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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de noviembre de 2006 332301 dicha Comisión, ejecutada a través de su Gerencia de Marketing e Imagen, es generar y distribuir publicaciones especializadas y material promocional de índole turístico y establecer criterios H¿FLHQWHVGHGLVWULEXFLyQ$VLPLVPRGHFRQIRUPLGDGFRQHOOLWH UDO DGHOLQFLVRGHODUWtFXORGHO5HJODPHQWRUHIHULGRVR Q recursos de PromPerú, entre otros, los ingresos que provengan GHODUHDOL]DFLyQGHODVSXEOLFDFLRQHVD¿QGHUHFXSHUDUHOJD VWR o la inversión efectuada; Que, en el marco de un plan de promoción gastronómica a nivel nacional e internacional, PromPerú ha venido desarrollando publicaciones exclusivas que rescatan y difunden el patrimonio cultural gastronómico de nuestro país, las que han sido desarrolladas con el objetivo de promover el Perú como destino de primer nivel para el turismo receptivo e interno; Que, la gastronomía peruana es el resultado de OD LQÀXHQFLD FXOLQDULD GH GLYHUVDV WUDGLFLRQHV 'H HVWDLQÀXHQFLDKDUHVXOWDGRXQDDEXQGDQWH\YDULDGDWUDGLFLyQgastronómica, que incluye desde la cocina tradicional cotidiana, hasta la alta cocina internacional; Que, el libro “La Cocina de Teresa Izquierdo” es una publicación que tiene por objetivo el difundir la gastronomía peruana como elemento de promoción turística a nivel receptivo e interno; Que, en el ámbito del turismo receptivo, el objetivo es la consolidación de la imagen de la gastronomía peruana en el exterior mejorando el posicionamiento del destino Perú en HOPXQGRUHIRU]DQGRODLGHQWL¿FDFLyQGHQXHVWURSDtVFRPRdestino de turismo con identidad; Que, en el ámbito del turismo interno, el objetivo es la promoción de la gastronomía como parte genérica y sustancial de los diferentes productos turísticos, y la creación GHXQWXULVPRHVSHFt¿FDPHQWHJDVWURQyPLFR Que, conforme a lo expuesto, se considera conveniente, la realización de la publicación “La Cocina de Teresa Izquierdo”, FRQ¿QHVGHSURPRFLyQWXUtVWLFDWDQWRDQLYHOQDFLRQDOFRPRinternacional, permitiendo acercar esta valiosa información al público en el ámbito nacional e internacional; 4XH DO GLIXQGLU OD UHIHULGD SXEOLFDFLyQ FRQ ¿QHV promocionales, PromPerú sólo recuperará la inversión efectuada para su producción, por lo que esta labor de difusión es de carácter temporal y no supone competir con el sector privado máxime por tratarse además de un proyecto editorial particular HGLWDGRH[SURIHVDPHQWHFRQHO¿QGHSURPRYHUHOWXULVPR\ODLPDJHQGHO3HU~VLQ¿QOXFUDWLYR\TXHDGHPiVSRUWUDWDUVHde una obra de propiedad intelectual, por tanto de naturaleza única, se trata de un producto exclusivo que no representa competencia para el sector privado, no estando sujeta por tanto a la exigencia establecida en el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; Que, el valor de realización del libro “La Cocina de Teresa Izquierdo”, de conformidad con el el Memorándum M. 667.2006/PP.GMI de fecha 11 de octubre de 2006 de la Gerencia de 0DUNHWLQJ\,PDJHQGH3URP3HU~HO0HPRUiQGXP1PP.SGA de la Subgerencia de Administración, el Informe Nº I.078-2006/GAF.SGF de la Subgerencia de Finanzas, según la estructura de costos indica que asciende a S/. 183.46 por XQLGDGHTXLYDOHQWHDGHOD8,7HQHOWHUULWRULRQDFLRQDO y a S/. 202.28 por unidad, equivalente a 0,060 de la UIT, para el extranjero; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por 'HFUHWR6XSUHPR10,1&(785 SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el valor de realización del libro “La Cocina de Teresa Izquierdo”, que difundirá la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, el mismo que asciende D6SRUXQLGDGHTXLYDOHQWHDGHOD8,7HQHO territorio nacional, y a S/. 202.28 por unidad, equivalente a 0,060 de la UIT para el extranjero, cuya forma de pago será en efectivo y/o cheque, correspondiendo a la Subgerencia de Administración de la Gerencia de Administración y Finanzas de PromPerú, señalar la oportunidad del mismo, en el marco de la dirección de la distribución de publicaciones, conforme al acápite j) del artículo 32º del Decreto Supremo Nº 012-2003-MINCETUR que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de PromPerú. Artículo 2º.- Disponer la publicación del valor de realización que se aprueba, en el portal de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 4796-1Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Técnica Multisectorial de la Cadena Algodón - Textil - Confecciones, conformada mediante la R.M. N° 0117-2006-AG RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 368-2006-MINCETUR/DM Lima, 3 de noviembre de 2006 Visto, el Memorándum Nº 482-2006-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0117-2006-AG, PRGL¿FDGDSRUODV5HVROXFLRQHV0LQLVWHULDOHV1V\2006-AG, se conformó la Comisión Técnica Multisectorial de la Cadena Algodón–Textil–Confecciones, encargada de elaborar la propuesta del Acuerdo de Competitividad del Algodón en un plazo que vence el 31 de diciembre de 2006; Que, dicha Comisión está integrada, entre otros miembros, por dos representantes, titular y alterno, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; 4XHVHJ~QHODUWtFXORGHOD/H\1TXHUHJXOD la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, los miembros de las comisiones multisectoriales se designan por resolución ministerial del sector correspondiente; 'HFRQIRUPLGDGFRQOD/H\1/H\GH2UJDQL]DFLyQ y Funciones del MINCETUR; De acuerdo con la propuesta formulada mediante el documento del Visto; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comisión Técnica Multisectorial de la Cadena Algodón–Textil–Confecciones, conformada mediante Resolución Ministerial 1 $* PRGL¿FDGD SRU ODV 5HVROXFLRQHV0LQLVWHULDOHV1V\$*DORVVHxRUHV - Mariola Fernández Vidurrizaga, titular; - Joan Barrena Chávez, alterno. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARAOZ FERNANDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 4799-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 086-2006-EF Lima, 6 de noviembre de 2006 9LVWRHO2¿FLR1'(2$-352,19(56,Ï1 de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO:Que, el 10 de noviembre de 2006, en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, se realizará el Encuentro Empresarial Brasil - Perú, en el marco de la visita R¿FLDOGHOVHxRU3UHVLGHQWHGHOD5HS~EOLFDGHO3HU~ Que, el objetivo del mencionado encuentro es fortalecer los lazos empresariales y de visión de negocios entre los sectores privados de ambos países con miras a generar un mejor conocimiento de las oportunidades comerciales de inversiones y sobre los corredores económicos en los ejes de integración; Que, corresponde a PROINVERSIÓN, proponer y ejecutar la política nacional de promoción de la inversión privada, en