existencias en almacén y controlar que, en su oportunidad, se realicen los inventarios físicos correspondientes. 9. Remitir la información de la ejecución presupuestal y financiera al Director Ejecutivo, precisando el comportamiento de los gastos e ingresos en la ejecución presupuestal y las distorsiones contenidas en el proceso, alcanzando alternativas de solución, así como determinando la posición de caja de la entidad. 10. Atender las necesidades de equipos cómputo y sistemas de información, y proponer al Director Ejecutivo las innovaciones tecnológicas necesarias para el mejor desarrollo de los sistemas informáticos de la entidad. 11. Supervisar los medios de información y administrar el portal en Internet de la entidad. 12. Atender las solicitudes de información, en el marco de las obligaciones de transparencia de la información pública a que están sujetas las entidades públicas de conformidad con la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 13. Ejercer las funciones de Oficina de Defensa Nacional, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 28478, Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. 14. La demás funciones que le asigne el Director Ejecutivo. CAPÍTULO V ÓRGANO DE LÍNEA Artículo 23º.- De la Gerencia de Supervisión y Regulación 23.1. La Gerencia de Supervisión y Regulación es la responsable de supervisar las actividades que se realizan en los CETICOS y en las Zonas Francas, de acuerdo con la normatividad vigente. Asimismo, está facultada para proponer las normas necesarias para la regulación de los CETICOS. 23.2. Depende del Director Ejecutivo. Artículo 24º.- De las Funciones de la Gerencia de Supervisión y Regulación La Gerencia de Supervisión y Regulación tiene las siguientes funciones: 1. Supervisar las actividades operativas que se desarrollan en los CETICOS y en las Zonas Francas, de acuerdo a la normatividad vigente; 2. Regular las actividades en los CETICOS, en coordinación con las Juntas de Administración; 3. Formular, evaluar y actualizar los procedimientos relativos a la supervisión de las operaciones y actividades que desarrollan los usuarios en los CETICOS y en las Zonas Francas; 4. Formular un Plan de Supervisón en coordinación con la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduana y la Intendencia de la Aduana de la jurisdicción donde estén ubicados los CETICOS y las Zonas Francas; 5. Definir indicadores de riesgo en la salida de la mercancía desde los CETICOS y de las Zonas Comerciales de las Zonas Francas; 6. Supervisar a los almacenes y depósitos francos, a fin de verificar sus operaciones de ingreso, permanencia y