Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2006 (07/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 7 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la

la Municipalidad Distrital de Chimbote, Provincia de MORDAZA, con fecha de inscripcion 21 de febrero del 2002, la inscripcion extemporanea de nacimiento del mismo menor, nacido el 23 de MORDAZA de 2001, consignandose esta vez como sus padres

SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional inscripcion de nacimiento, no obstante tener inscrito en forma ordinaria el nacimiento de sus menores hijos, aportando datos falsos, tanto en sus apellidos como en la fecha de nacimiento, y inscripciones de nacimiento en via administrativa, lo cual era incompatible; toda vez que, dicho MORDAZA esta orientado para aquellos casos de personas que no cuentan con inscripcion generando con ello duplicidad de inscripcion registral, respecto de una misma persona, vulnerando asi la intangibilidad del Registro de Estado Civil, lo que conlleva a la cancelacion del ano 2002, por tratarse de doble inscripcion; como delito contra contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la BETZABE MORDAZA MORDAZA, inscripcion solicitada por declaracion de ambos; Como, consecuencia del procedimiento administrativo implementado por MORDAZA MORDAZA BETZABE MORDAZA MORDAZA, se ha efectuado inscripcion ilegal de nacimiento su menor hijo, al contener datos falsos respecto a su nombre, fecha, lugar de las personas; Que, de los hechos descritos se establece que las ciudadanas NORY LUZ MORDAZA MORDAZA y LILLY BETZABE MORDAZA MORDAZA, han recurrido al Registro de Estado

3771-14 RESOLUCION JEFATURAL N° 980-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 24 de octubre de 2006 VISTOS:

2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO:

constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia encontrandose a cargo del Registro de Estado Civil, en el que se inscriben hechos y actos relativos a la capacidad y estado civil, entre ellos la inscripcion de los nacimientos; y luego del analisis de los documentos acompanados, se ha la Municipalidad Distrital de Punchana, provincia de Maynas, Departamento de MORDAZA, a solicitud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y NORY LUZ MORDAZA MORDAZA en merito del atendido el alumbramiento; se inscribio el 2 de octubre del ano 2002, en forma ordinaria el nacimiento de su menor hija, nacida

SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra NORY LUZ MORDAZA MORDAZA y LILLY BETZABE MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado por el articulo 428º del Codigo Penal en agravio del Estado y del Registro Nacional Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro que se contrae la presente Resolucion.

de MORDAZA del ano 2004, a solicitud de MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Y NORY LUZ MORDAZA MORDAZA, se inscribio en forma extemporanea el nacimiento de la misma persona, al ano 2004; consignandose esta vez como padres biologicos de la menor a MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA y a NORY LUZ MORDAZA MORDAZA, actuando como declarantes los ya que establecen el estado civil de la persona; Que, con el Informe Nº 1418-2006-SGREC-GO/RENIEC y luego del analisis de los documentos acompanados, se ha determinado que en el Libro de Actas de Nacimiento del ano 2000, en la Municipalidad Distrital Nepena de la Provincia del MORDAZA, fecha 23 de marzo de 2000, la inscripcion ordinaria de nacimiento de una menor, nacida el 23 de febrero del 2000, consignandose como datos de sus padres a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA SOLARI y MORDAZA LILLY BETZABE MORDAZA MORDAZA, la misma que habria sido asentada por declaracion de la madre; asimismo, se advierte una anotacion de reconocimiento por parte del padre con fecha 13 de MORDAZA del 2000; Posteriormente, a traves del procedimiento de en el Libro de Actas de Nacimientos del ano 2002 que obra

Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

3771-15 RESOLUCION JEFATURAL N° 981-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 24 de octubre de 2006 VISTOS: El Informe Nº 000103-2006/SGPI/GP/RENIEC elaborado Informe Nº 837-2006 -GAJ/RENIEC de fecha 20 de MORDAZA del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en esta a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de

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